Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
14 de octubre de 2010

Los pisos deben bajar un 17% para compensar el fin de la deducción si espera a 2011

A partir del 2011, las inversiones realizadas en vivienda habitual por personas que ganen más de 24.000€ ya no podrán deducirse, de hecho, los que ganen más de 17.700€ tampoco lo podrán hacer en su totalidad.

Por lo tanto queda menos de 3 meses para tomar una decisión: comprar ahora o esperar, una decisión incluso más crucial para los 50.800 contribuyentes que tiene abierta una cuenta vivienda, de hecho ya hace meses dimos algunas pistas sobre si realizar la compra este año o esperar.

Uno de las razones que dijimos entonces era la limitación de las deducciones de vivienda habitual a las rentas más bajas a partir del 2011, por el contrario, la posible bajada del precio de las viviendas era una de las causas para seguir esperando.

Sin embargo, según un estudio realizado por HelpMyCash, concluye que para una persona que gane entre 24.000€ y 36.000€ anuales, las viviendas deberían bajar otro 17% para compensar la pérdida de las deducciones por la inversión en vivienda habitual.

Con estos datos, quizás sea interesante pensar realizar la compra antes de fin de año,  o al menos hacer un contrato de compra-venta y realizar el primer pago para conservar las deducciones sin limitaciones, aunque la vivienda no se escriture hasta dentro de 4 años después.

Y en este sentido parece que están actuando los compradores, ya que según ha informado el Instituto Nacional de Estadística, la venta de casas ha vuelto a subir en agosto por octavo mes consecutivo y, además, a su mayor ritmo desde el estallido de la burbuja inmobiliaria, con un aumento del 30% frente al mismo mes de 2009.

Artículos relacionados:

12 comments to Los pisos deben bajar un 17% para compensar el fin de la deducción si espera a 2011

  • parkata

    Hola, hay algo que no entiendo:

    Según esta web: impuestosrenta.com

    «De forma resumida, la base imponible es el salario bruto más los rendimientos dinerarios (el rendimiento de depósitos y otros productos, por ejemplo) menos las deducciones del trabajo y otras deducciones que se pueden practicar en la declaración de la renta como las cuotas sindicales, las de colegios profesionales e incluso los pleitos laborales. También se tiene en cuenta la situación personal, número de hijos a cargo, mayores con los que se vive….

    Así, un salario puede ‘adelgazar’ miles de euros y entrar dentro de los 24.000 euros de límite para deducir por vivienda. De esta forma, una persona con un salario de 30.000 euros podría dejar su base imponible en 25.400 euros aplcando varias deducciones a su cuota.»

    Dicho lo cual y teniendo en cuando que en este artículo se tienen en cuenta los ingresos brutos anuales. ¿Cual es el cálculo correcto?.

    Saludos y enhorabuena por la página, me parece fabulosa y soy un lector habitual.

    • Efectivamente, a partir del 2011 se tendrá en cuenta la [b]base imponible[/b] para determinar si una persona tiene o no tiene derecho a las deducciones de la vivienda habitual.

      La base imponible se puede adelgazar como bien dices mediante las llamadas reducciones, que básicamente son:

      – Cuotas de seguridad social.
      – Reducciones de los rendimientos de trabajo: 2.650€ para la mayoría de lso casos.
      – Los gastos derivados para conseguir intereses, dividendos y plusvalías de los rendimientos de capital.
      – Los gastos derivados de una transmisión de patrimonio para conseguir una pllusvalía.
      – Los gastos derivados para conseguir unas rentas del alquiler.

      Salu2.

  • parkata

    Se traduce entonces que el cálculo del cuadro no se corresponde a la forma en que ha de aplicarse la deducción, me equivoco??.

    Saludos.

  • parkata

    Duda resuelta, si te digo la verdad mucho de lo aprendido de este tema se lo debo a esta página.

    Muchas gracias por resolver mi duda.

  • antonio

    la pregunta es la siguiente:
    somos una comunidad de vecinos, 2 pisos y un atico, encima del atico hay una cubierta que es comunitaria, le podemos dar el usofructo a dicho atico (a cambio de hacer las reparaciones y mantenimiento de dicha cubierta) y si el propietario despues lo vende, pasa el usofructo directamente al otro comprador

  • sagitario

    Hola,
    tengo una vivienda con mi pareja de la cual somos los 2 titulares. la cuestión es que yo he invertido mucho mas dinero que mi pareja en la adquisición de la vivienda;en caso de ruptura y posterior venta del piso ¿habria alguna manera legal de que se quedara cada uno el porcentaje de lo que invirtió?(teniendo en cuenta por supuesto, que cada uno pueda demostrar lo que pagó en su momento)
    Muchas gracias.

    • No, salvo que hayáis escriturado la vivienda en el porcentaje adecuado.

      Como mucho, haz un contrato privado entre los 2 detallando ese «pretamo» de dinero que en caso de ruptura, tu pareja te tenga que pagar.

      Salu2.

  • pedro

    Buenos dias. Ante todo, gracias por su amabilidad en este espacio de informacion. Mi pregunta es la siguiente: Si yo adquiri una vivienda por 180000 euros y ahora por la crisis la vendo por 150000 euros ¿cual es la cantidad que debo reinvertir en otra para para temas de Hacienda? 180000-150000=30000. ¿30.000?
    Saludos.

  • Loree

    We can provide a kit that can aattch to any door type that the client wants? to use. We can also provide doors of any material: glass, wood, stainless, etc.

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>