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10 de febrero de 2010

Prorróga del subsidio de 420 euros (426 euros en 2010) en 6 meses más

El gobierno anuncia que aprobará el próximo viernes una prórroga del subsidio de 420€ (426€ en 2010) para los desempleados que hayan agotado el paro y que no perciban algún subsidio a la entrada en vigor de la medida.

NOTICIA:

La ayuda sólo se podrá beneficiar los que aún no han percibido el subsidio según señaló el Ministro de Trabajo Celestino Corbacho: la ayuda no debe mantenerse para las mismas personas que ya la percibieron, y quienes ya no la tienen y no trabajan deberían acogerse a las rentas de inserción social de las comunidades autónomas.”.

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) con posterioridad a 1 de Enero de 2009 y el 15 de Agosto de 2010 (ambos inclusive)
  • Carecer de ingresos propios superiores a 481,05 euros mensuales (para 2011).
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05 euros mensuales (para 2011). Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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1.284 comments to Prorróga del subsidio de 420 euros (426 euros en 2010) en 6 meses más

  • Miguel Angel

    Hola…mi pregunta es la siguiente:
    Actualmente estoy cobrando el subsidio,se supone que me deberian de pagar 426 euros,pero desde febrero hasta fecha de hoy nunca me han ingresado esa cantidad,siempre ha sido menor la cuantia..423 euros,424 euros. ¿esto es normal? si no fuera normal ¿donde podria ir a reclamar el resto que me faltan todos los meses hasta completar los 426 euros?
    Muchas gracias

  • Miguel Angel

    Mi jornada ha sido siempre completa desde el 13 de abril hasta el 17 de septiembre del 2012,trabajaba 4 dias y libraba 2 y mi jornada siempre a sido de 12 horas

  • lya

    Hola, me fui del trabajo en septiembre 2012 por cambio de comunidad autonoma, tengo cargas familiares, tengo derecho alguna prestacion? o que requisitos deveria cumplir para percibirla, tengo la ayuda de 426 parada. espero su respuesta gracias!

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