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23 de febrero de 2010

Subsidio para emigrantes retornados

Si eres emigrante retornado de un país no perteneciente a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, ni Australia o Suiza, puedes optar al subsidio de desempleo de 426€ mensuales y durante un máximo de 18 meses.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad .
  • Carecer de rentas , de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (para el año 2018, 531,93€).
  • Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

¿Cual es la duranción del subsidio?

  • Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.

¿Cual es la cuantía del subsidio?

  • La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. En 2017 es de 426 euros al mes.
  • En caso de una pérdida de un empleo a tiempo parcial, la cuantía será proporcional a la parcialidad del empleo perdido.

¿Qué plazo hay para solicitar el subsidio?

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente del retorno.

¿Qué documentación se ha de presentar?

  • Modelo oficial de solicitud .
    El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante.
  • Certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.

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658 comments to Subsidio para emigrantes retornados

  • alex

    Buenas, tengo una duda, actualmente estoy cobrando la ayuda del emigrante retornado y me han ofrecido un aprendizaje de empleo con un contrato de 1 hora, si lo acepto pierdo la ayuda? hasta cuanto esta permitido percibir mensualmente, para seguir cobrando la ayuda?

  • Lida Yaneth

    Hola. tengo doble nacionalidad. colombia-españa. cumplo con todos los requisitos para solictar el certificado de emigrante retornado. pero el dia que fui a presentarlos un funcionario me dijo que no podia solicitarlo xq el pais donde estuve fuera trabajando era mi pais de origen. quisiera saber que tan cierto es porque he leido muchos temas relacionados y no hay ninguna cita en la que haga referencia a este caso. gracias

  • kuyen

    Hola vivo en Perú hace dos años, y quisiera saber si los 12 meses acumulados de trabajo, tienen que ser correlativos, es decir, si tiene que ser el mismo trabajo; o en estos dos años, acumular 12 nominas de trabajo.
    Porque yo tengo 3 meses cotizados en un trabajo, y después 9 meses acumulados en otro trabajo, durante estos dos años, con un paro de unos meses sin trabajar.

    Muchas gracias.

    Un saludo.

  • Yoraima

    Hola, soy de Venezuela, trabajadora de una peluquería , en el área de belleza en Venezuela no se nos hace ningún tipo de contrato laboral, ni inscripción ni pagos de IVSS, ya que somos registrados como autónomos, en vista de no poseer las cotizaciones requeridas (ya que mi última cotización es de hace 10 años aproximadamente ) , cuales serian los requisitos para solicitar el paro de emigrante retornado? , poseo nacionalidad Española y desconozco los tramites en este caso.
    Agradecida de antemano.

  • Rosario

    Poseo doble nacionalidad venezolana-española llegue hace un mes y me inscribí hace una semana en la oficina de empleo, allí me informaron que no podía optar a la ayuda del inmigrante retornado debido a que estuve un año sin trabajar en Venezuela antes de venir, puedo solicitar otro tipo de ayuda mientras consigo empleo, tengo 54 años. Gracias.

  • ANTONIO

    mi hijo de 29 años acaba de regresar de canada donde trabajo desde el 3 de noviembre 2015 haata 1 noviembre 2016 por lo tanto la empresa le pago y cotizo las 12 mensualidades correspondientes.

    Ahora le llega denegada la ayuda de emigrante retornado alegando que le faltaron 2 dias pare el año sim embargo cotizo y cobro los 12 meses a quien puedo reclamar esta injusticia

    • Al tribunal de lo social. Primeramente haz alegaciones oportunas contra la administración.

      Salu2.

    • Fignon

      Es totalmente plausible que reclames. Yo, repasando la legislación, creo que el SEPE está en lo cierto (aunque la línea es fina, y yo nunca dejaría de reclamar)

      Para cobrar el paro (esto es otra cosa, pero es equivalente en cuanto a cantidad de cotizaciones) bajo la legislación española, se requiere una cantidad de tiempo cotizado en días. Concretamente, 360 (artículo 269.1 del Real Decreto legislativo 8/2015)

      Sin embargo, para cobrar el subsidio por emigrante retornado, el requisito del que habla la legislación no se mide en días, sino en meses. Concretamente 12 meses (artículo 274.1.c) del Real Decreto Legislativo 8/2015)

      Acudiendo a la legislación básica de procedimiento administrativo, encontramos que los plazos, cuando se estipulan en meses, han de computarse de fecha a fecha (artículo 30 ley 39/2015)

  • Delia

    Hola!! Recibi la carta donde me notifican que recibire la ayuda, al inmigrante retornado gracias a dios, me la dieron por 6 meses desde Octubre 2016 hasta Abril 2017, me informaron que la comenzarán a pagar en Enero, ahora la pregunta que me hago es… Me haran llegar el pago de los meses anteriores ? Quiero decir el mes de Octubre Noviembre y Diciembre 2016 en Enero 2017… Quedo atenta de su pronta y oportuna respuesta, mil gracias.-

    • Por normal, SEPE paga las ayudas desde el día que se tiene derecho a la ayuda, eso es, al menos desde la fecha de solicitud.

      De cualquier forma, cobrarás la paga completa de los 6 meses que te corresponde, que por cierto, es prorrogable hasta 18 meses.

      Salu2.

  • Carolina

    Buenas noches, les expongo caso: mi hermano vivió en España durante enero 2013 hasta julio 2014, cobró los 18 meses de subsidio de emigrante retornado. No consiguió empleo y volvió a Venezuela, ha trabajado y cotizado en el seguro social aquí desde octubre 2014 hasta ahora diciembre 2016 (ultimo mes cotizado) total son 27 meses de cotización.
    Si regresa a España, ¿Puede volver a cobrar el subsidio de emigrante retornado?

  • victor

    Hola, actualmente estoy cobrando el subsidio para emigrantes retornados pero ya me queda un mes para culminar los 18 meses cobrando dicho subsidio. Me gustaria saber si hay alguna manera de prorrogarlo por otro periodo de 6 meses mas ya que estoy estudiando y el subsidio me ha sido de mucha ayuda para mantenerme durante este tiempo.
    Muchas gracias

  • pedro

    Hola una vez se entreguen todos los documentos, cuanto se tarda en empezar a cobrar la ayuda?

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