Desde enero de 2011 se ha introducido cambios en las deducciones de la vivienda habitual, que afectan también a las deducciones de la cuenta vivienda.
En este artículo vamos a resolver las preguntas frecuentes relativas a los cambios introducidos en el 2011 que afecta a las cuentas vivienda.
¿Que cambios ha habido?
- El máximo deducible es de 9.040€ anuales.
- Sólo se podrá deducir esta cantidad las personas que tengan rentas inferiores a 17.707€
- Las rentas entre 17.707€ y 24.107€, el máximo deducible será: 9.040 – (Rentas Anuales – 17.707)* 1,4125.
- Las rentas superiores a 24.107€ no tendrá derecho a deducción alguna.
¿Qué pasa con las cuentas vivienda abiertos en años anteriores?
Seguirán teniendo el plano inicial de 4 años para invertir en una vivienda habitual, pero si se tiene rentas superiores a 24.107€ anuales, ya no podrán deducirse en los años que les quedan de plazo.
¿Sigue existiendo la prórroga de los 2 años para invertir?
No. La prórroga que el gobierno dieron en 2008 y debido a la crisis afectaban exclusivamente a las cuentas vivienda que tenía la fecha de vencimiento entre 2008 y 2010, a los cuales se les concedieron una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2010 para realizar la inversión.
Todos los que no hicieron la inversión en dicho plazo tendrán que devolver lo deducido más los intereses de demora, que son de aproximadamente un 5% anual por todo el tiempo que haya tenido el dinero de las deducciones.
He decidido no comprar, ¿cómo devuelvo el dinero?
Si finalmente no se adquiere la vivienda, para la Agencia Tributaria, se produce una pérdida del derecho a una deducción practicada en años anteriores y así se ha de dejar reflejado en la próxima declaración de la renta.
Las casillas que se ha de rellenar a tal efecto son los 722 y siguientes, donde te permite introducir lo deducido cada año y el programa “PADRE” calcula automáticamente los intereses de demora.
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hola,abrí una cuenta vivenda a finales de diciembre de 2008, por lo que voy a tener que devolver.He estado utilizadno como cuenta vivienda diversos depósitos y cuentas de distintos bancos,,,que tengo que hacer para devolver el dinero lo antes posible para pagar los menos intereses? por favor, si me lo podeis especificar lo más concretamente posible, os lo agradecería,,,gracias
Haz una declaración complementaria de los últimos años.
Salu2.
Hola, en junio del 2008 empecé hacer aportaciones en una cooperativa, entre licencia y otros problemas ha habído retraso en la construcción de los pisos. El caso que este año firmó hipoteca, consuerte antes del verano. Me he estado desgravando todos los años el máximo, pero que pasaría ahora?.La cooperativa nos ha dado un certificado con todos los problemas que hubo para pedir una prórroga.
Tenías de plazo hasta junio de 2012 para escriturar… tendrías que haber solicitado una prórroga.
Me temo que es posible que os toque devolver todo lo deducido.
De todas formas, acude a una asesoría fiscal… a ver qué os dicen.
Salu2.