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25 de Enero de 2010

Subrogación y la cláusula antitránsfugas en hipotecas

En el último año y motivado especialmente por la rápida bajada de tipos y al famoso suelo de las hipotecas, muchos hipotecados han optado por subrogarse a otra entidad financiera para aprovecha de los bajos tipos de interés y evitar esa temible cláusula que les hacen pagar mucho más independientemente de lo bajo que esté el Euribor. De allí la razón que muchas entidades han puesto una cláusula antitránsfugas entre las letras pequeñas de las hipotecas.

¿Cómo se denomina esta cláusula?

Se llama Compensación por Riesgo de Tipo de Interés. Es una penalización contemplada por la Ley Hipotecaria de 2007, y por lo tanto sólo afecta a las hipotecas formalizadas después de esa fecha.

¿Cuándo es aplicable?

Es una comisión que se aplica por amortización anticipada de la hipoteca, tanto total como parcial y penaliza a los clientes con una multa económica si quieren adelantar el préstamo, ya sea para llevarlo a otra entidad como cancelarlo porque ha recibido una herencia o tocado la lotería.

Esta cláusula sólo es aplicable cuando los intereses económicos de la entidad se vean mercados y se pacta en el momento de la formalización del contrato. Así que cuidado a la hora de firmar el contrato, porque una vez firmada, ya no hay forma de quitarlo.

¿A cuánto asciende estas comisiones?

La ley no establece ninguna penalización máxima, así que a priori, puede ser todo lo alto que la entidad financiera quiera establecer.

Entre los “pillados” por esta cláusula las penalizaciones están entre el 2,5% y hasta un máximo de 5%.

¿Se puede quitar esta cláusula una vez firmada?

Aviso
Las entidades que anuncia sus hipotecas para subrogaciónn con: “Le pagamos todos los costes de cancelación“, tendrían que abonar esta comisión por publicidad vinculante

Es casi imposible quitar esta cláusula una vez firmada la hipoteca, salvo que la entidad financiera accediera voluntariamente a quitarlo.

Por lo tanto, no hay solución para los que ya tenga esa cláusula en sus escrituras, pero para los nuevos propietarios: antes de firmar la hipoteca, hay que leer y releer muy bien lo que se firma.


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