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11 de agosto de 2010

Huelga de controladores, derechos del consumidor

Las últimas noticias apuntan que los controladores van a renunciar a hacer huelga durante el mes de Agosto debido a la presión del sector turístico. Sin embargo no se descarga que lo haya en los meses sucesivos si no se alanza un acuerdo.

Ante esta incertidumbre, mucha gente ha tomado la decisión de no depender de un vuelo para sus vacaciones, pero en caso de que te pille la huelga, te recordamos lo que tienes que hacer ante esta situación.

¿Qué hacer en caso de cancelación del vuelo?

Reclamación ante la línea aérea:

    Las líneas aéreas no están obligadas a pagar una indemnización si el motivo de la cancelación del vuelo se debe a una circunstancia extraordinaria como es el caso de una huelga de controladores.

    Sin embargo, sí que tienen que rembolsar el precio del billete o la reubicación en un vuelo posterior al cancelado, además de los gastos de manutención o alojamiento en este último caso.

Reclamación ante AESA

    La normativa comunitaria permite la reclamación ante el Estado la compensación y la asistencia en caso de cancelación o gran retraso del vuelo.

    En el caso de España, se ha de reclamar ante AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).

    Se ha de rellenar uno de los siguientes formularios y enviarlo al Ministerio de Fomento. Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Despacho A-259. Paseo de la Castellana, 67. 28071 Madrid:

    – Denegación de embarque
    – Cancelación de vuelo
    – Retraso de vuelo

    No conseguirá que AESA obligue a la compañía a indemnizarle (Sólo puede sancionar a la compañía), pero sí favorece para alcanzar un acuerdo favorable para el consumidor.

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