Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:
En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir la Renta Agraria.
¿Qué requisitos se ha de cumplir?
- Haber residido y estar empadronado un mínimo de 10 años en alguna localidad de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
- Estar inscrito en el censo del REASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
- Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
- De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
- De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
- – De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
- Haber trabajado en el REASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un mínimo de 35 jornadas reales cotizadas (en 2020 se requiere 20 jornadas según el Real Decreto aprobado el 25 de febrero de 2020).
- Tener extinguido el subsidio agrícola o el REASS anterior y haber transcurrido al menos un año desde su nacimiento.
- Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
- Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
¿Cuál es la duración de la ayuda?
Con carácter general la ayuda es de 180 días, salvo para mayores de 52 años que pueden disfrutar de 300 días.
¿Cuándo se paga la renta?
- Se inicia al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo se coloque o participe en acciones de inserción laboral, en cuyo caso se inicia al día siguiente de su finalización.
- El número máximo de días de percepción mensual será igual a la diferencia entre 30 y el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad.
¿Cuál es la cuantía de la renta?
Se calcula en función del número de jornadas reales cotizadas, cantidad que se actualiza anualmente (2020):
- De 35 a 64 jornadas: 430,27€.
- De 65 a 94 jornadas: 457,16€.
- De 95 a 124 jornadas: 489,43€.
- De 125 a 154 jornadas: 516,32€.
- De 155 a 179 jornadas: 543,22€.
- Desde 180 jornadas: 575,49€.
Además el servicio de empleo se encarga de abonar el importe de la cuota del REASS.
¿Cuál es límite familiar?
Cuando el solicitante conviva con otras personas en una misma unidad familiar (solicitante, cónyuge e hijos mayores de 16 años y menores de 26 años o mayores con discapacidad), únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, a los límites de acumulación de recursos siguientes:
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mira voy a exar la renta agrario este año y resulta q la tenia q exar el dia 8 pero cae en sabado y pensaba exarla el lunes dia 10 pero esq ahora resulta q pedi cita por telefono y me la dieron pa el jueves dia 13 quisiera saber si me afectaria en algo?gracias!
No, tranquilo. La fecha que cuenta es el día que te has puesto en contacto con ellos. Si te han dado fecha después de haberse pasado la fecha de solicitud, es por culpa de ellos.
Salu2.
dicen k van a quitar la renta agraria es verda??
No, no hemos leído nada referente a lo que dices.
Salu2.
Si este año no he conseguido trabajar las 35 peonadas minimas para solicitar la renta agraria.¿ necesitaria alguna peonada para poder seguir manteniendo mi cartilla agricola?
Yo creo que sí, pero pregúntalo en el servicio de empleo o llama al siguiente teléfono: 901 11 99 99
hola se comenta que tenemos que trabajar 200 peonadas para solicitar la renta agraria para año 20012 es verda cracias
Lo desconozco… no he leído nada al respecto.
Salu2.
hola, me han dicho que desde 2006 ó 2007 las peonadas agrarias podrian valer como cotizacion al regimen general ¿es eso cierto? muchas gracias
Consúltalo en el siguiente teléfono: 901 11 99 99
Salu2.
A PARTIR DE QUE DIA PUEDE SOLICITARSE LA RENTA AGRARIA EL SEGUNDO AÑO QUE SE SOLICITUA
LLama al teléfono: 901 11 99 99
Salu2.
si no llevas diez años inninterrumpidos empadronado en andalucia puedes solicitar la renta agraria o puedes juntar esos diez años sin que sea segudos habiendo estado empadronaddo durante seis años en otra comunidad autonoma
Yo creo que tiene que ser los últimos 10 años.
Salu2.
HOLA MIRA SOY DE LA RENTA AGRARIA LOS SEIS MESES QUE TENGO PARO PUEDO HECHAR ALGUNA AYUDA AUNKE SEA POR TENER HIJOS MENORES DE EDAD O ALGO ESPERO UNA RESPUESTA POR FAVOR A ESTE NUMERO DE MOVIL 673130067 ESPERO SU LLAMADA BUENDIA Y GRACIAS
Acude al servicio de empleo para ver si tienes derecho a alguna ayuda más por tener cargas familiares.
Salu2.
Hola, quería saber cuanto tiempo para cobrar el desempleo de la renta agraria. Tengo 35 peonadas y ya he cobrado un mes de desempleo pero ahora voy a trabajar con contrato de 40 horas en regimen general así que no sé si mi derecho al desempleo me va a cumplir o eso no tiene fecha de caducidad. Gracias.
Se suspende la ayuda y posteriormente se puede retomar, salvo que por el nuevo empleo generes otro derecho de desempleo.
Salu2.
Carecer de rentas propias superiores a 7.696,80 € anuales y no superar el límite familiar de rentas establecido.
Cuanto es el limite familiar de rentas establecido??
mi mujer trabaja en industria y gana 12000 euros anuales, me daran la renta agraria?? yo tengo 173 peonadas, llevo mas de 1 año cotizando
No puede superar el 75% del SMI: es decir 481,05 euros brutos mensuales de media por miembro de la unidad familiar.
Salu2.