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12 de marzo de 2010

¿Qué documentos es obligatorio llevar en el vehículo?

Mucha gente desconocen lo que llevan en la guantera de su coche pero presuponen que llevan toda la documentación exigible por la policía en caso de que ser parados para realizar un control. Con el fin de evitar sustos mayores y una posible sanción, en este artículo vamos a lista los documentos que son obligatorio llevar en el vehículo.

El conductor de un vehículo está obligado a llevar consigo y presentar ante los agentes de la autoridad que lo soliciten, la siguiente documentación:

  • Permiso de circulación.- Podrá ser sustituido por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que tendrá los mismos efectos. También puede sustituirse por un justificante del gestor que esté tramitando la transferencia en los casos en que ésta se esté tramitando.
  • Tarjeta de inspección técnica en vigor, según la periodicidad correspondiente.
  • Informe de ITV favorable y la pegatina que ha de colocarse en el vehículo en los casos que ya haya tenido que pasar la inspección técnica de vehículos.
  • El recibo del pago del Impuesto municipal de Circulación, también conocido como Impuesto vehículos Tracción mecánica (IVTM) y en algunas localidades coloquialmente como el numerito o la viñeta, no es obligatorio llevarlo en el coche ni le podrán multar por ello, aunque sí que se lo podrán pedir como medida de presión para que los ciudadanos lo paguen por temor a ser multados.

Así que es momento de revisar las guanteras de los coches y verificar si está toda la documentación exigible y de paso organizar un poco ese pequeño cajón de desastre.

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68 comments to ¿Qué documentos es obligatorio llevar en el vehículo?

  • Victor

    No es necesario llevar la documentación en el vehículo desde la aprovación en el año 2009 de la enmienda presentada por el PP.

    • Hola Víctor.

      Si dispones del texto de la enmienda donde figure ese punto envíanosla por favor.

      De momento sino no estaríamos de acuerdo con tu comentario (entendemos que por documentación te refieres a la Ficha técnica y al Permiso de Circulación del coche).

      En cualquier caso, la multa por no llevar esos dos documentos originales en el vehículo es de sólo 10€ (5€ por documento) y con reducción del 50% por pronto-pago.

      El problema no es la cuantía de la sanción, sino que el agente que te pare te ponga problemas para seguir circulando con el vehículo en caso de actitud sospecha o si no puediera corroborar los datos del vehículo de forma telemática…

      Salu2!

  • Tomas

    Hola me gustaria saber si por no llevar el impuesto de circulacion te multa aunque lo tenga PAGADO Y NO LO lleve encima

    • Hola

      No te preocupes. No te pueden multar por no llevar el Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en el coche, ya que no es obligatorio, y además es un tema que depende de cada ayuntamiento, no de Tráfico.

      Salu2

  • ANDRES

    bUENAS TARDES,
    em abril de este año 2011, los mossos de esquadra en Viella me sancionaron con 40€ por cada documento que no llevaba original: permiso de circulacion y tarjeta ITV. Totsl 80€. Usted dice 10€??. Quien marca esa cuantía?. Ya he pagado con 50% reduccion, puedo reclamar?. Hay posibilidad de reduccion de multa si presentas la doc original que tenía en regla pero olvidé en casa?. Muchas gracias!

    • Buenas tardes Andrés

      Hemos visto sanciones por no llevar los originales de 10€ por documento (ficha técnica y Permiso de Circulación) al que se aplicaba descuento del 50%, quedando una multa ridícula y mucho menor que a la que a ti te han puesto.

      Estamos intentando localizar el reglamento que regule esto para indicarte en firme, pero con las modificaciones que hacen continuamente y el desorden que hay aún no te lo podemos que indicar en concreto.

      En cualquier caso la Ley en que se basa tiene que venir reflejado en la notificación que te han dado o enviado, Echa un vistazo para buscar información concreta sobre lo que hay figure y si quieres cópianoslo aquí.

      Intentaremos encontrar el texto de esa sanción que pusieron a un conocido nuestro.

      EN cualquier caso, estando ya pagada no estamos seguros de si podrás echarte para a trás. Tendrías que hacer la consulta con Tráfico.

      Ya nos contarás y seguimos recopilando información al respecto de mucha utilidad para todos, ok

      Salu2!

  • David Pedrol

    Hoy dia 18 de mayo me ha parado la Guardia Urbana en la entrada de la Rona de Dalt al saltarme una continua sin quierer.Bueno esta sancion es justa pero la que me ha matado ha sido al no llevar la documentacion del vehiculo y para mi asombro me han puesto 80 euros de sancion por que cada documento no presentado.El motivo de no llevar dicha documentacion es por que me sustrayeron las llaves y no me fio de que alguien pueda hacer algo con ellos :S.
    Si no hubiera manera de recurrir se puede pagar con trabajos sociales a la comunidad?

    Gracias de Antemano

    • Hola David.

      Si no quieres llevar la documentación original, lo que tienes que hacer es un cotejo de la misma en Tráfico.

      Así ese cotejo tendrá la misma validez que el original y podrás llevarlo en el coche, y así los originales dejarlos en casa.

      Respecto a recurrir, no vemos mucho remedio. La sanción está clara. Respecto a cambiar el pago por trabajos a la comunidad, tendrías que consultarlo en Tráfico, pero dudamos que puedas, ya que lo que se pretende es recaudar.

      Salu2

  • José María

    Este verano voy a hacer un viaje por Europa en una autocaravana prestada por un amigo. ¿Qué documentación complementaria debo llevar?

    • Quizás estaría buien una aturización firmada por tu amigo, titular de la autocaravana junto con una fotocopia de su DNI, aparte de la documentación original y la carta verde del seguro en regla.

      Salu2 y pásalo muy bien!

  • fay

    buenas tardes ,soy nuevo en el foro mi pregunta es la siguiente
    me compre un coche hace 10 dias(finales agosto 2011) hemos hecho la transferencia sin problema y no me me han pedido el impuesto del permiso de circulacion resulta que quien me vendio el coche no tenia el impuesto de circulation pagado,en este caso si me cojen la poolicia me multan por no tenerl pagado o le multan al quien me vendio el coche???
    saludos

    • Buenos días.

      Si te han hecho la transferencia en Tráfico sin problema, no te preocupes.

      Los Impuestos de Circulación de ese coche hasta ahora son responsabilidad del anterior titular, van a su nombre y en caso de que no los hubiera abonado, su Ayuntamiento dispone de 4 años para reclamarle el pago.

      Ese Impuesto no es responsabilidad de la Policia, sino del Ayuntamiento, y no es obligatorio llevarlo en el coche así que circula tranquilo y disfruta del coche.

      Salu2

  • fay

    buenas noches
    prmero darte las graciaspor responder rapido:)
    pues si me han hecho la transferencia sin prolema incluso ni siquiera me han preguntado por el impuesto a la hora de hacer la transferencia!!
    yo me acuerdo cuando tenia otro vehiculo cuando me paraban la policia me preguntaban por el impuesto de circulacion !de todas formas en la fecha tecnica viene cuando puse el coche a mi nombre que pone en agosto,
    asi k en el caso que me paren y me preguntan por el impuesto les digo k el coche se compro en agosto no y el quien debia de pagarlo supuestamente el dueño del vehiculo el dia 1 de enero?

    saludos cordiales

    • De nada, para eso estamos 😉

      A veces si te paran te lo pueden pedir. Lo hacen como medida de presión para que la gente lo pague…Pero nunca te pueden multar por no llevarlo, así que no te preocupes, y menos en este caso, ya que ni siquiera va a tu nombre este año, y por eso es imposible que lo tengas.

      Salu2!

  • fay

    ok muchas graciaasss
    saludos cordiales

  • framcisco

    hola
    me gustaria saber si es obligatori lleva el carnet de conducir o si por el contrario es igual que con el recibo del seguro
    gracias

    • Hola.

      El carnet de conducir es obligatorio llevarlo. El recibo del seguro no es obligatorio pero sí es recomendable, ya que si los agentes no pudieran comprobar telemáticamente que esta asegurado el vehículo, ý no dispones del recibo como comprobante, podrías tener problemas.

      Salu2!

  • Albert

    Hola, a ver una cosa hace 1 mes, me e comprado un cotxe totalmente nuevo valeee, entonces ahora me e levantado d la cama i me e preguntando sobre los documentos y tal, con cotxes nuevos n lleva la etiqueta esa d la itv i por que no lleva?? despues el permiso d conducir q el carnet d conducir es lo mismo???por que cn mi cotxe viejo tenia como un carnet en verde i tal i ahora cn el toyota noo Yo el seguro esta todo perfecto i tengo mi carnet d conducir obvio eso es suficiente o quee???

    • Hola.

      La primera ITV para los turismos es a los 4 años. Hasta que no pases la ITV no te entregarán la pegatina de Itv.

      El Permiso de Circulación es una tarjeta verde que justifica que eres el titular de ese coche y que junto con la Ficha Técnica es lo que se conoce como documentación del vehículo y que tendrás que llevar siempre en el coche, ya que te lo pedirán si te paran.

      El carnet de conducir (o Permiso de conducir) es otro tema diferente del Permiso de Circulación que te acabamos de comentar, y ya conoces qué tarjeta es. Son dos cosas diferentes.

      El concesionario, al matricularte el coche te tiene que haber entregado el Permiso de Circlación junto con tu Ficha Técnica. Sino reclámaselo.

      Salu2

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