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23 de febrero de 2010

Subsidio para emigrantes retornados

Si eres emigrante retornado de un país no perteneciente a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, ni Australia o Suiza, puedes optar al subsidio de desempleo de 426€ mensuales y durante un máximo de 18 meses.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno.
  • Suscribir el Compromiso de Actividad .
  • Carecer de rentas , de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (para el año 2018, 531,93€).
  • Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

¿Cual es la duranción del subsidio?

  • Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.

¿Cual es la cuantía del subsidio?

  • La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. En 2017 es de 426 euros al mes.
  • En caso de una pérdida de un empleo a tiempo parcial, la cuantía será proporcional a la parcialidad del empleo perdido.

¿Qué plazo hay para solicitar el subsidio?

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente del retorno.

¿Qué documentación se ha de presentar?

  • Modelo oficial de solicitud .
    El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
  • Documento de identificación del solicitante.
  • Certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
  • Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.

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658 comments to Subsidio para emigrantes retornados

  • Irma

    Mi hermano está en Cuba, le daran la ciudadanía española en Diciembre 2011 aproximadamente, y desea venir a residir a España.
    ¿Para tener derecho a la ayuda al emigrante retornado es necesario que demuestre 6 meses o 12 meses de haber trabajado en Cuba después de obtener la ciudadanía española?

    Muchas gracias

  • maria mendez

    Hola

    Soy española, y actualmente estoy regresando despues de 7 años que sali de españa la ultima vez, he cobrado la ayuda en el 1993 y luego en el 2004 donde me di de baja despues de 4 meses por haber conseguido trabajo fuera de la comunidad en aquella oportunidad. Mi pregunta es: Si tengo derecho a solicitar nuevamente el subsidio en mi condicion de emigrante retornado? y como debo hacer para obtener la tarjeta sanitaria nuevamente?

    Gracias

  • fredy

    vine de cuba con los papeles del trabajo legalizados por un notario, pero aqui en españa me dicen que debe estar legalizado por el minrex y por el consulado alla en cuba, me pueden decir de que otra forma puedo hacerlo sin tener que regresar a cuba?

  • paqui

    HOLA:mi hermano es Español pero lleva fuera de España 10 años ademas tiene tambien nacionalidad mejicana.El dia 7 regresa a España porque alli no le va muy bien, le hemos tenido que mandar dinero para pagar un abogado, para el divorcio ya que estaba casado y para pagar lo que debia de las mensualidades de su hijo, al estar separado.Ahora le hemos tenido que volver a mandar dinero para el vuelo.Me gustaria saber si podemos solicitar algun tipo de ayuda para el y para que se haga cargo de su hijo, porque aqui como estan las cosas en españa sera muy dificilque encuentre trabajo y nosotros le ayudamos economicamente con mucho sacrificio.digame por favor si puede percibir alguna ayuda y donde ha de dirigirse.muchas gracias

  • richard

    hola, estoy cobrando actualmente subsidio por emigrante retornado, si lo paro por ir a trabajar al extranjero durante 5 meses, ¿a la vuelta a españa puedo retomarlo?

  • eli

    muy buenas mi hijo acaba de ser mayor de edad 18 años.lleva dos años trabajando y estudiando,pero quiere regresar a España tiene tres años que se fue.mi pregunta es, el puede pedir la ayuda de emigrante retornado?GRACIAS

  • Martha

    ¿Qué cantidad de meses, tienes que demostrar haber trabajado en Cuba, después de que te den la ciudadanía española,para tener derecho al subsidio para emigrantes retornados?

  • yanet Hevia

    Hola necesito saber si hay alguna ayuda para un emigrante retornado que no haya trabajado en cuba pues estaba estudiando? y ahora quiere retornar a españa, tendria derecho algo?

  • Joan

    Hola! Ya he solicitado el certificado como emigrante retornado, teniendo acreditado oficialmente un periodo de trabajo de 18 meses en el exterior. Trabaje en el exterior por un periodo de 36 meses, pero los ultimos 18 no estan acreditados debido a que fue por honorarios profesionales. Quisiera saber cuanto tiempo de ayuda me daran con los 18 meses acreditados oficialmente? Me daran los 18 meses completos? De que depende la prorroga de cada 6 meses? Por que tengo un amigo que trabajo 24 meses y le dieron inmediatamente los 18 meses. Y si luego consigo acreditar los otros 18 meses faltantes, tendrian alguna validez o ya no? Gracias por su atencion

    • Con que tengas 12 meses trabajados en el extranjero ya te dan la ayuda.

      La duración máxima de esta ayuda es siempre de 18 meses.

      Tienes que solicitarlo, te darán por 6 meses y que tendrás que ir solicitando prórrogas hasta los 18 meses.

      Salu2.

  • lazaro

    Hola, si tengo hoja resumen de expediente laboral cotejada por un notario y el expediente laboral completo(contratos de trabajos, tarjeta snc 225 y demás), puedo solicitar la ayuda aunque la hoja resumen no este legalizada en el MINREX en Cuba?.

    • No lo sé, eso lo tienes que consultar en el Servicio de Empleo. No te podemos decir hasta ese punto de detalle, porque no lo conocemos y nunca nos ha dado el caso para preguntarlo en el Servicio de Empleo.

      Salu2.

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