Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
5 de abril de 2010

Renta de Emancipación: ayuda de 210 euros para el alquiler

La renta básica de emancipación entró en vigor el 1 de enero del 2008, que consiste en una ayuda de 210 euros mensuales para los jóvenes entre los 22 y 30 años para que alquilen una vivienda y se independicen de sus padres.

La ayuda está destinada para los los gastos del alquiler de una vivienda, y su duración máxima es de 4 años.

Adicionalmente se puede obtener:

  • 600 euros de préstamo para la constitución de la fianza, este préstamo deberá devolverse cuando se termine de recibir la renta de emancipación o cuando finalice el contrato de alquiler.
  • 120 euros para los gastos de tramitación del aval.

De esta forma, un jóven puede “ahorrarse” el desembolso de hasta 930 euros durante el primer mes.

Los requisitos para acceder a esta ayuda son:

  • Tener entre 22 y 30 años.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales.
  • Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
  • Ser titular del contrato de alquiler o uno de los firmantes.
  • Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.

Artículos relacionados:

542 comments to Renta de Emancipación: ayuda de 210 euros para el alquiler

  • Nerea LUcas

    yo he solicitado la renta de emancipacion por el alquiler y tngo el contrato de la vivienda por un año que es lo que dura mi contrato, cuando termine el contrato si cobro el paro, tengo derecho aun a esa ayuda?? si renuevo el contrato del alquiler,pero no tengo trabajo, tengo derecho a la ayuda????

  • ana

    ke es eso de los justificantes de pago y ke tengas seis meses ya trabajados anteriormente,y quisiera saber si van a dejar de pagarla

  • El gobierno NO RENUEVA la ayuda del RBE.

    Salu2.

  • Rocío

    Yo solicité la RBE el 30 de noviembre y aún no había recibido resolución. Según he leido, quienes la estaban cobrando ya lo seguirán haciendo…¿alguien sabría decirme si en este caso me la concederán? Más que nada porque se solicitó antes de que se anunciase la modificación de la misma.

    Gracias y saludos,

  • Noe

    Hola que tal?yo necesito a ver si me pueden ayudar por favor.les cuento llevo cobrando la rbe 2años y ahora tengo que renovar el contrato de alquiler del piso por que solo lo tenia por dos años(la renovacion sera con las mismas condiciones precio ,tiular,cuenta,…ect)y ahora hay va mi pregunta¿tengo que comunicarselo a los de la rbe? ¿corro el riesgo de que me quiten la ayuda por la nueva orden de recortes?espero que alguno me pueda ayudar.muxas gracias!un saludo;-)

  • AURELIA MOLDOVAN

    che se puede aser coando tenga resolution definitiva y ahora me dise ca tengo problemas en papeles.

  • AURELIA MOLDOVAN

    se puede aser algo con transferentia bancaria?
    se puede cambiar con recibos?

  • Guadalupe

    Buenos días, mi caso es el siguiente. LLevo cobrando un año la renta básica de emancipación que me concedieron en extremadura, ahora me traslado a un piso en Andalucía, pierdo la RBE en ese caso? Muchas gracias de antemano. Un saludo

  • jara

    Hola,

    a mí me pasa lo mismo que a muchos de vosotros. En 2008 cogí un trabajo extra los 3 últimos meses y me pasé en la renta, cobré 23.000 euros. Pero en cuanto supe que me iba a pasar (en octubre) renuncié a la renta y me dijeron que no tendría que devolver nada. Pero seguí cobrando dos meses más la ayuda y hará cosa de una semana me llegó una carta de revocación del derecho, en la que ponía que tenía 15 días hábiles para llevar los pertinentes papeles de la renta y que si no cumplía los requisitos tendría que desembolsar los pagos indebidamente efectuados. Yo pensé que sólo tendría que devolver los dos meses que me pagaron de más, pero en mi comunidad autónoma que dijeron que tengo que devolver todo. Quién tiene razón?? cómo puedo actuar?
    Además, en los ingresos percibidos en 2008 se me computó el finiquito de fin de contrato porque se me acababa en diciembre, ese finiquito entra como ingreso bruto?

    gracias y un saludo a todos!!

  • Nuria

    Hola,

    Tengo una pregunta, si soy fija discontinua en una empresa donde trabajo de octubre a mayo durante siete años, también tengo que justificar que voy a trabajar los seis meses próximos al momento de la solicitud??

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>