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17 de mayo de 2010

Gruas, inmovilización o retirada del coche al depósito municipal de vehículos

Los agentes de Tráfico, en determinadas circunstancias, pueden retirarnos o inmovilizarnos el vehículo, trasladándolo al depósito municipal donde habrá que abonar gastos por cada día que allí permanezca.

Los agentes de Tráfico pueden ordenar la inmovilización de un vehículo cuando:

  • Su circulación pueda crear un riesgo grave para la circulación, las personas o los bienes. Por ejemplo, conducir una motocicleta sin el casco..
  • Si el vehículo no dispone del seguro obligatorio en vigor.
  • Si el conductor se niega a que se le practiquen las pruebas de alcoholemia.

Por otro lado, pueden ordenar la retirada de un vehículo y su depósito en el lugar que se destine al efecto, en los siguientes casos:

  • Siempre que constituya un peligro o cause graves perturbaciones en la circulación de peatones, vehículos o de los servicios públicos; si deteriora el patrimonio público o si puede presumirse que ha sido abandonado.
    Se considerará abandonado si se deja estacionado por un tiempo superior a un mes y presente desperfectos que hagan imposible desplazarlo o le falten las pacas de matrícula.
  • En caso de accidente que impida que el vehículo pueda continuar la marcha.
  • Cuando haya sido inmovilizado porque presenta deficiencias.
  • Si una vez inmovilizado el vehículo, el infractor se negara a pagar o a garantizar el importe de la multa.
  • Si el vehículo está aparcado en un lugar habilitado por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el distintivo que lo autoriza (la tarjeta de la ORA) o cuando
  • Permanezca aparcado más del doble del tiempo abonado según se establezca en la ordenanza municipal.
  • Si un vehículo permanece aparcado en los carriles o vías reservadas exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios (como carril bus o taxi).
  • Cuando deba ser inmovilizado y no haya un lugar adecuado para ello sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas.

¿Quién debe abonar los gastos de la retirada del coche del depósito municipal?

Será el titular del vehículo el que tenga que pagar los gastos que conlleve la retirada del coche del depósito en el que se encuentre o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo.

Esto no impediría al titular poder reclamar estos gastos al responsable del accidente, del abandono del coche o de la infracción que ha dado lugar a la retirada del vehículo.

No habría que pagar gastos en el caso de que se hubiera trasladado el coche al depósito tras un robo o haya sido utilizado en contra de la voluntad del titular.

¿Qué procedimiento siguen los agentes para denunciar un vehículo por abandono?

  1. Localización del vehículo en la vía pública.
  2. Acta de observación de vehículo abandonado. Se archiva en la carpeta “sin notificar”.
  3. Al mes, comunicación al titular al domicilio que nos da Tráfico. Normalmente buscan en el padrón de habitantes al titular, porque es frecuente que si se ha cambiado de domicilio no lo comuniquen en tráfico. Pasa a la carpeta notificados.
  4. Haya recibido o no la carta el titular, tras 15 días desde el acuse de recibo o desde que llega la carta de correos devuelta, se retira el vehículo al depósito. Motivos de retirada:

a) siempre que constituya peligro, cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones o al funcionamiento de algún servicio público o deteriore el
patrimonio público. Nos acogemos a éste artículo cuando esté estacionado en la vía pública por largos periodos de tiempo (funcionamiento de servicio
publico de limpieza, por ejemplo). Se necesita decreto del Alcalde, por lo general. Se le comunica.

b) Cuando pueda presumirse racionalmente su abandono, en el siguinete caso:   cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismolugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por suspropios medios o le falten las placas de matriculación. En este caso tendrá el tratamiento de residuo sólido urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.

c) En caso de accidente que impida continuar la marcha.

d) Cuando haya sido inmovilizado por deficiencias del mismo.

e) Cuando, inmovilizado un vehículo, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 67.1, párrafo tercero de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, el infractor persistiere en su negativa a depositar o a garantizar el pago del importe de la multa.

f) Cuando procediendo legalmente la inmovilización del vehículo no hubiere lugar adecuado para practicar la misma sin obstaculizar la circulación de vehículos y personas.

g) Cuando, inmovilizado un vehículo en la vía pública por orden de los Agentes de la Policía Local, transcurran 48 horas sin que el conductor o propietario hayan
corregido las deficiencias que motivaron la medida.

h) Si está de baja o carece de seguro.

5.  Una vez en el depósito y comunicado el interesado o intentado notificar sólo una vez, y pasados 2 meses, se le vuelve a comunicar, ésta vez por 2 veces si no recibe la primera y, si aún así no la recibiera, se manda a publicar al tablón de anuncios del  Ayuntamiento  (del ayto del interesado, domicilio que aparece en tráfico), y en ambos Boletines Oficiales de Provincia (el de la provincia de la infracción y el de la provincia que le corresponda).

6.  A los 15 días de la publicación se llama a un desguace autorizado (CAT) y con el certificado de destrucción que te dan se llevan el vehículo.

7.  Una vez reunidos un grupo de vehículos ne la misma situación, se hace solicitud que firma el Alcalde para tramitar la baja de oficio en tráfico.

8.  Si Tráfico dice que un vehículo no se puede dar de baja, se intenta localizar el juzgado que lo tiene embargado y se le pide que quite el embargo para la baja, pero no se suele dar el caso, pues esto lo hace la Jefatura Provincial de Tráfico.

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305 comments to Gruas, inmovilización o retirada del coche al depósito municipal de vehículos

  • Alberto

    Yo tengo que renovar la autorización BTP, que me caduca el día 17-12-2015, pero según informaciones de la DGT esta autorización desaparecerá el día 1 de Enero de 2016, mi pregunta es, si no la renuevo, perderé los derechos adquiridos en caso de que salga alguna normativa que la compatibilice con alguna otra autorización.
    Ademas tengo el permiso de conducir de la clase B que no me caduca hasta el 17-12-2020

    gracias

  • María M.

    Hola, buenas tardes,

    en nuestro caso le prestamos una motocicleta a un conocido de la familia con la condición de que se hiciera cargo él de asegurarla, al cabo de unos años le han pillado sin seguro y nos ha llegado la multa y la notificación de que la moto está en el depósito desde hace tres meses.
    Esta persona no nos ha dado ninguna explicación, parece que incluso revendió la moto y fue a otra a la que pararon, además se niega a pagar nada.

    Nos gustaría saber si hay alguna manera de evitar el tener que pagar esos tres meses de depósito. La moto ya no nos interesa ni recuperarla.

    Gracias de antemano.

    • Buenos días

      No hay mucho remedio. al ser titulares vosotros de la moto, ciertas multas como los gastos de depósito o la multa por estar sin asegurar os lo reclamarán a vosotros.

      Salu2

  • Victor

    Saludos:
    A mi me robaron el coche, que le había dejado a un amigo, la policía local detuvo a los ladrones porque al hacer contacto produjeron un corto circuito y se empezó a incendiar, yo tenía un seguro anti robos y anti incendios, como yo estaba fuera de España (mi amigo se llevaba el coche a un garaje privado en otra provincia), la policía se contactó conmigo y me contó la historia, hablé con la aseguradora y todo perfecto, pero el depósito municipal no se puso de acuerdo con la grúa, ni la compañia de seguros al final ahí se quedó el coche, porque yo vivo fuera y solo vengo para las vacaciones y el precio era 4 veces mayor que el coche, y yo teniendo seguro, un robo, pues pasé del tema y que se queden mi coche. La pregunta es si esto me producirá problemas al momento de comprar otro coche o renovar mi licencia.
    Muchas gracias.

  • Gecafre

    Hola, al policía local se llevo mi moto por abandono, cuando me di cuenta me puse en contacto con ellos, pague las tasas de la retirada y firme un documento de dejacion del vehículo para que lo envíen al desguace. Me han dicho que por comparecer dentro del tiempo establecido no tengo sanción por abandono, es esto cierto? Porque no me quedo tranquilo del todo..

  • Croqueta

    Buenas tardes,
    hace dos años le dejé a una amiga un ciclomotor y hace unos días me llegó una multa de la DGT de noviembre por tener la moto sin seguro. Mi amiga dejó la moto en frente del taller donde le dijeron que no se podía reparar, por esto se quedó allí «tirada» varios meses. Procedí la semana pasada a dar de baja definitiva el ciclomotor en la jefatura porque ya no iba a funcionar más y al ir a buscar mi amiga la moto se encontró que ya no estaba allí y que se la había llevado la policía. Cuando fue al depósito municipal le dijeron que tenía que abonar los días que ha pasado ahí la moto (89 días) y una multa por abandono (unos 200€). Pues bien, tengo un par de dudas sobre este caso:
    – primero, si quiero dejar la moto en el depósito para que la destruyan, tengo que pagar ese dinero que me pide?
    – segundo, no me llegó ningún aviso a casa de que se llevaron la moto con la grúa, si no llega a ser por la multa de la DGT aún no lo sabría. Además, tampoco me ha llegado ninguna multa por abandono. Ni aviso, ni multa (de momento) así que, estoy obligado a pagar lo que me piden en el depósito municipal? Qué pasa si ignoro la situación?

    Gracias de antemano por vuestra ayuda.

    • Buenos días

      – El dinero te lo van a reclamar, vayas a por la moto o lo dejes allí. Disponen de un plazo de 4 años para reclamártelo, sino prescribe.

      – Deberían haberte dejado un aviso o enviado notiicación a tu casa. Puedes solicitar al Ayuntamiento informe sobre en qué fecha y a qué dirección te han enviado el aviso para ver si lo han hecho, y sino interponer reclamación..

      Lo primero revisa el Permiso de circulación de tu coche para ver si ahí figura tu dirección actualizada.

      Y luego consulta en el TESTRA a ver si figura esa multa pendiente:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/04/11/testra-consulta-de-sanciones-de-trafico-por-internet/

      A ver si poco a poco vas recopilando infirmación para saber mejor cómo actuar.

      Salu2 y ánimo!

  • Andreea

    Hola hace diez años puse a mi nombre un coche haciendole un favor a un amigo. La policia inmovilizo el coche meses despues y ha estado en el deposito desde entonces. Este año al acer la declaracion de la renta se han quedado con el dinero diciendo que tengo una deuda pendiente con el ayuntamiento por ese mismo vehiculo que ya no me acordaba que existia. Yo nisiquiera tengo carnet es legal que me reclamen la deuda? No tendria que estar dado de baja o destruido o algo despues de diez años en vez de dejarlo acumular impuestos? Gracias

    • Hola

      Debes dar de baja ese vehículo en Tráfico. Sino cada año se seguirá generando el Impuesto de circulación y te lo seguirán reclamando.

      Solicita el Historial de ese coche en Tráfico para ver en qué estado legal se encuentra y dale de baja.

      Al no disponer de documentación ni nada referente al vehículo, en Tráfico te indicarán cómo tramitarlo.

      En teoría te podrían reclamar sólo el pago de los últimos 4 años de impuestos, los anteriores si no te hubieran reclamado nada antes habrían prescrito.

      Salu2

  • Inmaculada

    Hola me urge la respuesta por favor me robaron mi coche cerca de mi casa y no tenia seguro y hicieron 2accidentes y porlo visto al dia siguiente encontraron el coche el caso esk al mes me llega una notificacion de la policia local como k el coche lleva un mes en el deposito voy a sacarlome piden el seguro entonces voy le hago el seguro y cuando voy a sacarlome dicen k mo puedo k si lo saco me hago yo responsable de los accidente al cavo mas o menos de 2meses me llaman diciendo k ya puedo retirarlo k me pase por la guardua civil para k me hagan la entra de un papel.como autorizandome a sacar el coche y resulta k tengo kpagar 1.000euros de deposito por el tiempopor ellos no haber echo su trabajo mas rapido como el.coche esta estropeado he decidido darle la.vaja y me dijo la policia k aunk le de la vaja sigue la deuda por favor ayudarme necesito respuesta

    • Buenos días

      Vaya.. Lo importante es que hayas retirado el vehículo cuanto antes del depósito para que no siga acumulándose la deuda.

      El problema es que mientras el vehículo está en el depósito te cobran la estancia, y la administración no entiende ni le importan los motivos por los cuáles no lo has sacado antes 🙁

      Respecto a los accidentes cometidos, si tenías denuncia previa de la sustracción del vehículo no serían responsabilidad tuya.

      Salu2 y ánimo..

  • Becky

    Hola hace un poco mas de tres años le di de baja definitivamente a una moto porque le robaron la matricula y no se pude conducir…….la moto premanecio en una cera muy amplia todo ese tiempo porque sin matricula no se puede mover la moto no aranca y yo no se conducirla……la denuncie ante la policia para que la retiraran y asi fue…..ahora recibo notificacion de EMT que la moto edta en un deposito y tengo que pagar los gastos…..ellos dicen que en su expediente la moto no esta dada de baja definitivament y que soy yo responsable for los gastos accumulados……pero yo tengo los papeles de trafico confirmando la baja definitiva y la denuncia ante la policia……que puedo hacer?

    • Hola

      Puedes recurrir presentando los documentos que dispones de Tráfico y la denuncia.

      En cualquier caso, conviene que acudas a la DGT y solicites el historial de esa moto, donde figurará si efectivamente está dada de baja definitiva o no (y en caso de que no sea así, reclames también a la DGT con el justificante que dispones de que sí está dada de baja)

      Averigua dónde está la moto exactamente y qué está sucediendo.

      Lo mejor en su día hubiera sido que hubieras llamado a un desguace autorizado para que la retiraran y dieran de baja definitiva.

      En estos momentos debes confirmar en qué situación legal se encuentra para poder solucionarlo.

      Salu2 y ánimo

  • Rafael

    Tengo el coche en el depósito municipal,para recojerlo me esigen sacar el seguro del coche,pero tengo recojido,el carnet de conducir en el juzgado por 8 meses,puedo sacar el seguro del coche? Con el carnet retirado?

    • Buenos días

      Sí, lo puedes asegurar igualmente. Lo único es que para sacarlo del depósito tendrás que ir tú (si eres el titular del vehículo) y te tendrá que acompañar alguien que tenga el carnet en vigor para poder conducirlo.

      Salu2

  • Jose Luis revilla gallego

    La grúa municipal me llevoy el coche el día 8 de noviembre de 2016 al depósito municipal porque tenia un embargo de regtsa .he llegado a un acuerdo con regtsa para pagar 50 € al mes , pero la deuda es muy alta . Lleva más de 10 meses en el deposito y voy a darlo de baja en tráfico. La deuda que tengo acumulada en el deposito es de 2890€.No lo voy a rescatar el vehiculo . Tengo que esperar a que se ejecute el embargo y lo subastan y se desagan de el vehiculo ? Le tengo que comunicar a alguien esto o espero a que regtsa actúe.

    • Buenos días

      Dada la deuda acumulada no vemos mucho más remedio que esperar a que actúen con el embargo del vehículo.

      Tramita su baja en Tráfico para que no acumules más deuda del impuesto de circulación…

      Y quizás en el depósito municipal te puedan indicar cómo proceder a que no se siga acumulando más impago. Acude y a ver qué te comentan.

      Salu2

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