Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
31 de mayo de 2010

Multas por exceso de velocidad vehículos

Con la Nueva Ley de Tráfico que ya está en vigor, se han actualizado las multas y pérdida de puntos del carnet de conducir correspondientes a las infracciones por exceso de velocidad.

Indicamos la tabla de la cuantía de las multas y retirada de puntos según el exceso de velocidad captado por el radar que se puede al final del artículo.

En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente a la siguiente tabla.

El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite

Artículos relacionados:

330 comments to Multas por exceso de velocidad vehículos

  • DIANA AURORA ORTEGA

    buenas tardes, una inquietud, si el exceso de velocidad es hecho por el conductor del vehículo de un servicio de público, el comparendo le llega al propietario, siendo ilegal ya que debe llegar el comparendo es al conductor y obligan a pagar al dueño por una multa que no tiene culpa.

  • barbara

    Consulta…me figura una multa que dice +40km de la maxima permitida en vias rapidas, la fecha es anterior aque compre el auto, cuanto es la maxima en vias rapidas (Gral. Paz km51) y cuanto me sale la multa?

  • Marta

    Hola! Una consultilla:
    El otro día me pusieron una multa por exceso de velocidad. No hubo radar que determinase la velocidad, me paró la policía. La vía era de 50 km/h, y la multa fue de 200 euros. Literalmente dice «Circular sin adecuar suficientemente la velocidad a las características de la vía» y se equivoca en el color de mi coche. ¿Tengo alguna posibilidad que recurriendo me la quiten? ¿Es justa la sanción de 200 euros si no saben a qué velocidad exacta iba?
    Muchas gracias!

    • Hola Marta.

      La verdad es que sin radar, determinar la velocidad a ojo poco aproximado. Si encima se equivocaron en el color del coche, quizás sí que te prospere el recurso.

      Aunque tampoco te lo podemos confirmar exactamente, porque con el tema de las multas, la verdad es que hay muchas cosas poco claras..

      Si quieres asegurarte mejor, puedes consultar con alguna de las empresas especializadas en recurrir sanciones.

      Esperamos que tengas suerte, porque no nos parece una multa muy correcta.

      Ya nos contarás.

    • Juan

      Para Marta.

      Lo del color del coche se llama «defecto de forma» y creo que es razonable que no prospere al no coindidir el color de tu coche con lo que pone en la sancion. Consultalo pero creo que tienes todas las papeletas para que te quiten la multa. Es como si hubieran apuntado mal un numero o una letra de la matricula.

      Saludos.

  • daniel

    Me han quitado todos los puntos,los últimos me los quitaron en Agosto y aún no tengo notificación de la retirada del carnet. Mi pregunta es,desde cuando surte efecto el no poder conducir, y el caso de que me paren que tendría que alegar.

  • DANIEL

    Observo que con la nueva ley de Seguridad Vial, te pueden poner una multa por el mero hecho de pasarte 1 km/h del límite. Pero, entonces, ¿en qué punto se tiene en cuenta que la exactitud de los velocímetros tiene un margen de error de +/- 5%? Eso sin tener en cuenta que, la velocidad final varía, también, en función de que las ruedas sean nuevas o no o estén más o menos hinchadas… Por otro lado, la fiabilidad de los radares se está «afirmando», que es precisa al 100%
    ¡ME LO EXPLIQUEN…!

    • La ley establece los límites, pero otra cosa es cómo lo aplican.

      Los radares suele saltar dando un margen del 10%. Es decir en una carretera donde se puede circular a 100Km/h, los radares saltan a los 110Km/h.

      Salu2.

  • Miguel

    Agradecería información sobre si la dgt puede cambiar el importe y los puntos de una multa que ponga un ayuntamiento, este notifica que por exceso de velocidad 82 hay que pagar 300 euros y 2 puntos.

    • Buenos días Miguel.

      En el cuadro superior puedes ver la sanción que corresponde por exceso de velocidad en cada caso.

      En el caso de que no cuadrara con lo que te han notificado o consideraras que no está correcto, podrías recurrir la sanción tal cual se indica en la misma, pero perderías el descuento por «pronto-pago».

      Salu2!

  • Pepe

    Hola, me gustaria saber si al sobrapasar en 36 km/h la velocidad maxima establecida podria tener además de la pérdida de puntos (especificada en la tabla) y la correspondiente sanción economica; retirada temporal del carnet.

    Gracias

  • Pepe

    Muchas gracias por resolver mi duda. Saludos

  • Irene

    Hola, hoy he recibido una multa: en una via de 70 km/h el radar detectó 103 km/h, por lo tanto tengo que pagar 300 € y me quitan dos puntos.
    Teniendo en cuenta que yendo a 100 km/h la multa «solo» seria de 100 €, seria posible recurrir alegando que el radar tiene un margen de error de -/+5 km/h y que por lo tanto, no es seguro que fuera a 103 km/h ?
    Gracias!

    • Podrías intentar recurrir, y solicitar los datos del cinemómetro así como sus fechas de revisión a ver si lo tiene todo en regla, pero ten en cuenta que perderías el descuento del 50% por pronto-pago..

      Tendrás que decidir si merece la pena.

      Lee bien la letra pequeña de la sanción para ver si indica algo al respecto del margen de error del radar.

      Salu2!

  • jeanpierre

    Hola, hoy he recibido una notificacion par identificar al conductor de una infraccion de velocidad: en una via de 50 km/h el radar detecto 85 km/h. Me puede confirmar si despues de confirmar la identidad del conductor me llegara otra notificacion de la multa, que ya indicara el importe a pagar y si es a partir de la fecha de esta cuando tendre 20 dias con derecho a un 50% de descuento, o si ya no se me aplicara el descuento porque en la notificacion para identificar al conductor pone que la infraccion se cometio el 12/12/2010???
    Gracias.

    • Buenas!

      Si no eres tú el conductor que ha cometido la infracción, debes identificarle con sus datos de la forma que te indican en la sanción.

      De esta forma le remitirán la sanción a esa persona y tendrá derecho a recurrir si no está de acuerdo o podrá abonarla beneficiándose del descuento por el pronto-pago. Si todo es correcto y das los datos bien, a ti ya no te notificarán nada más.

      Si realmente has sido tú el infractor, si la pagas dentro del plazo máximo indicado para ello te beneficiarás de ese descuento por pronto-pago.

      Si has sido tú el infractor, pero no quisieras que te quiten los puntos a ti, podrás acordar notificar los datos de otro conductor (familiar o conocido) que no conduzca a menudo y que te haga el favor de darte esos puntos.. Eso sí, págale tú al menos la sanción económica con el descuento.

      Salu2!

    • jeanpierre

      Sigo con la duda porque ya me he identificado con el infractor, pero es que en esta notificacion no venia el importe de la multa, ni los puntos que se me quitaria. Por eso mi pregunta es que tengo que esperar que me llegue otra notificacion con esta informacion, o se suponen que tengo que llamar ya al 060 para pagar una multa de la que no se ni el importe. He llamado al 060 y me han dicho que esperara a una segunda notificacion donde alli si vendria los datos del importe de la multa, y que seria a partir de entonces que descontarian los 20 dias para tener derecho al descuento del pronto-pago. Me puedes confirmar que asi es. No quisiera que pasaran los 20 dias por estar esperando que me llegue por correo la segunda notificacion, y perder este descuento. Muchas gracias por tu paciencia.

    • En teoría así debe ser.

      De todas formas, léete siempre bien detenidamente la letra pequeña de todas las notificaciones que recibas.

      En esta «letra pequeña» debe estar indicada los plazos para pagar la sanción económica para poder acogerte al descuento por pronto-pago. Hasta que fecha tienes para beneficiarte de dicha reducción y demás.

      Si en la primera notificación no te indicaban nada de esto, en la que recibas posteriormente vendrá reflejado, junto con las diferentes formas de pago que tienes para abonarlo.

      Ante cualquier duda, intenta llamar a la Jefatura Provincial de Tráfico y pide que te pasen con el despartamento se multas y sanciones para que te lo aclaren y puedas contrastar así con la información que ya te han dado.

      La primera notificación por tanto sería más que nada para que notifique los datos del conductor en el caso de que no hubieras sido tú.

      Salu2!

Leave a Reply to Luis Peláez

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>