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15 de marzo de 2011

La Renta Agraria

Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:

En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir la Renta Agraria.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Haber residido y estar empadronado un mínimo de 10 años en alguna localidad de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
  • Estar inscrito en el censo del REASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
  • Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
    • De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
    • De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
    • – De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
  • Tener extinguido el subsidio agrícola o el REASS anterior y haber transcurrido al menos un año desde su nacimiento.
  • Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Cuál es la duración de la ayuda?

Con carácter general la ayuda es de 180 días, salvo para mayores de 52 años que pueden disfrutar de 300 días.

¿Cuándo se paga la renta?

  • Se inicia al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo se coloque o participe en acciones de inserción laboral, en cuyo caso se inicia al día siguiente de su finalización.
  • El número máximo de días de percepción mensual será igual a la diferencia entre 30 y el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad.

¿Cuál es la cuantía de la renta?

Se calcula en función del número de jornadas reales cotizadas, cantidad que se actualiza anualmente (2020):

  • De 35 a 64 jornadas: 430,27€.
  • De 65 a 94 jornadas: 457,16€.
  • De 95 a 124 jornadas: 489,43€.
  • De 125 a 154 jornadas: 516,32€.
  • De 155 a 179 jornadas: 543,22€.
  • Desde 180 jornadas: 575,49€.

Además el servicio de empleo se encarga de abonar el importe de la cuota del REASS.

¿Cuál es límite familiar?

Cuando el solicitante conviva con otras personas en una misma unidad familiar (solicitante, cónyuge e hijos mayores de 16 años y menores de 26 años o mayores con discapacidad), únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, a los límites de acumulación de recursos siguientes:

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2.185 comments to La Renta Agraria

  • Carlos

    Hola, voy a comenzar a cobrar el subsidio por desempleo de la renta agraria y me han ofrecido trabajar como monitor de gimnasio dos dias a la semana, 7 horas al dia, asi todo el mes de agosto ¿Son compatibles ambas cosas? de ser asi ¿seguire cobrando lo mismo o me reduciran el subsidio?
    Un saludo, gracias.

  • JoseMa

    Buenas tardes, estoy percibiendo actualmente la renta agraria, que me fue aprobada en mayo, pero desde enero no he realizado peonadas por cuenta ajena, aunque sí por cuenta propia, en el mes de junio, para lo que me di de baja de la prestación, y cuando terminé este trabajo por cuenta propia lo reanudé. Mi pregunta es que he oído que hay que tener peonadas por cuenta ajena como mínimo cada 6 meses. ¿Es esto cierto?

  • Rafael

    Mi hijo, menor de 30 años y no residente en el domicilio familiar, trabaja como trabajador por cuenta ajena (régimen general) en un almacén todo el año. Ha alquilado varias hectáreas de olivos y tiene que contratar para la campaña de recolección de la aceituna a varios jornaleros, va ha sacarse el autónomo para la contratación de estos jornaleros a la vez que esta trabajando por cuenta ajena.
    Mi pregunta es la siguiente:
    ¿ Puede contratar a su madre ( no reside en el mismo domicilio) y dichas peonas le sirven para la renta agraria?
    Muchas gracias.

  • juan

    hola mi pregunta es la siguiente,al terminar la campaña de la aceituna 2013/2014 termine en marzo con 56 peonadas me mandaron una carta para que en tres meses si queria podia seguir pagandolo,empece a pagar el sello agricola a partir de mayo he estado pagandolo mas de un año yo trabajo normalmente en el regimen general y el 12 junio me quede parado,fui al inem y me dijeron que no tenia para desempleo pero que podia echar la renta agraria,eche la solicitud pero en esa misma semana me mandaron una carta certificada de la seguridad social que me excluian del regimen agrario por no haber realizado 30 jornadas en 365 dias,(al haber poca cosecha de aceituna no encontre trabajo)fui varias veces a la seguridad social y me dijeron que me daban de baja que no se puede hacer nada,la solicitud me la han denegado porque me paso en unos 200 euros en el tope de las rentas.mi pregunta es:¿puedo volver a solicitar la renta agraria ahora que al haber pasado algo mas de un mes y no tener rentas ya no me paso del tope de la renta? y puedo solicitarla si me dieron de baja como he pagado mas de 12 meses? he ido al inem y me dieron la solicitud pero me dicen que me la denegaran porque me dieron de baja,pero yo he pagado 14 meses,¿entonces con esos 14 meses ya no puedo solicitarla?estoy hecho un lio y sin cobrar nada me urge,perdon por tanto tocho de letras muchas gracias y saludos

  • Sandra

    Hola mi pregunta es si acabas de llegar a andalucia y no llebas diez años empadronado allí no hay ninguna manera posible de hacerte la cartilla gracias

  • dolores perez flores

    Hola buenas tardes quisiera preguntar que boy a echar la renta agraria y no se si tengo que poner los ingresos de una hermana que vive conmigo descapacitada y con mi familia tengo a mi marido cobrando el desemplo ,y una hija cobrando la renta agraria y otra estudiando me perjudica mi hermana y que tope tendriaamos nosotros de dinero gracias

  • mariluz

    hola, mi pregunta es la siguiente: me he apuntado por primera vez a la renta agraria he recogido las treintas jornadas para poder pagar los sellos, mi duda es si las treintas jornadas me vale todo el año desde que empece a juntar las o tengo que empezar a juntar de nuevo las treintas jornadas empece en marzo del 2015.

  • Melody

    Hola empece a a cobrar la renta agraria en abril pero en ese mismo mes me llamaron de INEM para trabajar en el ayuntamiento de mi pueblo ( Velez benaudalla) en ayuda a domicilio cuando fui a INEM a recoger el papel que tenía que entregar en el ayuntamiento informe al funcionario que me atendió que me encontraba percibiendo la renta agraria y me dijo que no pasaba nada que la renta se pararía y que luego si que tenía que reanudarla. Cuando termino de trabajar hago lo que me dijo dicho funcionario , ósea » hecho la reanudación » y allí no me dicen nada pero a las dos semana mas o menos llamo porque no recibo respuesta de ninguna clase y me dicen que lo tengo EXTINGUIDO y pregunto que porque y me dicen que no e avisado y le explico que si lo e echo, pero por lo visto me equivoque al informarlo lo dice en SAEZ y lo tenía que haber dicho en SEPE, pero claro no soy adivina yo no entiendo de eso,pero dicho FUNCIONARIO SI y el me tenía que haber dicho ve y avisalo en prestaciones puesto que yo no entiendo de ese tema ,en fin…… Mi pregunta es cuando podré volver a echarlo?

  • Yolanda

    Sí solicito X primera la renta agraria en septiembre en que mes se cobra

  • sandra

    Hola : mi pregunta es ,yo tengo ahora mismo 5 meses y 8 dias del régimen general, lo q me quedaría solo21 día para echar la ayuda familiar,pero desde mayo estoy dada de alta en el régimen agrario.quisiera saber si echando esos 21 dias y solicitando la ayuda familiar pierdo la renta agraria y los derechos de maternidad porque en diciembre tendré mi bebe y me perteneceria baja maternal.

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