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8 de febrero de 2010

Hacienda, tipos de sanciones y cuantías de las sanciones

Se ha confundido a la hora de rellenar los ingresos que tiene en la declaración de la renta o ha retirado el dinero de la cuenta vivienda para otros fines que la adquisición de la vivienda habitual y ha seguido deduciéndose como si tal cosa no hubiera sucedido… Tanto si ha sido un error como si deliberadamente se ha beneficiado de una declaración incorrecta, incompleta o no haber declarado, el fisco podría imponerle una sanción.

Una vez que Hacienda detecta una infracción, además de hacerte pagar lo que te corresponde, te aplican una sanción que dependen de la reincidencia y del tipo de infracción cometido:

  • Infracciones muy graves: Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas… Las sanciones que se aplican ronda entre el 100% y 150%.
  • Infracciones graves: Cuando la cuantía de la infracción supera los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad se debe a la ocultación de datos. Las sanciones aplicables son entre el 50% y el 100% de la infracción.
  • Infracciones leves: Infracciones que no superan los 3.000€ o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos. Las sanciones son del 50% del impuesto no ingresado.

Algunos ejemplos de sanción son:

  • Obtener devoluciones indebidamente: 50% o 26,25% si no se recurre.
  • No comunicar el cambio de domicilio fisca: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
  • Presentar fuera de plazo declaraciones a devolver o complementarias que reduzca la devolución aún no recibida: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
  • NO presentar correctamente y completa la declaración: 50% o 26,25% si no se recurre.

Cuando el contribuyente no recurre la liquidación puede obtener un descuento del 30% y del 25% adicional si no recurre la sanción.

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587 comments to Hacienda, tipos de sanciones y cuantías de las sanciones

  • Beatriz

    Buenas tardes,

    Yo era una de afectadas por la claúsula del suelo. El año pasado para mi sorpresa, el banco me devolvió un dinero en concepto de compensación préstamo de 5 años atrás. No sabían bien cómo actuar de cara a la declaración. Al ver que no constaba en la documentación fiscal, ni en el borrador, lo confirmé. Pero ahora tengo dudas, lo tengo que declarar y hago una complementaria?

    Gracias de antemano,

  • francisco500

    Hola, perdone que le moleste, tengo una duda, en al año 2014 en una casa online he depositado 2100 euros y he retirado 450 euros, mi sueldo anual es de 9.800 euros. He echo la declaración pero no he constado lo dicho anteriormente porque pensé que era una cantidad menor.
    Tengo un total de apuestas realizadas de 9289.22 euros y un total de ganancias percibidas 7584.16 euros y un saldo al 1/1/2014 de 0 euros ¿ tendría que haberlo echo constar en la declaración? un saludo y muchas gracias por su tiempo.

  • francisco500

    Muchas gracias por la respuesta, saludos.

  • francisco500

    Perdone que le vuelva a molestar he hablado con un asesor y después de darme su respuesta me he quedado petrificado
    ¿ cómo voy a tributar de las ganancias 7.584, 16 euros , si lo que he retirado fueron 450 euros, no tengo dinero en la casa de apuestas y he tenido pérdidas de 2100 euros?

    Por favor ¿me podría decir la sanción por no hacer la declaración? porque yo entiendo que no tengo que pagarles nada, muchas gracias de nuevo.

    • Y por qué no?

      Si en 2014 has tenido ganancias, lo tienes que tributar. Otro tema es que este año has tenido pérdidas que luego se puede compensar con ganancias.

      Si no lo declaras, estás cometiendo una infracción de las graves, y la sanción sería la cuantía defraudada además de pagar lo que debes, es decir, pagar el doble.

      Salu2.

  • ADESGA

    Recibí una paralela de Hacienda Declaracion Renta 2013. A continuación he hecho una complementaria. Me viene primero una sanción por presentación Declaración Renta extemporanea con requerimiento, sanción 150 Euros (reducida), y luego (al cabo de 3 meses) otra, de 102 Euros por solicitar indebidamente devoluciones y tal.
    ¿Me pueden sancionar 2 veces por la misma cosa?
    ¿No debería haber hecho la complementaria?
    Saludos.

  • eva

    Hola..cual seria la sancion por presentar el modelo 190 fuera de plazo?

  • Jose Blas

    Me ha llegado una carta de Hacienda indicando que debo hacer una complementaria por no declarar el plan Pive en el 2013. He hecho la complementaria sin problema, pero antes de presentarla me surgen dos dudas, el recargo sería del 20% en la fecha que estamos y que voy a presentar la complementaria?, y, ¿el recargo se incluye en la complementaria?, o bien ¿se incluyen los 300€ del plan Pive, según mi tramo es un 30%, u ya luego ellos emiten el recargo?, gracias de antemano.

  • Jose Blas

    Perfecto, muchas gracias por la rápida respuesta. ¿ si no dispongo de certificado digital, ni el número de referencia, ya que es de 2013, se imprime y se lleva a mi banco?. ¿también debo contestar a hacienda indicando que he realizado la complementaria, no?

    • Si ya has realizado la complementaria y presentado, no tienes que hacer nada más.

      Por cierto, cuando presentes alguna declaración, siempre te dan un resguardo. Lo tienes que guardar durante al menos 4 años fiscales.

      Salu2.

  • pilar

    hola tengo una deuda de dosmil euros con hacienda ke cuando puedo voy pagando 20 euros soy pensionista y e vendido un piso me van a pagar con un cheque nominativo al cobrar el cheque me quitaran algo del cheque al cobrarlo gracias la deuda fue por el finiquito de la empresa cuando cerro

    • Depende de dónde lo ingreses.

      Si lo haces en una cuenta embargada, te lo quitarán lo que adeudes.

      Si dejas el dinero en otra cuenta, y Hacienda se entera, te lo embargará.

      Lo mejor es que pagues tu deuda.

      Salu2.

  • Ismael

    Buenos dias.

    Tengo un trabajo y ademas alquilo dos habitaciones de mi piso por Airbnb, el cual a su vez yo alquilo.

    El año pasado he tenido unos ingresos por ellos de 14.000€, imagino que esto no es rendimiento de la propiedad porque no soy el propietario.

    ¿Tiene idea de como debo declararlo?

    Gracias.

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