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22 de enero de 2010

Pensiones No Contributivas

Las pensiones No Contributivas es un derecho que se da a unos determinados ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, que no han cotizado o no haya cotizado el tiempo exigido para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. La percepción de esta prestación está condicionada a un nivel máximo de ingresos.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Que tenga residencia legalmente en territorio español.
  • Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o no haber cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
  • Que carezcan de ingresos suficientes.

¿Qué es carecer de ingresos suficientes?

  • Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales
  • No obstante, si son inferiores a 5.321,40 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Nº convivientes €/Año
2 9.415,28
3 13.292,16
4 17.169,04

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Nº convivientes €/Año
2 23.538,20
3 33.230,40
4 42.922,60

¿Qué tipos de prestaciones no contributivas existen?

Existen dos tipos y dependiente de la situación personal:

¿Dónde se ha de solicitar la prestación?

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el IMSERSO.

La solicitud de la Prestación No Contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.

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4.293 comments to Pensiones No Contributivas

  • rosa heredia

    Mi madre cobrava pension por siete hijos osea pension no contributiva y anses me dijo wue ellos no pagaban ningun subsidio y me dijeron que preguntara si adonde dan las pensiones le pagan algun subsidio y que tengo que presentar

  • Angelines Ecija Garcia

    Si mi marido cobra el subsidio por desempleo de 426 euros y no tenemos más ingresos. Puedo pedir yo una ayuda no contributiva pues tengo 60 años. Gracias

  • javier

    Teniendo ya una pensión no contributiva en madrid .
    Que hay que hacer para cambiarla a camtabria, seria solo
    cambiar la domiciliación o habria que hacer algo mas.
    Un Saludo

  • juan

    buenas, hace 4 meses que heche la paga y no me ha venido ninguna resolucion ni nada, eso es normal?

  • Nancy Hernandez

    Acabo de formular una pregunta mas completa que la vez pasada y me responde que ya la habia formulado , no me acuerdo en que fecha la hice para buscarla ni se porque pagina esta, podria volver a preguntar

  • Marisol

    Buenas tardes,
    Cobro una pension no contributiva, mi marido en separacion de bienes se caba de jubilar y le pagan una pension de 724 eur, tengo que comunicarlo a la administracion, me pueden quitar mi pension de 360 eur? Gracias.

  • Alfonso

    Hola , es compatible la pension de orfandad con rendimientos de capital o hay límites ? . Un saludo

    • Es independiente de los ingresos si el huerfano es menor de 21 años.

      Si fuera mayor, el límite es el SMI y podría quitarte la pensión dependiendo de las condiciones.

      Salu2.

    • En la fecha del fallecimiento del causante, los hijos indicados en los dos párrafos anteriores deben ser:

      • Con carácter general, menores de 21 años o mayores que tengan reducida su capacidad de trabajo en un porcentaje valorado en grado de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez (aplicable desde 02-08-2011).
      • En los casos de orfandad absoluta (inexistencia de progenitores o adoptantes) y de huérfanos con una discapacidad igual o superior al 33%:  
        • Cuando el huérfano no efectúe un trabajo lucrativo por cuenta ajena o propia, o cuando realizándolo, los ingresos que obtenga resulten inferiores, en cómputo anual, a la cuantía vigente del SMI  que se fije en cada momento, también en cómputo anual, la edad se amplía hasta los 25 años (aplicable desde 02-08-2011).
        • Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los 25 años durante el transcurso del curso escolar, la percepción de la pensión de orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente posterior al de inicio del siguiente curso académico.
      • En los casos de orfandad simple (cuando sobreviva uno de los progenitores o adoptantes):
        • Si el huérfano no trabaja o sus ingresos son inferiores al SMI, el límite de los 25 años será aplicable a partir de 01-01-2014. Hasta dicha fecha, el límite será: durante el año 2011, 22 años; durante el año 2012, 23 años y, durante 2013, de 24 años.
        • Si el huérfano estuviera cursando estudios y cumpliera los 25 años durante el transcurso del curso escolar, la percepción de la pensión de orfandad se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente posterior al de inicio del siguiente curso académico.
  • Diana

    Buenas tardes,
    Mi madre esta cobrando la máxima cuantía de PNC y la ayuda para el alquiler, pues vive en un piso de alquiler y no cuenta con mas ingresos. Estoy pensando comprarle un pequeño piso con mis ahorros ¿haciendo la escritura a su nombre perdería la pensión, disminuiría la cuantía o solo perdería la ayuda para el alquiler? ¿Cambiaría la situación comprando el piso con hipoteca a su nombre?
    Un saludo.

    • No hagas eso. Supone grandes costes fiscales:

      – Impuesto de donaciones, por darle un dinero para comprar piso.

      – Impuesto de sucesiones, cuando fallezca te tocará pagar para recuperar un bien que ya era tuyo.

      Lo mejor es que compres la vivienda y lo pones a tu nombre, y se lo alquilas a tu madre.

      De esta forma no cambiaría absolutamente nada.

      Salu2.

  • Marga

    Buenos días , a mi madre le concedieron la pensión no contributiva de jubilación en agosto. Me gustaría saber cuando seria la fecha de abono aproximada. Un saludo y gracias

  • DIANA

    QUISIERA SABER SI SE PUEDE HACER EL TRÁMITE UNOS MESES ANTES DE CUMPLIR LOS 65 AÑOS.

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