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25 de enero de 2011

Impuesto Circulación vehículos IVTM: ya no es obligatorio en Tráfico

Desde el 1 de enero de 2011, ya no es obligatorio presentar el recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en Tráfico para realizar ningún trámite de compra, venta, transferencia o baja de ningún vehículo.

Así ya no tendremos que tener que buscarlo, o el inconveniente de que lo tenga el anterior propietario que nos vendió el coche, o la molestia de tener que solicitarlo de nuevo al Ayuntamiento.

Todos aquellos que hayan abonado el recibo del Impuesto de Circulación (IVTM – Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica), ya no tendrán la obligación tener que presentarlo en la Jefatura de Tráfico cuando vayan a realizar algún trámite relacionado con su vehículo

Esta nueva normativa se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en julio de 2010, fijándose así su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2011.

Y si no pagara el Impuesto de Circulación, ¿podré realizar los trámites igualmente?

No. En el caso de que en la base de datos figure que el Impuesto de Circulación del vehículo no ha sido abonado por su titular, le requerirán la presentación del recibo que justifique el pago del mismo.

¿Cómo controlarán quién ha pagado dicho Impuesto y quién no?

Para llevar a cabo esta medida, los ayuntamientos, al finalizar el periodo de recaudación del Impuesto de Circulación remitirán informáticamente cada año al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el listado de contribuyentes que no hayan abonado dicho impuesto, y se les exigirá únicamente a ellos la presentación del recibo justificante del pago cuando realicen trámites antes las jefaturas de Tráfico.

El antes y el después de la entrada en vigor de esta medida

Antes de la entrada en vigor de esta resolución, en las Jefaturas de Tráfico no se podía tramitar el cambio de titularidad de un vehículo o transferencia del mismo en el caso de una compra o venta, mientras el titular del mismo no acreditara el pago del Impuesto Municipal de Circulación correspondiente al periodo impositivo del año anterior al que se realizaba el trámite.

¿Por qué se ha llevado a cabo esta modificación?

El Ministerio del Interior asegura que esta nueva normativa supondrá un ahorro de 3 millones de fotocopias al año, ya que se presentaba el recibo en los 3 millones de cambios de titularidad que de media hay anualmente.

Se producirá también así ahorro de las jornadas correspondientes a los cerca 100 funcionarios de la Administración Central y Local, actualmente encargados de fiscalizar el cumplimiento del impuesto, y el ahorro aproximado de 22 millones de euros de los ciudadanos en jornadas laborales y costes de desplazamiento que suponía esa falta de interconexión entre las jefaturas y los ayuntamientos.

¿Qué opinas de esta modificación?    ¿Crees que realmente generará tanto ahorro?

Envíanos tu opinión al respecto y otras posibles mejoras que tú propondrías en el apartado de Comentarios al final de la página.

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148 comments to Impuesto Circulación vehículos IVTM: ya no es obligatorio en Tráfico

  • cris

    Hola! Quiero comprar un coche del que se deben 4 años de impuesto de circulación. Se deben todos los años menos el 2011. Sí paga el último año podré comprarlo? La suma total con sus recargos vale casi lo mismo que me cuesta el vehículo y sí no no le compensa. Tengo alguna otra opción?

    • HOla.

      No podrás poner ese coche a tu nombre si figura algún impuesto de circulación como impagado en Tráfico.

      Esta medida entró en vigor en el 2011, así que si el de ese año está pagado, y pagais el del 2012, loa anteriores no constarán en Tráfico (estén o no pagados) y con esos dos abonados será suficiente para transferir.

      Salu2

  • Carlos

    Buenas tardes, tengo una duda a ver si me la podéis aclaráis vosotros.

    En Julio de 2012 compré un vehículo, en la DGT no constaba ningún tipo de embargo. Pues bien, al ir a la agencia tributaria al pedir información después de haberlo comprado me dicen que se debe el impuesto de 2011 y 2012 con los respectivos recargos. Un amigo de tráfico me ha dicho que ha día de hoy a tráfico no le consta embargo.
    Quien es el responsable del pago de ese impago, yo o el anterior titular?
    Como es que la agencia tributaria no comunicó a la DGT los impagos desde 2011?
    ¿En el caso de que la Agencia Tributaria me quiera cobrar, puedo reclamar? ¿Me pueden pedir que pague el impuesto de circulación del año 2011, si yo el vehículo lo compré a mediados del 2012?
    Un saludo y gracias.

    • Buenas tardes.

      Esos impuesto municipales de circulación corresponde abonarlos a titular del vehículo a fecha 1 de Enero de esos años, que era el anterior titular.

      Lo que se está haciendo en Tráfico es no transferir ningún vehículo que tenga pendiente de pago alguno de los impuestos en la base de datos de Tráfico.

      Creemos que por error de Tráfico, te lo han transferido a tu nombre sin que estén esos impuestos pagados.

      Así que en caso de que te lo quieran cobrar, podrías perfectamente reclamar.

      Salu2!

  • Carlos

    Buenas tardes, soy yo otra vez.

    Antes de nada muchísimas gracias por vuestra celeridad al contestar.
    No me expresé bien, la DGT no me reclama nada, ni tampoco la Agencia Tributaria, pero si bien, se de buena tinta que a la Agencia Tributaria le constan los impagos de esos años, pero nadie dice nada. Yo por el momento, el que si pagaré será el del año 2013, que vendrá a mi nombre. Pero entiendo que si al querer vender yo el vehículo, o bien, darlo de baja definitiva me pueden pedir esas cantidades. Cosa que encontraría injusta.

    Muchas gracias de nuevo.

    Atentamente; Carlos.

    • Para eso estamos 😉

      TRanquilo, que mientras no quieras vender el coche, no creemos que te lo reclamen ya que no están a tu nombre.

      Lo mejor es que acudas a Tráfico y solicites el Historial de ese coche. Te lo dan por unos 8€ con sólo decir la matrícula.

      Ahí figurará si tiene algún impuesto pendiente o alguna otra limitación para transferir. Si figurara algo, no lo podrías vender mientras no se abone (te tocaría a ti si tu vendedor se negara.. es injusto pero no hay remedio.. Así están las cosas)

      Salu2

  • paco

    Hola,
    Voy a comprar un I30 seminuevo en Hyundai. En la pagina Web aparecia como de Nov2008, pero en el concesionario me indican que es de Feb2009. La pregunta es ¿ en ambos casos estan obligados a vendermelo con la ITV pasada?
    Muchas gracias.

    • Hola.

      Lo normal es que te lo vendan con la ITV pasada. De hecho es algo que a ellos no les cuesta nada (son unos 60€ que no van a ningún lado cuando se trata de la venta de un coche).

      Si no te lo dan con la ITV pasada, no podrás circular con él o te expones a una multa de 200€.

      Así que obligados no están, pero quedarían muy mal como peseteros si te lo entregan así la verdad….

      Salu2

  • jose maria sanchez

    quisiera saber si el embargo que me ha venido del ayuntamiento por el importe de 92.19 es el del impuesto de la circulacion de mi vehiculo y yo los tengo todos pagados gracias y un saludo

    • En el embargo debería indicarte de qué es esa deuda pendiente. Sino figura tendrás que consultarlo.

      Si dispones de los recibos de impuesto de circulación pagados, podrías recurrir.

      Salu2

  • Juan A. González

    Quisiera saber que derechos me da el pago de impuesto municipal, fuera de mi municipio.
    Gracias anticipadas.
    Juan A. González

    • La única ventaja es pagarlo en otro municipio en el que te cobren menos que en el actual.

      Si lo quieres pagar en otro municipio tendrás que acudir a Tráfico a solicitar nuevo Permiso de Circulación con la dirección actualizada del municipio donde quieras pagar (tendrá que figurar en tu DNI o en el Certificado de empadronamiento)

      Salu2

  • esther

    Hola
    Quisiera me resolvieran una duda. No se si es una ventaja o un marron.
    Compre un vehiculo en un concesionario que transfirieron a Trafico. Tras un tiempo sin recibir el impuesto de circulacion, veo que el problema reside en que en Trafico y en los papeles del vehiculo me aparece una ciudad, con otra provincia. El vehiculo no consta en ningun Ayuntamiento.Asi que nunca me llegan cartas, ni estoy al corriente del pago del impuesto de circulacion desde hace 4 años. Me gustaria saber,que hago. lo dejo asi? Hacienda tiene algo que ver? No se si esto es una ventaja o me puede acarrear problemas. Se que las multas, al no poder notificarseme, acabaria pagandolas por Hacienda.
    Pero que pasa con el impuesto de circulacion, que no consta en ningun Ayuntamiento?

    No penseis que soy morosa.Tengo dos motos y esas si estan al dia.

    • Hola.

      El impuesto de circulación corresponde abonarlo en el Ayuntamiento que figure en el Permiso de Circulación de tu coche (Que será el que figure en la base de datos de Tráfico)

      Tiene que figurar uno sí o sí. Como comentas, «en los papeles del vehículo me aparece una ciudad». Ahí tendrías que abonarlo. Si los recibos no te están llegando porque esa no fuera tu dirección, es posible que al final te lo acaben cobrando vía apremio a través de la Agencia Tributaria.

      Eso sí, sólo te podrían reclamar los 4 últimos años sin pagar. Los anteriores habrían prescrito…

      – Sobre las multas, si no figura la dirección correcta, perderás la posibilidad de pagarlas con la reducción del 50%, ya que no podrán notificarte..

      Tu decides si actualizar y rectificar los datos del Permiso de Circulación o mantenerlo así teniendo eso en cuenta.

      Salu2!

  • Maria

    Hola, hace unos años compre un coche en Tenerife ahora lo he matriculado en España y mi pregunta es : no recuerdo haber pagado ningun año el recibo permiso de circulacion y ahora no se donde tengo que ir a pagarlo y que pasa con los recibos retrasados y si tiene alguna penalizacion ,multa…
    gracias

  • esther

    hola.ante todo darte las gracias por contestar.En mi caso aparece un pueblo..que pertenece a una ciudad..y lo han puesto en otra. He llamado a ambos.ayuntamiemtos y no aparece mi.coche por ninguna parte. las motos si. Entonces,como me lo reclaman?. Es Trafico quien lo tiene mal y por tanto no consta en ningun Ayuntamiento.En este caso el.fallo no es mio. si Trafico lo tiene mal en su base de datos, ningun Ayto lo reclamara. O si?

    • De nada, para eso estamos 😉

      Entonces debido a ese error administrativo no te está llegando el recibo de ese impuesto.

      Aunque el fallo sea de Tráfico, te corresponde a ti avisar para que lo rectifiquen.

      Si no lo haces, aunque ahora no lo pagues es posible que más adelante se den cuenta del error en Tráfico y te reclamen el pago de los 4 últimos años juntos (los anteriores sin pagar habrían prescrito..)

      Salu2

  • Maria

    Muchas gracias ya lo solucione, tuve que llamar al ayuntamiento de Tenerife y me manda por email la carta de pago .

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