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10 de febrero de 2011

Desgravaciones fiscales por trabajar en el extranjero

Debido a la globalización, cada vez son más normales los desplazamientos temporales de trabajadores al extranjero. Si eres uno de ellos, tienes que saber que existen desgravaciones fiscales por trabajar durante cierto tiempo fuera del territorio nacional.

¿En qué consisten estas desgravaciones?

Las retribuciones que se devengan durante los días de estancia en el extranjero están exentas del IPRF.

Es decir, si un trabajador que gana 40.000€ anuales y pasa 3 meses al año en el extranjero, el 25% de su sueldo, es decir 10.000€ está libre de libre de impuestos, y es como si sus rentas fueran 30.000€ y tributar por esta cantidad en la declaración de la renta.

¿Existe un máximo de desgravación?

Sí, el límite máximo exento de IRPF por estancia en el extranjero es de 60.100 euros anuales.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Que los trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero.
  • El trabajador debe desplazarse físicamente fuera del territorio español para prestar sus servicios, debiendo efectuarse los trabajos para una empresa o entidad no residente en España, lo que requerirá demostrar que esta empresa extranjera es la beneficiaria última de dicho trabajo.
  • Que en el país donde el trabajador realice los trabajos exista un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al impuesto español (IRPF) y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal.

¿Incompatibilidades?

Es incompatible esta exención con el régimen de excesos de dietas excluidos de tributación.

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127 comments to Desgravaciones fiscales por trabajar en el extranjero

  • Jose Luis

    Mi pregunta es si existe desgravación por haber trabajado 3 meses en el extranjero en el 2014 con compañía española

  • javier

    he trabajado durante un año en el extrangero para una empresa española,
    al hacer la declaracion de la renta debe hacienda ddevolverme irpf o algun dinero?
    gracias

  • Pilar

    Hola,
    Trabaje durante 2 meses en el extrangero en el año 2010, me envio mi empresa a otra que es del grupo, podria deducirme en la declaracion de la renta a fecha de hoy?
    Gracias

  • Antonio

    Hola,
    Trabajo durante el 2014 y 2013 unos meses fuera por montajes en el extranjero, INdia,Venezuela, no son viajes seguidos suelen ser de 15 días cada vez que viajo pero al año la suma pude ser de 2 a 3 meses.
    Que deducción puedo tener y qué documentación debería entregar para mi renta sobre estos días de trabajo fuera de España. Gracias

  • Iginio

    Llevo 3 anos trabajando en Arabia Saudi, mas de 250 dias cada ano. Tengo un contrato de trabajo con una multinacional americana con sede en Espana (que son los que me pagan), que especifica que voy a trabajar alli «full time». Hasta 2014 mi familia vivia conmigo en Arabia, pero en 2015 ya no, han vuelto a Espana. Mi empresa no ha realizado ninguna retencion. Entonces:
    1.- Anos 2013 y 2014, creo que no tengo problema.. soy residente fiscal saudi, creo…. Correcto?
    2.- Ano 2015. La ley dice que no puedo ser residente fiscal saudi «salvo prueba en contrario». Tengo los contratos, aviones, .. etc , todas las prueas de pasar mas de 183 dias. Y ademas me han ofrecido conseguirme un CERTIFICADO DE RESIDENCIA FISCAL emitido por las autoridades fiscales arabes, para cada ano. Crees que lo necesito y que con ese certificado sera suficiente? Para 2013 y 2014 tambien??
    Gracias

  • Alfonso

    Hola,

    Trabajo en una empresa española que pertenece a un grupo estadounidense. Este año he trabajado 3 meses en otra filial del grupo en Noruega (esta filial es una empresa Noruega). No obstante me han seguido pagando desde España.

    En la nomina de cada mes me han aplicado la deducción por rentas en el extranjero, por lo que he cobrado más de lo habitual. No obstante al leer estos últimos comentarios parece que no me tendrian que haber aplicado la deducción y me da miedo que tenga que devolver ese dinero en la proxima declaración de la renta.

    Puede ser que tenga que devolver ese dinero??

    He leido que el limite de deducción son 60.100 euros anuales. No entiendo si esos 60.100 son netos o brutos?? a cuantos meses de trabajo se puede corresponder eso para un salario de 50000 Euros brutos anuales?

    Muchas gracias

    • La deducción es aplicable si te paga una empresa extranjera que te haya aplicado una retención fiscal en dicho país.

      Si te ha pagado la empresa española y retenido en España, no te corresponde dicha deducción.

      ¿Qué te tocará pagar? pues la diferencia.

      A ver si te ha retenido menos por otros motivos que no tenga nada que ver con esta deducción.

      Salu2.

  • Luis

    Hola…

    Trabajo para una Empresa española en Arabia Saudí, el cliente es de Arabia Saudí, el año 2015 pase allí 196 días… me aplica la desgravación por estancias en el extranjero??, puedo deducirme algún tipo de IRPF? durante todo este tiempo mi familia ha estado en España.

    • No, porque te paga la empresa española.

      Eso sí, si te has cambiado el domicilio fiscal a Arabia Saudí, que podrías haber hecho por haber vivido allí más de la mitad de año, tributaría en ese país y no hace falta que tributes en España.

      Salu2.

  • Javier

    Buenos dias,

    durante 2015 cambie de trabajo, dejando mi empresa espanola en Agosto y empezando a trabajar en Septiembre en UK para una empresa residente en UK, aunque mantengo mi domicilio habitual en Espana. Para el ano fiscal 2015, entiendo que no estoy obligado a declarar mis ingresos de UK, ya que estos no alcanzaron durante dicho ano el tope de los 60.100 eur, no estuve mas de 183 dias fuera de Espana y ademas se me aplicaron las retenciones pertinentes y equivalentes al IRPF por mi empleador en UK.

    Es mas, no se si tendria derecho a devolucion de mis impuestos pagados en UK durante 2015, al considerarse estos exentos en Espana, y ser yo residente fiscal en Espana.

    Gracias por la respuesta.

    Un saludo

    • Estás equivocado.

      Tienes que declarar todo.

      Como te ha retenido fuera de España, tienes derecho a la deducción por doble tributación internacional.

      Salu2.

  • Javier

    Trabajo para una empresa española con una filial en Francia. Me han hecho un nuevo contrato francés y por motivos de trabajo y movilidad podría justificar residencia fiscal tanto en España como en Francia en función de lo que interese mas.
    Mi Empres me paga con nómina francesa y no se retiene IRPF, ya que aquí se liquida anualmente y la empresa no tiene obligación de retenerlo como en España.
    Estaría exento de esos primeros 60.100€ de alguna manera ya sea declarando en España o en Francia? Gracias de antemano.

    • Debes de elegir el país de residencia que más te convenga.

      Tanto si es en España como en Francia, te tocará pagar los impuestos correspondientes en función de lo que ganas.

      En cuanto a la desgravación, sólo se aplica si te han retenido en Francia, como no es el caso…

      Estas desgravación es para evitar que pagues 2 veces impuestos, aquí y en Francia. Pero como no es así, no tienes derecho.

      Salu2.

  • Javier

    Muchas gracias, muy esclarecedora la respuesta.

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