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7 de febrero de 2011

Pasaporte: trámites y documentación necesaria

Si tienes pensado irte de viaje al extranjero en cuanto llegue el buen tiempo, o te vas a casar en este año y te quieres ir de luna de miel a otro país, no dejes todo para última hora y vete solicitando el pasaporte.

Te indicamos el teléfono para pedir cita previa y la documentación necesaria para tramitarlo.

¿Dónde hay que solicitarlo?

En las Jefaturas Superiores y Comisarías de Policía solicitando cita previamente.

¿Cómo puedo solicitar cita?

Solicite cita previa llamado al teléfono 902.247.364 o, por internet

¿Qué plazo de validez tiene?

El pasaporte tendrá una validez improrrogable de:

  • 5 años, si el titular tiene menos de 30 en la fecha de su expedición;
  • 10 años, cuando haya cumplido esa edad
  • y para los menores de 5 años, la validez se limitará a 2 años.

Casos especiales:

  • Cuando se trate de un solicitante de pasaporte que, no estando inscrito como residente en el Registro de Matrícula Consular, se encuentre en el extranjero y carezca del pasaporte que se le hubiera expedido, bien por pérdida o sustracción, o por hallarse en país al que puede viajarse sin pasaporte, la validez del pasaporte que le expida la Representación Diplomática o Consular podrá limitarse a tres meses.

¿Qué se puede hacer en caso de pérdida o robo?

En los casos de pérdida o robo del pasaporte en vigor, se deberá presentar denuncia por estos hechos, para que le expidan un duplicado del mismo.

La validez del primer duplicado que se expida en su sustitución estará limitada a la fecha de vigencia que tuviera el extraviado o sustraído.
En los supuestos de posteriores extravíos o sustracciones la validez de los duplicados podrá limitarse a 3 meses.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar el pasaporte?

Para solicitar el pasaporte, deberá personarse en la oficina expedidora, previa solicitud de cita -en el teléfono 902.247.364 o, por internet, con la documentación necesario que indicamos a continuación.

Documentación necesaria para solicitar el pasaporte, para mayores de edad:

  • DNI del solicitante en vigor, para comprobar los datos de este documento con los indicados en la solicitud.
  • En el caso de residentes en el extranjero que soliciten el pasaporte en las Representaciones Diplomáticas o Consulares, servirá la presentación del pasaporte en vigor o pendiente de renovar o la certificación literal de nacimiento del Registro Civil o Consulado en que esté inscrito el nacimiento en vez del DNI.
  • Una fotografía reciente del rostro del solicitante tamaño carné, en color y con fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.
    • Esta fotografía no será necesaria si el DNI del solicitante tiene una antigüedad inferior a dos años y no existen cambios importantes en la fisonomía.

Para menores de edad:

  • Deberá constar el consentimiento expreso de quien ejerza la patria potestad o tutela con la indicación de que su ejercicio no se encuentra limitado para prestarlo, debiendo en caso contrario suplir su falta con autorización judicial.

Para los menores con 14 años o más:

  • DNI del solicitante para comprobar los datos de este documento con los indicados en la solicitud.
  • En el caso de residentes en el extranjero que soliciten el pasaporte en las Representaciones Diplomáticas o Consulares, servirá la presentación del pasaporte en vigor o pendiente de renovar o la certificación literal de nacimiento del Registro Civil o Consulado en que se halle inscrito el nacimiento en vez del DNI.
  • Una fotografía reciente del rostro del solicitante tamaño carné, en color y con fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.

Para los menores de 14 años:

  • Si tiene DNI, los mismos documentos que para los mayores de esta edad.
  • Si no dispone de DNI, deberá aportar certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil y el documento nacional de identidad de la persona que ejerza la patria potestad o tutela, salvo en el supuesto, en este último caso que la misma hubiere sido asumida por ministerio de la ley.

Cuando por la urgencia del viaje, el menor no pueda aportar la certificación literal de nacimiento, por demora en su expedición por parte del Registro Civil, se podrá expedir a dicho menor, un pasaporte tipo B, que limita su vigencia a 3 o 6 meses, siempre que, junto con el DNI de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela, presente el libro de familia o la resolución judicial o administrativa de atribución de la mencionada tutela, así como el justificante de haber solicitado la certificación literal de nacimiento.

Siendo extranjera la persona que ejerza la patria potestad deberá aportar además de la certificación literal de nacimiento del menor, el número de identificación de extranjeros o cualquier otro documento identificativo expedido por autoridad oficial.

NOTA IMPORTANTE:

El padre o tutor que acompañe al menor deberá llevar su DNI así como la partida literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial o administrativa que acredite que efectivamente es padre o tutor del menor o titular de la patria potestad.

Aparte de esto, todos los representantes legales (los dos padres si los hubiere, o todos los tutores si se hubiesen nombrado más de uno), juntos o por separado, han de autorizar la expedición del pasaporte del menor por alguna de estas dos formas:

  • Por comparencia directa y personal de cada uno de ellos en cualquier equipo de expedición de pasaportes, que remitirá la autorización al equipo que vaya a tramitar el pasaporte.
  • Mediante poder notarial formalizado ante notario español o realizado ante un Cónsul General español.
    No expedirán el pasaporte al menor mientras no se entreguen las correspondientes autorizaciones.

Deberá constar el consentimiento expreso de quienes tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad o tutela con la indicación, por su parte, de que su ejercicio no se encuentra limitado para prestarlo, debiendo en caso contrario suplir su falta con autorización judicial.

Para los menores de catorce años sin DNI es obligatoria la certificación literal de nacimiento, en los demás casos pueden optar por presentar cualquiera de los documentos citados.

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845 comments to Pasaporte: trámites y documentación necesaria

  • Roxana Coronel

    Hola yo soy paraguaya y tengo una de seis años que tiene la nacionalidad española vinimos hace tres años a paraguay sin volver a españa el dni de mi hija vencio el 18 de noviembre y el pasaporte tbn ya lo tiene caducado podre renovar su pasaporte? Es posible que pierda su nacionalidad española ella aun no esta reconovida en paraguay.

  • carmen torres

    es posible que sea mas rapido y eficaz el encontrar donde tienes que clicar para cojer cita para el paSAPORTE? HAY DEMASIADO MARKETING

  • luis

    Hola
    estimados
    quisiera saber a los cuantos días te dan tu pasaporte duplicado…en mi caso yo le había perdido mi pasaporte, pero ya hize todos los papeles la denuncia policial,etc es decir todos los requisitos..solo quiero saber a los cuantos días te darán el pasaporte…BENDICIONES

    • Buenos días.

      Generalmente te lo entregan al momento pidiendo cita con antelación y llevando la documentación necesaria que puedes ver en el artículo superior.

      De todas formas siempre puedes llamar a la comisaría que te lo ha gestionado y consultar el plazo de entrega en tu caso a ver qué te comentan.

      Salu2!

      Nota: (La información que facilitamos es para el caso de España)

  • Amar

    sabia que el que vive el extranjero debe traer certificado-
    de residencia para renovar el dni y para renovar-dni+pasaporte que seran 2certificados ?yo tengo pedido solo
    1 :salud,

  • Uriel

    Hola A todos.

    Las tasas del DNI y pasaporte donde se deben abonar ?

    Saludos

  • pere castillo espinsa

    En el caso de un padre divorciado, con la potestad compartida de los niños, puede realizar una autorización para tramitar el pasaporte de sus dos hijos, por parte de la madre de los mismos, mi ex.

    O es obligatoria la presencia personal para realizar los trámites.

    Muchas gracias

    • Antes bastaba autorización.

      Pero en este mes de Julio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado un real decreto que reforma el régimen de expedición del pasaporte en caso de los menores.

      Ahora es necesaria la presencia y autorización de los dos progenitores, si ambos tienen atribuída la patria potestad, para prevenir posibles problemas de sustracción de menores.

      Antes de la aprobación del citado real decreto, la expedición del pasaporte en menores se hacía efectiva con la autorización de uno de los progenitores.

      Salu2

  • MARIA FILGUEIRAS FERNANDEZ

    cual es el precio de obtencion pasaporte

  • Romina

    Hola mi pregunta es si la nueva ley tambien se aplica a la renovacion del pasaporte de los menores. Es decir, mi hija tiene pasaporte caducado y se lo debria renovar, es necesario que vaya su padre tambien o se es renovacion no se aplica el nuevo decreto?
    Gracias

    • Hola.

      Creemos que sí. Se aplicaría tanto a la expedición como a la renovación, pero si quieres puedes confirmarlo llamando antes a la Jefatura a la que tengais pensado acudir.

      La normativa indica que:

      «?Para los menores de edad: Deberá constar el consentimiento expreso de quienes tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad o tutela con la indicación, por su parte, de que su ejercicio no se encuentra limitado para prestarlo, debiendo en caso contrario suplir su falta con autorización judicial.

      Este consentimiento se prestará ante el órgano competente para la expedición del pasaporte. También podrá prestarse ante fedatario público, en cuyo caso, deberá acompañarse a la solicitud, copia auténtica del documento del que resulte el citado consentimiento.»

      El menor ha de ir siempre acompañado de las personas que ejerzan la patria potestad o la tutela. Estas personas han de acreditar tanto su identidad (con el DNI los españoles o con el número de identificación de extranjeros o tarjeta de residente o pasaporte los extranjeros) como la relación de parentesco o asignación de la tutela con la presentación de la partida literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial o administrativa que atribuya dicha condición o cualquier otro documento público que garantice la cualidad de tutor o titular de la patria potestad.

      Salu2

  • Monica

    Bueos días,
    Necesito renovar mi pasaporte que está caducado, pero no encuentro el pasaporte caducado por ningún sitio.
    Es necesario que ponga una denuncia por pérdida del pasaporte para poder renovarlo? O al estar ya caducado puedo prescindir de poner la denuncia?
    Muchas gracias

  • JUANA

    BUENOS DIAS. QUIERO VIAJAR A TURQUIA TENGO EL PASAPORTE CADUCADO PERO EL DNI VIGENTE, PUEDO SOLICITAR EL VISADO ON LINE CON EL NUMERO DE DNI? GRACIAS.

    • Buenas tardes.

      No te lo podemos confirmar. Inténtalo a ver qué sucede..

      De todas formas, te recomendamos renovar tu pasaporte para viajar al extranjero. Puedes intentar pedir cita a ver qué fecha te dan tal como indicamos en el artículo superior.

      Salu2

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