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4 de mayo de 2010

Tributación conjunta o individual

Los matrimonios tienen la opción de elegir la tributación conjunta o individual, ¿pero cuál es mejor? En realidad depende de la situación de cada pareja y el nivel de ingresos de cada cónyuge, generalmente conviene la declaración conjunta cuando uno de los cónyuges tiene ingresos muy bajos, y si los 2 tienen ingresos es mejor optar por la individual.

¿Quién puede hacer la declaración conjunta?

Las personas que están casadas tienen la opción de hacer la Declaración de la Renta de forma individual o conjunta. En este sentido, la ley admite también los matrimonios entre personas del mismo sexo, con lo que sus derechos y deberes a efectos fiscales son los mismos que tenga un matrimonio tradicional, formado por un hombre y una mujer.

En caso de que un miembro de la unidad familiar opte por presentar la declaración individual, el resto de los miembros de la unidad familiar pierden el derecho a declarar conjuntamente.

La Agencia Tributaria admite los matrimonios entre personas del mismo sexo como unidades familiares y que, por tanto, pueden acogerse a la opción de tributación conjunta.

¿Qué modalidades de tributación conjunta existen?

Según la ley del IRPF, las dos modalidades de ésta son las siguientes:

  • La formada por los cónyuges y sus hijos menores de 18 años. En esta unidad se incluyen, también, los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • Unidades familiares monoparentales, formadas por el padre o la madre y todos los hijos menores no emancipados que convivan con uno de los cónyuges. La condición imprescindible para poderse acoger a esta modalidad es que la cabeza de familia esté separado.

¿Qué elegir, conjunta o individual?

  • Cuando se hace la tributación conjunta, las rentas obtenida por cada cónyuge se suman y se gravan de forma acumulada. Esto puede provocar que se deba tributar dentro de un tramo superior de la escala de gravamen del IRPF, si esto ocurre conviene optar por las declaraciones individuales.
  • En general, se puede decir que cuando todos los miembros de la unidad familiar obtienen ingresos es más ventajoso hacer la declaración en forma individual, ya que los importes y límites cuantitativos establecidos a efectos de la tributación individual se aplican en la misma cantidad. Por el contrario, si sólo uno de los dos cónyuges trabaja y obtiene ingresos, la Declaración conjunta será más propicia.
  • También se ha de tener en cuenta los límites de las deducciones por vivienda habitual que es de 9.015€ por cada declaración. Así, si se hace la tributación individual cada miembro se puede deducir 9.015€, es decir, hasta 18.030€, mientras que la tributación conjunta sólo permite deducirse como máximo 9.015€.
  • Una de las ventajas de la tributación conjunta es que permite compensar pérdidas patrimoniales y las bases liquidables generales negativas, realizadas y no compensadas por los contribuyentes que componen la unidad familiar en períodos impositivos anteriores en que hayan tributado individualmente como por ejemplo las minusvalías que hayan tenido por vender inmuebles, acciones o participaciones de fondos de inversión.
  • Se tiene derecho a la reducción por tributación conjunta de 3.400€ en caso general y las unidades familiares monoparentales de 2.150€.

Las personas que tenga la opción de elegir la tributación conjunta o individual, todos los años deben de realizar una simulación con el programa padre para determinar qué modalidad le conviene más: conjunta o individual.

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149 comments to Tributación conjunta o individual

  • Toste

    hola buenas una duda. yo llebo en paro dos años, mi pareja que no estamos casados la sale a devolver en la declaracion individual tenemos una casa en comun, es mejor que ella la haga conjunta para que la devuelvan mas.??

  • Alejandro

    Hola:
    Mi consulta es la siguiente.
    Si un matrimonio opta por la tributación individual , y a uno de ellos le sale a devolver x (más que en conjunta) y al otro a pagar (no estando obligado segun las reglas), esta obligado el que le sale a pagar si solicita su conyuge la devolucion??

    Gracias de entemano

  • fernando

    hola.tengo una pension de 10.738 EUROS AL AÑO MI ESPOSA COBRA 5.112 AL AÑO DEL PARO ESTAMOS OBLIGADOS A DECLARAR .GRACIAS

  • maria

    Hola, para poder hacer la declaración conjunta, es necesario estar casado durante el año correspondiente al ejercicio de renta? o con estar casado en el mismo año de realizar la declaración es suficiente si ya se ha estado conviviendo años anteriores en la vivienda sobre la que se desgraba la hipoteca?

  • maria

    Muchas gracias por la aclaracion. A raiz de esta respuesta…

    Te cuento mi situacion a ver que me reuslta mas ventajoso:
    Durante el año 2012 mi novio no ha trabajado ni ha tenido ningun ingreso. Yo si estoy trabajando. Tenemos prevista la boda para finales de diciembre (si tenemos la documentacion a tiempo claro). Actualmente mi novio sigue buscando trabajo y le han ofrecido trabajar el mes de diciembre solo para la campaña de navidad. Teniendo en cuenta que una vez casados ya podemos hacer la declaracion conjunta y yo desgrabarme parte como que «he manteniendo» a mi marido (si nos casamos en 2012). Sabiendo que sus ingresos solo seran de un mes y que yo puedo desgrabarme por él, ¿le interesarara trabajar solo ese mes a cambio de lo que podemos desgrabar como pareja??

    No se si me habre explicado bien.

    Muchas gracias

    • Si a 31 de diciembre estáis casados, podéis hacerla conjunta.

      Y lo que planteas es posible que os salga más ventajoso, pero haz una simulación con el programa padre o solicita el borrador tanto en conjunto como individual; comparas y echa el que más os convenga.

      Salu2.

  • Alicia

    Estoy casada, mi marido no tiene trabajo. Percibo un Tenemos la declaracion conjunta. Nos conviene declarar en forma conjunta?
    Mi sueldo bruto es de 2000 euros por mes, cuanto debo poner de retencion para el irpf?
    Gracias.

  • Alicia

    Me olvide de decir que no tenemos hijos, no tenemos hipoteca y vivimos en un piso de alquiler.

  • Alberto

    Hola , es la primera vez que entro en el foro y he leido varias preguntas-respuestas muy concisas, y me atrevo a preguntar lo siguiente : de hacer la declaracion conjunta perderia mi esposa el importe de la ¨ayuda familiar» , yo cobro 14.000 Euros brutos, gracias por la posible aclaracion

    • Supongo que te refieres a que está percibiendo un subsidio de desempleo.

      Hacer la declaración individual o conjunta no afecta al subsidio. Lo único es que cuando tenga que presentar los papeles en la agencia tributaria, tendrá que acompañar además con los certificados de retenciones para determinar qué parte de los ingresos son suyos y qué parte son los tuyos.

      Salu2.

  • Tomás

    Hola,
    si yo vivo en Sevilla pero mi mujer en Badajoz por temas de trabajo, ¿podemos realizar la tributación conjunta? ¿que otras posibilidades tenemos?

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