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9 de febrero de 2010

Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años

Por desgracia y motivado por la crisis, hay bastante gente que se encuentra en el paro. Más trágico aún, personas cuya edad está próxima a la jubilación han perdido su trabajo de toda la vida y tienen un perfil que difícilmente le permiten encontrar un nuevo empleo.

Con el fin de poder completar los años exigidos para obtener una pensión de jubilación o para que dicha pensión no se mermen en demasié, existen los convenios especiales que permite completar las cotizaciones. En este caso vamos a hablar del grupo de personas que están percibiendo el subsidio de desempleo para mayores de 52 años.

¿Qué objetivo tiene?

Completar las cotizaciones de Incapacidad permanente, Muerte y Supervivencia, derivadas de contingencias comunes, y en su caso Jubilación.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Los trabajadores perceptores del subsidio de desempleo, con derecho a cotización por la contingencia de jubilación, mayores de 52 años.
  • Los trabajadores fijos discontinuos que sean perceptores del subsidio de desempleo con derecho a cotización a la Seguridad Social por la contingencia de jubilación. Cuando el trabajador tenga menos de 52 años la suscripción se efectuará por un período máximo de 60 días.

¿Qué ocurre si encuentro trabajo o si pierde el subsidio de desempleo?

Se suspenderá del convenio especial:

  • Durante los periodos de actividad del trabajador que determinen su inclusión en algunos de los regímenes de la Seguridad Social.
  • Durante los periodos de suspensión del subsidio.

Se considera extinguido del convenio especial:

  • Si se extingue el subsidio por desempleo. El trabajador puede suscribir un Convenio Especial previsto en la Regulación General.

¿Dónde se tramita?

Ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración correspondiente al domicilio del solicitante.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Original y copia del: Documento Nacional de Identidad, Tarjeta de Extranjero o Pasaporte, según el caso.
  • Original o copia de la resolución de concesión del subsidio.

¿Cuando entra en vigor?

Surtirá efectos, a opción del interesado:

  • Desde que nazca el derecho al subsidio de desempleo.
  • Desde la fecha de presentación de la solicitud.

¿Cuanto cotizan?

El 125% del SMI (para el 2011 8.979,60 €).

14 de Julio de 2012: A partir de ahora, sólo cotizarán por el 100% del SMI .


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1.000 comments to Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo para mayores de 52 años

  • benito

    por las fechas que pone lidia lo solicita 13 dias despues mas o menos de cumplir los 52 por lo tanto si cumple las normas se lo tendran que dar porque la desventaja de pedirlo despues seria perder la parte proporcional y si ella ha estado inscrita cuple las normas es asi perdon por la intromision un saludo

  • josefa

    buenas tardes estoy recibiendo el subsidio de 52 años si volvemos a la peseta me darian 70880.46 que es el cambio antiguo o podria variar el cambio gracias

  • ramiro

    hola recibo el subsidio de 52 y en enero del proximo año recibo 43600 del despido del 31 diciembre del 2009 me lo daran en un cheque del banco el despido es correcto sin darme mas de lo que corresponde si lo saco directamente al cobrar el cheque se dan cuenta los del subsidio o es mejor decirlo

  • Esperanza

    Hola,
    desde 10.2005 trabajo en Espana.,tengo 52 anos, tengo una hija de 15 anos a mi carga,des de mayo 2012 no cobro nada de INEM.
    Por favor me puedes consultar que se puede cobrar a mi caso.

  • cristina

    Cobraba el subsidio por mayor de 52 años, hasta el mes pasado que me lo han suspendido por cobrar 483 euros mensuales de pension (el estado no ha subido el ipc y mi pension compensatoria si me lo han subido)no tengo pagas. solo 12 meses, con el extracto del banco conforme cobro 480 euros tendran bastante para reanudarme la prestacion o se ha de hacer un convenio nuevo?

  • aurora guillen

    hola tengo 51 años voy a solicitar una prorroga del subsidio de mayores de 45 años despues de agotar 6 meses y venir de 24 del desempleo termino el 30 junio si no me lo dan tendre que esperar al 18 de octubre para solicitar el de 52 si me lo dan como me faltan 3 meses y medio para el de 52 podrian hacerme este porque los 2 son 426 euros y a si no tendria que volver otra vez gracias

  • domingo

    cuanto suelen tardar mas o menos desde que pides por telefono la cita hasta que te dan el dia en el inem para solicitar subsidio de 52 un saludo

  • jorge ololiz

    buenas me han concedido el subsidio de 52 este año en enero del 2013 cobro por el despido del 2009 40000 euros eso espero en un pagare de la caixa ya se que no entra en los ingresos la indenizacion pero lo tengo que comunicar aunque lo saque del banco directamente y no aparezca en la cartilla muchas gracias por vuestro consejo

  • andrés

    Buenas tardes, tengo 55 años ahora el 1 de agosto cumplo 56, el día 29 de este mes se me termina el subsidio que me concedieron y hoy al ir a renovarlo me han dicho que hasta dentro de un año no tengo derecho a solicitar nada, durante estos dias he tenido según me ha confirmado el traumatólogo hoy una rotura de ligamento y me ha dicho debo operarme lo antes posible para que no se me quede inmovil del dedo de la mano derecha que sin saber porque un dia estando cortando una cosa directamente me quede sin movilidad en el mismo. Mi pregunta es.- si me dan la baja ahora hasta que me operen estando cobrando el subsidio tengo derecho a cobrar algo de la seguridad social durante el tiempo que este incapacitado, pues me han dicho que al margen de la operación tendré que estar unos tres meses mínimo sin poder hacer nada (soy diestro y se trata de la mano derecha). Por favor necesito me ayude alguien ya que en el inmen me han dicho que no tengo derecho a ninguna prestación, no tengo ningún recurso económico y solo disponia de la ayuda de los 426 € (tengo cita con el asistente social de mi zona pero no podia hasta dentro de un mes aproximadamente)
    Necesito que alguien me eche una mano y me diga que otros pasos o recursos tengo para no quedarme sin cobrar nada absolutamente e incapacitado para aunque me saliera un trabajo en estos momentos (algo está claro muy dificil puesto que llevo tiempo buscandolo y no lo he encontrado) no podría realizarlo aunque quisiera ya que estoy en estos momento incapacitado y posteriormente durante el tiempo de la operación y la recuperación también.
    Me han comentado que han leido en algún foro que cuando ocurre un caso de estas caracteristicas se puede solicitar que durante el tiempo de baja me abone la seguridad social un dinero por la baja y posteriormente dependiendo de como quede la mano podría tramitar una invalidez, DE VERDAD NECESITO AYUDA URGENTE PARA SABER QUE PUEDO HACER Y TRAMITES A SEGUIR AL RESPECTO YA QUE NO ECUENCUENTRO SOLUCIONES POR NINGUN SITIO, CADA PERSONA ME DICE UNA COSA DISTINTA. Que ocurre con la ayuda que dicen tienen las personas mayores de 52 años hasta la jubilación, como funciona esto, si en el paro me indican que no me la conceden y debo estar un año y perdonen me repita sin cobrar pero estoy desesperado.

  • yolanda

    hola en enero del proximo año cumplire 52 años cumplo todos los requisitos para el subssidio del mismo este año me han denegado una prorroga del mayores de 45 por agotamiento del mismo me puede influir negativamente para el de 52 o no tiene porque al cumplir las normas del de 52 gracias

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