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22 de enero de 2010

Pensiones No Contributivas

Las pensiones No Contributivas es un derecho que se da a unos determinados ciudadanos que se encuentren en situación de necesidad, que no han cotizado o no haya cotizado el tiempo exigido para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo. La percepción de esta prestación está condicionada a un nivel máximo de ingresos.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Que tenga residencia legalmente en territorio español.
  • Que no tengan derecho a una pensión contributiva por no haber cotizado nunca o no haber cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a la percepción de una pensión contributiva.
  • Que carezcan de ingresos suficientes.

¿Qué es carecer de ingresos suficientes?

  • Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales
  • No obstante, si son inferiores a 5.321,40 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:

Nº convivientes €/Año
2 9.415,28
3 13.292,16
4 17.169,04

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Nº convivientes €/Año
2 23.538,20
3 33.230,40
4 42.922,60

¿Qué tipos de prestaciones no contributivas existen?

Existen dos tipos y dependiente de la situación personal:

¿Dónde se ha de solicitar la prestación?

La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el IMSERSO.

La solicitud de la Prestación No Contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.

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4.293 comments to Pensiones No Contributivas

  • Maribel Arribas Bricio

    Cualifico para silicitar la ayuda de 525€ para pensiones No Contributivas en regimen de alquiler. Va ya dos años que lo solicito a través de la ventinilla ünica de mi Junta de Distrito (Resido en Alcala de Henares) para no tener que desplazarme a Madrid dado que tengo problemas de movilidad y en los dos casos por alguna razón que no entiendo ni nadie se sabe explicar la solicitud no llega a destino (Teniendo copia de salida de registro) con lo cual despues de meses de espera y de que según la persona que me atiende me dicen que siga a la espera, que si la cobro en Enero del año siguiente, que si en tres meses y asi. En definitiva ahora otra persona de atencion telefonica del Imserso me dice que nunca llegó mi solicitud. Pero que tengo que hacer más? es una manera de cribar ayudas? Suena extraño y necesito esa prestación, lo cual me molesto cada año en rellenar y reunir la documentacion, presentarla y todo para nada. Agradeceria una espuesta en como proceder.

    • Pues vaya con la administración.

      Al final, siempre tienes que tragar y hacer directamente lo que te reclama.

      Pide ayuda y que alguien te lo eche donde ellos indican para evitar estos problemas.

      Salu2.

  • Tomás

    Buenas,

    El año pasado me concedieron la PNC y ahora tengo que renovar por primera vez, mi pregunta es la siguiente:
    ¿A la hora de renovar se tienen en cuenta para los umbrales de renta la propia PNC disfrutada en el año anterior?

    Muchas gracias.

  • Jose Luis

    Buenas tardes,me podrias asesorar en lo siguiente,tengo cotizado del año 70 al 80 en Argentina y desde el 2002 hasta el 2013 que me depidieron del trabajo y actualmente un convenio con la seguridad social , cumplo los 65 en marzo ,la pregunta es si me corresponde algun tipo de jubilacion , desde ya muchas gracias

  • Jose Luis

    de nuevo ,aclaro que desde el 2002 hasta el 2013 en España,saludos

  • Manuel Lopez

    Buenas. A mi esposa le concedieron una PNC por invalidez a inicio de 2016 de unos 2231,32€ anuales siendo aproximadamente lo que faltaba para llegar a los 30819,60€ de limite de acumulación de recursos aplicable (unidad familiar compuesta por mi esposa, hijo menor de edad y yo, siendo mi sueldo el único ingreso) para el calculo los datos de los ingresos fueron los del 2015. Mi consulta es si al presentar la declaración de la situación económica resulta que mis ingreso en 2016 fueron aproximadamente 2000€ menos que en 2015 ¿tendrían que incrementar la cobrado por mi esposa debido a esa diferencia a la baja de ingresos?.

    Gracias

  • ROSA MARIA MIRALLES

    Buenas tardes. Quisiera hacerles una consulta. Mi madre cobra una pensión no contributiva y todos los años hay que volver a rellenar unos formularios. En ellos se dice que se indiquen los ingresos de todos los que conviven en la unidad familiar. La vivienda de mis padres está dividida en dos pisos, en uno de ellos vivimos mi esposo, mi hijo y yo, en el otro mis padres, los dos pisos pertenecen a una misma finca o número, por eso, en el empadronamiento figuramos los cinco aunque NO COMPARTIMOS INGRESOS. Hasta ahora hemos estado incluyendo en el sobre de renovación para la prestación no contributiva de mi madre nuestra Declaración de Renta, sin embargo, me han comentado que no es necesario puesto que yo no comparto los ingresos de nuestro trabajo con mis padres, ¿es cierto?

    • En las reglas hablan de los ingresos de los convivientes.

      Si son 2 vivienda diferenciadas: registralmente y con diferentes referencia catastral… pues no convivís.

      Salu2.

  • ROSA MARIA MIRALLES

    Muchas gracias.

  • Carlota-Sofía

    Hola, el dia 30 de enero entregué mi solicitud para una PNC de Jubilación en las dependencias de la Junta de Andalucía en calle Luis Montoto. En Registro me recogen toda la documentación, pero no me entregan ningún resguardo. Pregunto y me contestan que ya me lo mandaría la Junta por correo a mi domicilio. Me huele a chamuscado, siempre se da resguardo de cualquier solicitud. Estoy por entregar una segunda solicitud y hacer un escrito que justifique la entrega para que me lo sellen. Esto es muy extraño, que me aconseja?

    • Yo creo que debería de esperar.

      Si se dio registro de entrada, el expediente ya está en marcha. Y si entregas otro lo único que harás es obstaculizar su tramitación.

      Eso sí, muy raro que no te dieran un resguardo de la entrega de unos documentos.

      Salu2.

  • Pietro balducci

    Hola hoy 06/02/2017 entregué toda la documentación necesaria para la solicitud de la PNC en la dependencia del Vendrell (Catalunya)la persona que me recibió la solicitud me dijo que el proceso de aprobación podría tardar hasta 1 año mi pregunta es?es normal que tardan tanto?

  • ANA LUISA GARCÍA LEFLER

    hola! mi madre tiene una pension no contributiva y nos han comentado, que podria tener derecho a una compensatoria,. puede ser verdad?,. ella nunca trabajó y esta viuda, pero mi padre la abandonó y nunca se hizo cargo de nosotros.

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