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4 de marzo de 2011

Prohibido a circular más de 110 km/h en las autopistas y autovías

El gobierno va a limitar la velocidad de las autopistas y autovías a 110 km/h a partir del próximo lunes día 7 de Marzo como una medida para ahorrar combustible ante la escalada de precios del petróleo debido a la crisis de Libia.

En este artículo no vamos a entrar a valorar esta medida, pero sí a contestar algunas dudas para evitar que nos multen aún más.

¿Cuándo entrará en vigor?

La nueva ley entrará en vigor a partir del próximo Lunes, día 7 de Marzo de 2011, a partir de las 6:00 horas de la mañana.

¿Es permanente esta norma?

Se trata de una medida temporal que se aplicará desde las 6:00 horas del 7 de marzo hasta el 30 de junio.

No obstante, el Gobierno podrá acordar su prórroga atendiendo a la evolución del mercado energético.

También sabemos que las anteriores reformas que limitaron la velocidad de las vías se introdujo de forma temporal y finalmente se quedaron de forma permanente.

¿Cuál es el coste que supondrá esta medida?

Esta medida conlleva la modificación de 6.000 señales de tráfico a las que habrá que adherir una pegatina cuyo coste será, aproximadamente, de 250.000 euros (41 euros por unidad).

¿Dónde se aplicará la reducción de la velocidad?

La reducción a 110 km/h se aplicará exclusivamente a las autovías y autopistas de España, quedando inalterado los límites de velocidad de las otras vías de circulación.

¿A qué velocidad saltarán a partir de ahora los radares en esas vías?

Actualmente y según como lo reconoce la DGT los radares saltan a partir de los 138 km/h, esta diferencia con el límite de velocidad es justamente el margen de error aplicado a estos aparatos.

A partir del próximo lunes, los radares se colocarán a 127 km/h si consideramos el mismo margen de error.

¿Cómo afecta al carné por puntos?

Esta modificación no afecta al sistema de pérdidas de puntos, que seguirá rigiéndose por los límites anteriores.

Pero las multas se aplicarán en función de los límites de velocidad que establece la nueva ley.

Límite 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 Multa Puntos
Exceso de Velocidad Grave 31 41 51 61 71 81 91 101 111 121 100
50 60 70 90 100 110 120 130 140 150
51 61 71 91 101 111 121 131 141 151 300 2
60 70 80 110 120 130 140 150 160 170
61 71 81 111 121 131 141 151 161 171 400 4
70 80 90 120 130 140 150 160 170 180
71 81 91 121 131 141 151 161 171 181 500 6
80 90 100 130 140 150 160 170 180 190
Muy Grave 81 91 101 131 141 151 161 171 181 191 600 6

¿Y las penas de cárcel?

El Código Penal para delitos contra la seguridad vial se aplicará sobre los nuevos límites, así que si se supera los 190 km/h en autovías y autopistas conllevará penas de cárcel.

¿Estás de acuerdo con la rebaja del límite de velocidad a 110 km/h?

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18 comments to Prohibido a circular más de 110 km/h en las autopistas y autovías

  • Carlos

    Vaya regalo que les han caído a la empresa que hacen las pegatinas…

    y, claro no son amigos de los socialistas!!!

  • aRecaudarMás

    El secretario general de la Unión de Guardias Civiles (UGC), ha señalado que la limitación de 110 km/h en autovía y autopista es una «tomadura de pelo» que tiene por objetivo el aumentar la recaudación por multas de tráfico.

    – La UGC ha denunciado las presiones que están recibiendo, a su juicio, los agentes de tráfico para que aumenten el número de denuncias «con fines recaudatorios».

    – El modo de actuar por parte de los mandos de la Guardia Civil se concreta mediante la pérdida del complemento salarial del sueldo consolidado y a través de la supresión del cobro correspondiente a los festivos y jornadas nocturnas de trabajo. En conjunto, calcula que se trata de una reducción próxima a los 220 ó 240 euros mensuales.

    Los que denuncien poco, van a cobrar poco…

  • Juan

    Agrupaciones ciudadanas se reúnen en Madrid para decir ‘No a los 110 km/h’

    Hoy domingo es la cita elegida por los detractores de los nuevos límites de velocidad para manifestarse en la Puerta del Sol en Madrid. Una concentración organizada por la plataforma ‘Movimiento140’, que clama por una prohibición que considera “la gota que colma el vaso de la paciencia de millones de conductores”. La razón: “el ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial”.

    A casi una semana de la entrada en vigor del Decreto Ley que limita la velocidad en las carreteras, buena parte de los conductores están hartos, no aguantan más. Consideran que reducir el límite de velocidad a 110 kmh no es una solución para ahorrar en combustible. O al menos reporta un ahorro irrisorio, imperceptible. Son ellos los que deben determinar qué medidas adoptar para gastar menos gasolina y no el Gobierno el que obligue a ‘pisar el freno’. “Es mucho mejor incentivar o recomendar que simplemente prohibir”, advierte el portavoz de la plataforma ‘Movimiento140’, Pedro Javaloyes.

    Mientras, el Tribunal Supremo abrió este sábado un plazo de cinco días para que el Gobierno presente las alegaciones oportunas ante la petición presentada por la empresa de gestión de multas ‘Dvuelta’ y ‘Movimiento 140’ de retirar esta medida. Según el Supremo, no hay razones de especial urgencia que lleven a decidir sobre esta medida cautelar, sin oír a la Administración estatal. Una vez la institución haya examinado las alegaciones, decidirá si suspende o no el polémico Decreto-Ley.

    El afán recaudatorio de la medida

    Existan razones o no, Pedro Javaloyes cree que no existe un motivo concreto que argumente la finalidad de la limitación de la velocidad. “Lo de los 110 o tiene un motivo que no se nos ha explicado o no se comprende”, afirma a este diario, al tiempo que añade “tal y como está el precio de los combustibles, los conductores ya estamos adoptando medidas para hacer una conducción menos gravosa”.

    “Lo que está claro es que uno de los efectos principales de esta medida es que se incremente la recaudación por multas”, confiesa el portavoz. Una consecuencia que ha provocado la crispación de unos conductores hartos de la codicia recaudatoria de una Administración que “en sólo seis años ha multiplicado por cuatro sus ingresos por este concepto», según informan desde ‘Movimiento140’.

    Conocidas son las declaraciones de Pere Navarro, director general de la DGT, en las que confesó que “colocar un radar en una carretera secundaria no es rentable”. Unas palabras “inauditas”, según Javaloyes, “porque se supone que los radares se instalan por criterios de seguridad, y no sobre la apreciación de la rentabilidad que se produce”.

    Pese a todo, el Gobierno, en boca de su portavoz Rubalcaba, insiste en que el fin último de la medida no responde a llenar las arcas del Estado. No obstante, el propio Javaloyes estima que el Estado recaudará “entre 20 y 30 millones de euros más por multas sólo en el primer año de aplicación de la medida”. Unas cifras que se notarán en el bolsillo de los españoles, pero a la baja.

    De momento, ‘Movimiento140’ lleva recogidas a día de hoy cerca de 34.000 firmas contra los 110 kmh y 191.300 firmas a favor de incrementar la velocidad a 140, tal y como está establecido en otros países europeos. Quizás el Gobierno deba tener en cuenta la opinión de los millones de conductores que circulan por las carreteras españolas.

  • Jaflobi

    Buenas tardes:

    Ayer volviendo de viaje me salto el radar en la autopista Pau Casals cerca de Vilanova i la Geltrú en una zona de obras donde habia señales de obras y limitada a 80Km… no se exactamente a que velocidad iba pero al 99% por debajo de 118 segun velocimetro del coche y 114-115 segun GPS…me gustaria me indicarais que sancion me puede caer teniendo en cuenta que tengo una suspension por alcoholemia de 4 meses de prision duarante 2 años que vence el 14-07-2012 en jucio rapido..
    Gracias de antemano y saludos

    • Buenas tardes Jaflobi

      Según lo que has comentado te correspondería una sanción de 2 puntos y 300€ de sanción.

      Dada la situación en la que te encuentras, intenta conseguir un familiar o conocido que te ceda esos dos puntos, para poder identificar sus datos como que conducía él/ella cuando te llegue la denuncia y que tu caso no vaya a peor…

      En el caso de conducir sin tener puntos o habiéndote retirado el permiso judicialmente se consideraría delito
      castigado por el Código penal con las siguientes penas (art. 384):

      – Conducir un vehículo o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

      – La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

      Salu2

  • jAFLOBI

    Muchas Gracias.. quizas no me explicado correctamente… Yo ya he cumplido la retirada de carnet durante 8 meses y hice el cursillo correspondiente de sensibilizacion para recuperar el carnet… y ademas seguia ( hasta antes de ayer) con 14 puntos…..y ademas en el juicio rapido en vez de multa me condeno su señoria a 4 meses de prision que quedan en suspension duarante 2 años «siempre y cuando no cometiera» cualquier otro delito de cualquier naturaleza…….. Resumiendo que estoy en situacion total y absolutamenete legal para conducir y me ha saltado el radar y por tus palabras entiendo que no llega a la categoria de delito, por lo que tendre que pagar 300.-€ ( entiendo que 150.-€) con la reduccion por pronto pago, y volvere a tener 12 puntos….. no?
    LO dicho muchas gracias

    • ok entonces habiendo cumplido ya el plazo de retirada de carnet, curso de sensibilización y todo y con el carnet en vigor, esa infracción cometida es sólo una falta administrativa.

      Así que entendemos que te quitarían los 2 puntos correspondientes y te pondrían la multa de 300€ (50% de dto. por pronto pago) así que te quedarías en 12 puntos y no influiría en el otro proceso del juicio que tuviste.

      Salu2!

  • Jaflobi

    Muchisimas gracias por la aclaracion…. Ya os contaré

    Saludos y Gracias por la excelente labor de informacion y de concienciacion que estais llevando a cabo…..
    Felicidades!!!!!!!!!!!

    • Sólo intentamos echar una mano en todo lo que podemos.

      Nos alegramos que te sirva de ayuda.

      Salu2 y cuidado en la conducción, que ya ves que al mínimo descuido cae una sanción..

  • Jaflobi

    Una duda , Aun no recibido la notificacion de la infraccion y ya ha pasado mas de 2 semanas.¿ Cuanto suelen tardar en comunicarte este tipo de infracciones? ¿Lo hacen por correo ordinario o certificado?¿ Hay alguna manera de consultarlo en la DGT o cualquier organismo?.

    Muchas gracias de antemano y saludos

    • Puedes consultarlo en TESTRA:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/04/11/testra-consulta-de-sanciones-de-trafico-por-internet/

      Tráfico disponen de un plazo para notificarte la denuncia, en caso de no hacerlo en plazo te libras de la sanción.

      Salu2.

    • Jaflobi

      Muchas Gracis.. He consultado y la verdad es que no sale nadaincluso he mirado un vehiculo de empresa que se que tine multas y tampoco me sale….. ¿ Puede ser pq la notificaciones de los Mossos no salga???

      Por cierto que plazo tiene que pasar para que caduque la sancion por no notificacion?

      Gracias de antemanoy saludos

    • Hola Jaflobi.

      En el caso de que tengas dada de alta la Dirección Eléctronica Vial (DEV) te lo notificarían ahí en vez de enviárte la notificación a casa.

      Si no estuvieras dado de alta en la «DEV», te enviarán la notificación al domicilio que figure en los Registros de la Dirección General de Tráfico (revisa si la dirección que figura en el Permiso de Circulación es la de tu domicilio actual).

      Si no te localizaran en el DEV o en tu domicilio, lo notificarían ya en el Boletín Oficial o en el TESTRA.

      Así que nada, echa un vistazo en todo lo que te hemos comentado para ver si hay novedades, pero tampoco te comas mucho la cabeza, por que sino es como para volverse loco.

      Salu2!

    • Jaflobi

      Ha pasado mas de un mes y aun no he recibido nada… lo cual tampoco me preocupa en exceso.. pero como la Ley de Murphy suele aparecer en estos caso me temo que la notificacion me llegará en Agosto qu estare de vacaciones y en mi domicilio habitual no habrá nadie….. ¿Me puedo anticipar de alguna manera o que puedo hacer para evitar que no pueda pagar con el descuento?.. Claro esto siempre que realmente la infraccion sea mia porque al 100% no estoy seguro…….

  • María

    ¿Qué infracción y que penas supone saltarte un radar a 240 en España o en Francia o en Alemania?

  • Antonio Martinez Cervantes

    ¿Hay donde agarrarse a alguna norma europea, para que imperen las mismas normas de conducir en todos los paises de la C.E.E., Asícomo que se igualen los topes de velocidad a Europa, o bien se tengan en cuenta estos topes según sean carreteras nacionales, autovías y autopistas.
    Está visto que no queremos igualarnos con los paises más desarrollados de Europa, sino que esto es una forma de querer estar por debajo de ellos, además de querer recaudar por «»»» cajones»»»» interpretando esta palabra como se escribe y como equivocada.

    • De momento cada país tiene su propia normativa en estos temas.

      Falta un poco por evolucionar en este sentido. Insisten que no se trata de recaudar,…pero no siempre parece que sea así..

      Salu2

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