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26 de octubre de 2010

Excedencia laboral, la forma para suspender un contrato de trabajo

La excedencia laboral es un derecho que tienen todos los trabajadores, que consiste en un periodo de tiempo en el que se puede dejar de trabajar en la empresa.

Se suele solicitar para diferentes fines:

  • Los casos más comunes son aquellos que se decantan por cogerse un año sabático y descansar, viajar, etc.
  • Para reciclarse profesionalmente mediante estudios en el extranjero o máster relacionado con su profesión.
  • Probar a trabajar en otro sitio, ir a vivir a otro lugar.
  • Dedicar al cuidado de los niños o para el cuidado de familiares con enfermedad o discapacidad principalmente.

¿Qué tipos de excedencia hay?

Hay tres tipos :

  • Excedencia voluntaria
  • Excedencia forzosa
  • Excedencia pactada con el empresario

¿Cuándo se puede solicitar la excedencia voluntaria?

La excedencia voluntaria, se puede solicitar alegando diferentes motivos, en función de los cuáles se definirá la duración máxima a la que se tendría derecho.

  • El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene derecho a que se le reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor a 4 meses y no mayor a 5 años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
  • Asimismo, los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a 3 años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
  • También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a 2 años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
    Este último tipo de excedencia, podrá disfrutarse de forma fraccionada.
    No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa solicitasen excedencia por este mismo motivo, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

¿Cuándo se tiene que solicitar la excedencia forzosa?

Se concederá por la designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo y dará derecho también a la conservación del puesto y al cómputo de la antigüedad de su vigencia,. El reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en el cargo público.

¿Se computa el periodo de excedencia a efectos de antigüedad en el trabajo?

Sí. El período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad. Además el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación.

¿Se reserva el puesto de trabajo al coger la excedencia?

Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.

¿Los trabajadores sindicales tienen derecho a excedencia también?

Los trabajadores que ejerzan funciones sindicales de ámbito provincial o superior mientras dure el ejercicio de su cargo representativo podrán solicitar su paso a la situación de excedencia en la empresa.

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143 comments to Excedencia laboral, la forma para suspender un contrato de trabajo

  • gonzalez

    es obligatorio que la empresa te conceda la excedencia

  • Albert

    Buenas,

    Quiero hacer un master en el Extrangero y llevo 2 anyos fijo

    En mi empresa. Puedo pedir una excedencia de 1 anyo ??

    No me pueden despedir o negarmela? O si me la dan, Luego me incorporo en el Mismo puesto d trabajo como si no Hubiera pasado nada?

    Saludos

  • patxi

    He pedido una excedencia por dos años y quiero incorporarme antes es posible?

  • rosa ,martínez t.

    cual es el procedimiento administrativo a seguir para pedir la exedencia si existe alguno,o solo se simplifica en arreeglar con la empresa.del mismo. gracias

  • MONICA

    Hola, quiero pedir una excedencia de un año por tema de estudios. Mi duda es si al volver pueden cambiarme el horario de trabajo pues en mi contrato no especifica nada.
    Gracias.

    Mónica.

    • Hola.

      En el contrato no suelen venir las condiciones tan detalladas. Tendrías que revisar loq ue figura al respecto en tu Convenio laboral, y en el caso de que ahí no figurara nada, revisar lo indicado en el Estatuto de los Trabajadores.

      Salu2!

  • manuel

    si pido una exedencia de seis meses pierdo la antiguedad en la enpresa cuando me reincolpore (GRASIAS )

  • Ana Pérez

    Tengo 9 años de antiguedad, y querría una excedencia de un año para descansar. ¿Tendría problemas? y ¿cuando dejas el trabajo con la excedencia aprobada te tienen que dar finiquieto (es decir, lo que me correspondería por pagas extras y vacaciones)?

    • Lo único que puede perder su puesto, pero no el trabajo.

      Cuando te vayas de excedencia te tienen que pagar las pagas extras prorrateadas, pero no estoy seguro si es el momento de irte de excedencia o cuando lo pagan habitualmente.

      Salu2.

  • YAMILKA GONZALEZ

    Hola soy en fermera,tengo 5 años de antiguedad en el hospital,estoy de baja por una deprecion provocada por un todos los problemas que tengo en el hospital el cual estoy en tramites de abogado .
    Mi pregunta es cuando termine todo estos tramites de abogado,que tenga el alta medica y me incorpore a trabajar si me puedo pedir una excedencia de 2 años,si mantendria el turno de noche ,si me puede poner algun inpediemnto la enpresa y por hurtimo si tengo algun pago .
    gracias

  • Francisco Javier

    Mi pregunta es la siguiente;estando en una empresa en concurso de acreedores a habiendo presentado un ere extintivo de toda la plantilla y esperando a que la jueza dictamine sentencia (que no se sabe cuando),¿Puedo pedir una excedencia para cuidar a un familiar? o ¿para trabajar en otro sitio sin perder el poder reclamar el fogasa?

  • Ismael Tutor

    Hola, tengo una antigüedad de 19 años en la empresa y mi centro de trabajo desaparece, pero la empresa no me quiere despedir y me reubicará en otro puesto pero no se en cual.
    Al mismo tiempo, tengo otra oferta de trabajo en otra empresa La pregunta es: si cogiera una excedencia en mi empresa actual, ¿ podría empezar a trabajar en la otra empresa normalmente ?, si la primera empresa cerrase estando yo de excedencia ¿ tendría derecho a algún tipo de indemnización ? Gracias

    • En tu caso te recomiendo que rechaces el cambio de puesto de trabajo, y la empresa te tiene que indemnizar con 20 días por año trabajado.

      Después puedes irte a trabajar a la empresa que quieras, y evitas los problemas de posible cierre de la empresa.

      De cualquier forma, te recomiendo que acudas a CCOO para que te ayuden en tu caso, ellos están más acostumbrados a estas situaciones y seguro que te aconsejarán bien.

      Salu2.

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