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4 de marzo de 2010

Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

Dar de baja temporal del coche suele ser conveniente en algunos casos como puede ser el robo del vehículo, si no va a utilizar el coche durante un tiempo, o si lo va a trasladar a otro país. Indicamos que trámites hay que hacer para ello, qué ventajas tendría y cómo se puede hacer para volver a darlo de alta el día que lo quiera volver a utilizar.

¿En qué casos interesa dar de baja temporal un vehículo?

La baja temporal de un vehículo conviene tramitarla para casos en los que se tiene previsto volver a utilizar el coche pasado un tiempo; por ejemplo en casos como pueden ser la sustracción del coche, en el caso de no utilizar el vehículo por un tiempo, etc.

¿Y si más adelante quisiera volver a utilizar el vehículo?

Para ello habría que pedir de nuevo la rehabilitación del coche en Tráfico, pagar la tasa correspondiente y pasar una ITV para comprobar que el coche se encuentra en buenas condiciones para su circulación en el caso de que en la Ficha Técnica figurara como caducada.

¿Qué ventajas tiene dar de baja temporal un vehículo?

No tendría que abonar el Impuesto de vehículos de Tracción Mecánica o también llamado Impuesto Municipal de Circulación (IVTM). Como el IVTM se paga por trimestres, podría solicitar en el Ayuntamiento la devolución de los trimestres correspondientes que faltaran para acabar el año desde la fecha en que se dió de baja.

¿Qué documentación es necesario llevar a Tráfico para solicitar la Baja Temporal?

  • Abonar Tasa de Tráfico correspondiente: cuesta unos 8€ aprox. salvo sustracción del vehículo.
  • Identificación del titular del vehículo:
    • Si está a nombre de una personas particular: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
    • Si el titular es una empresa o persona jurídica: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.(Modelo disponible en www.dgt.es)
    • Si se trata de un Menor o un incapacitado: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
  • Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV.
  • En el caso de que exista algún embargo o deuda pendiente sobre el vehículo sería un impedimento para tramitar la baja, y sería preciso cancelarlo previamente.
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.

En el caso de que se trate de la baja temporal de un vehículo por sustracción, será necesario presentar en Tráfico la denuncia del robo y estará exento de pagar la tasa de baja.

¿Qué documentación es necesaria para dar de Alta de un vehículo en estado de Baja Temporal?

Habría que pasar una ITV para volver a tener la Ficha técnica en vigor (solicitando previamente el Historial de ese vehículo en Tráfico o Nota simple), al no disponer de Permiso de Circulación), y presentar en Tráfico la documentación siguiente:

  • Abonar la tasa de alta en Tráfico.
  • Presentar la identificación del interesado, así como del vehículo en Baja Temporal.
  • Tarjeta de ITV con el reconocimiento en vigor.
  • Acta de recuperación del vehículo, en el caso de que se tratara de una baja por sustracción (en este caso no habrá que abonar la tasa de trafico por el alta).
  • Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
  • Si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas: Certificado de transportes de que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título

¿Tiene que realizar todos los trámites el titular del vehículo o podría ir otra persona en su nombre?

En el caso de que no presentara la documentación el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste (descargar modelo de autorización a presentar en Tráfico)

422 comments to Baja temporal de un vehículo: trámites, documentación y su coste

  • Oscar Palencia

    hola amigos, veo que ayudais a mucha gente con vuestra sabiduria, esto esta de lujo para los tiempos en los que estamos, me arrodillo ante vosotros.

    Tengo una duda, me he ido a vivir a breuselas por motivos de trabajo y me he venido con mi furgoneta, mi pregunta es tengo que pagar el impuesto de circulación de españa si no uso sus carreteras, y la ITV debo pasarla en españa?, a ver si podeis echarme un cable.

    gracias y seguir así.

    • Buenos días.

      Hacemos lo que podemos.. ;) Y si os sirve en algo de ayuda, pues fenomenal.

      En tu caso, comentarte que ni tu Ayuntamiento ni la DGT tiene constancia de si circulas o no con tu coche por España, así que mientras estés dado de alta en ambos sitios, te seguirán cobrando el Impuesto municipal de Circulación cada año, y te seguirá llegando a tu domicilio en España y acumulándose la deuda pendiente.

      Nuestro consejo:

      - Si vas a vivir fuera de España en principio por bastantes años, podrías gestionar la Baja Definitiva por Tránsito Comunitario tal como indicamos en el artículo superior, y matricularlo en Bruselas.

      - Si te has ido por un par de años.. podrías gestionar la Baja temporal (presentando la documentación que indicamos en el artículo superior). Lo puede tramitar un familiar o conocido por ti aquí en Tráfico.

      - Si va a ser por poco tiempo, no te merece la pena hacer ningún trámite.

      -> Tramitando la Baja temporal o Definitiva, el Ayuntamiento no te cobrará los Impuestos Munipales de Circulación de los años proximos mientrsa no lo vuelvas a dar de Alta en Tráfico.

      Salu2 y que vaya todo muy bien por Bruselas!

  • Francisco Candela

    Buenas tardes si tengo un vehiculo a nombre de mi mujer en situacion de baja temporal puedo ponerlo a mi nombre para entregar en un concesionario para darlo de baja definitivamente.

    • Buenos días

      Sea lo que sea que quieras hacer con tu coche viejo (darlo de Baja definitiva o entregarlo en un concesionario) no hace falta que lo pongas a nombre tuyo previamente. No entendemos para que te piden que hagas esa transferencia…. Lo puedes transferir pero son unos gastos y trámites totalmente innecesarios.

      Si entregas tu vehículo al concesionario, asegúrate bien de qué hacen con él (que lo transfieran a su nombre o que lo den de Baja definitiva), ya que mientras esté a vuestro nombre, si circulan con él estando dado de baja, o sin seguro, sin itv etc… las multas os llegarán a vosotros como titular..

      Más consejos sobre esto en:

      En caso de entregar nuestro coche o vehículo al concesionario, ¿qué trámites hay hacer?

      Salu2 y a ver qué te dice. Si después de todo esto sigues queriendo transferir, avísanos y te indicamos cómo, ok.

  • chanchan

    Para pasar la ITV a un vehículo en estado de Baja Temporal es necesario solicitar en Tráfico una NOTA SIMPLE.

    Sólo apuntar este pequeño detalle :)

  • Francisco Candela

    Hola buenas tardes
    Quiero aclarar que el motivo es para que el concesionario me de la subvencion de la marca por la baja definitiva y el vehiculo quiero adquirirlo a mi nombre por un tema de autonomos.Para negociar esa subvencion tengo que tener el vehiculo por lo menos 3 meses a mi nombre.
    Gracias.

  • Andy

    Buenas tardes Tengo un coche todoterreno en una finca privada para moverme por alli lo tengo
    Dado
    De baja temporal y sin seguro Mi pregunta es la siguien, ? Puedo usarlo dentro de mi finca tal y como esta? Puedo hecharle gasoil rojo sin que tenga problemas con los sepronas? Insisto que el coche no sale a carretera ni mucho menos Muchas gracias

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