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26 de agosto de 2010

Indemnización por pérdida, retraso de equipaje o daños en maleta en un vuelo

Son momentos de estrés, cuando se comprueba que el resto de los pasajeros del vuelo están recogiendo sus correspondientes maletas, mientras que el vuestro no sale o está deteriorado o con signos de haber sido abierto y evidencias de que alguien ha hurgado sus pertenencias.

Lejos de ponerse excitado, hay que recordar alguno de los consejos y derechos que tiene como consumidor y amparado por la ley relativa a la pérdida o deterioro del equipaje que a continuación vamos a exponer

¿Qué hay que saber de los límites de equipaje?

La mayoría de las compañías, salvo algunas de bajo coste incluyen el derecho a llevar equipaje tanto en los vuelos nacionales como internacionales. Sin embargo, es recomendable informarse bien en las condiciones generales del límite de kilogramos por equipaje que se permite facturar. En caso de excederse en el peso establecido y si las condiciones del avión lo permiten, se podría facturar pero habría que abonar una cantidad establecido por cada kg excedido.

¿Qué Ley regula las incidencias en pérdida, retraso o daños en el equipaje?

En los casos de incidencias con el equipaje, ya sea su pérdida, retraso en llegada o daños, según establece el Convenio de Montreal la compañía aérea es la única responsable del daño causado y establece un límite máximo en la responsabilidad de 1.131 Derechos Especiales de Giro (DEG) por pasajero, salvo que se efectúe una declaración especial de valor.

¿Qué es el DEG?

El derecho especial de giro (DEG) es una unidad definida por el Fondo Monetario Internacional, cuyo valor es la suma de los valores de varias monedas: Dólar USA, Euro, Yen japonés y Libra esterlina.

Por ejemplo a fecha de Julio del 2008, 1 DEG = 1,030€ aprox.

La información actualizada del valor de los Derechos Especiales de Giro (DEG) se puede consultar en la página del Banco de España o en la página del Fondo Monetario Internacional donde encontrará su equivalencia en dólares USA.

¿Cómo se reclamación por pérdida, retraso o daños en el equipaje?

Cualquier incidencia con su equipaje, ya sea pérdida, daño o retraso deberá comunicarlo inmediatamente antes de abandonar el aeropuerto en el mostrador de su compañía aérea correspondiente o si ésta no estuviera presente a agente o representante en el mismo.

De estar forma emitirán un parte de irregularidad de equipaje (PIR) del cual le deberán entregar una copia que debe guardar.

Por otro lado deberá presentar una reclamación por escrito adjuntando copia del PIR, aludiendo a los plazos establecidos en el Convenio de Montreal:

  • Daños en el equipaje: tiene 7 días desde la recepción del equipaje.
  • Retraso del equipaje: hasta 21 días desde la fecha en que debería haber recibido el equipaje.
  • Pérdida del equipaje: se recomienda realizar la reclamación lo antes posible, una vez transcurridos los 21 días durante los cuales se podría considerar que la maleta ha sido retrasada, o una vez que la compañía aérea le haya confirmado que su equipaje está perdido.

¿Y si el vuelo conllevara conexión con más de una compañía aérea?

En ese caso es posible que pueda facturar su equipaje desde la salida hasta el destino final. Si se tramitara de esta forma y ocurriera alguna incidencia con su equipaje podría reclamar contra cualquiera de las compañías que han trasladado el equipaje involucradas en el trayecto.

¿Qué es la Declaración especial de valor de equipaje?

Existe la posibilidad de acogerse a un límite de responsabilidad más elevado que el DEG realizando la declaración especial de valor de su equipaje, como muy tarde en el momento de facturar. Habrá de abonar para ello una tarifa suplementaria.

Sólo lo podrá realizar presentándose en facturación con el suficiente tiempo de antelación para que el personal de la compañía aérea efectúe las comprobaciones necesarias.


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3 comments to Indemnización por pérdida, retraso de equipaje o daños en maleta en un vuelo

  • wilma vasquez cabero

    he dado parte de una irregularidad de equipaje de 2 maletas de las cuales he recuperado 1 a los dos dias cerraron la busqueda de la otra maleta al darme por enterada de este informe volvi a hablar con la compania para pedirles que me reabran la busqueda a día de de hoy sigue cerrada,he estado constantemente llamandolos pero no hay manera de que me den una solución fecha de la irregularidad 13/09/2011

  • JOSEFA SANCHEZ

    El dia 25 de Octubre 2011 en el vuelo de ” VUELING” Barcelona con destino a Pisa no llegó a pisa una de mis maletas.
    Reclamamos inmediatamente abrimos la oincidencia en el servicio de reclamación al cliente de Pisa.
    El dia 30 : Primera reclamación en Barcelona.
    En el dia 19 de Noviembre de 2011 y después de múltiples llamadas telefónicas e incluso pasando el dia 31 de Octubre medio día persiguiendo que averiguasen donde estaba la maleta y pasando la rreclamación de AENA a VUELING, A DÍA DE HOY NO HE RECUPERADO MI MALETA NI VUELING SE DIGNADO LLAMARME PARA DARME UNA SATISFACCIÓN.

  • Juan Jose

    El dia 12 de diciembre tomé un vuelo de IBERIA a Buenos Aires. Cuando llego a destino mi maleta no aparece, hago la reclamación y me dicen me vendría al día siguiente pero no llega… y no llega . Despues de innumerables llamadas, largas esperas y malas atenciones, me dirijo la aeropuerto de Bs As dos días después donde luego de 4 gritos, la maleta aparece totalmente violada con las cremalleras arrancadas, y con tajos por todos lados. La ropa toda revuelta y obviamente me habian robado. Eso, sin contar que la ropa recuperada la encuentro pisoteada por zapatos de seguridad. IBERIA nunca me llamó para decirme absolutamente nada.

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