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23 de febrero de 2010

Subsidio para emigrantes retornados

Si eres emigrante retornado de un país no perteneciente a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, ni Australia o Suiza, puedes optar al subsidio de desempleo de 426€ mensuales y durante un máximo de 18 meses.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad .
  • Carecer de rentas , de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (para el año 2018, 531,93€).
  • Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

¿Cual es la duranción del subsidio?

  • Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.

¿Cual es la cuantía del subsidio?

  • La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. En 2017 es de 426 euros al mes.
  • En caso de una pérdida de un empleo a tiempo parcial, la cuantía será proporcional a la parcialidad del empleo perdido.

¿Qué plazo hay para solicitar el subsidio?

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente del retorno.

¿Qué documentación se ha de presentar?

  • Modelo oficial de solicitud .
    El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante.
  • Certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.

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658 comments to Subsidio para emigrantes retornados

  • Lourdes

    Hola : estoy tramitando la ayuda al emigrante retornado. Entregue toda la documentación necesaria desde hace un mes y cada 3 días voy a La Oficina de inmigración y me dicen que «no les han contestado». No tengo ningún numero de tramite. Me gustaría saber como puedo darle seguimiento a mi solicitud sin tener ningún comprobante de que lo he hecho?
    Es posible comunicarme directamente con la institución que gestiona esto? porque La Oficina de inmigración dice que ellos solo entregan la documentación que yo les llevo.
    gracias

  • Marina

    Hola, llegue a españa en abril, en ese momento solicite el certificado de emigrante retornado. entregue la documentación y al poco tiempo me llamaron y me dijeron que no me lo podían aprobar por que los documentos que traje son de haber trabajado en chile. y mi pais d origen es venezuela ( yo salí de venezuela a chile y ahí trabaje los últimos años) , intente que revisaran de nuevo pero me lo negaron, a lo que deje ese tema asi. hace una semana me llaman y me dicen que al final me lo aprobaron que vaya a buscar el papel. mi pregunta es, yo ya trabaje y cotice , TENGO DERECHO A LA AYUDA DEL EMIGRANTE RETORNADO? o por haber trabajado ya la perdi.

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