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15 de marzo de 2011

La Renta Agraria

Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:

En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir la Renta Agraria.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Haber residido y estar empadronado un mínimo de 10 años en alguna localidad de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
  • Estar inscrito en el censo del REASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
  • Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
    • De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
    • De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
    • – De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
  • Tener extinguido el subsidio agrícola o el REASS anterior y haber transcurrido al menos un año desde su nacimiento.
  • Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Cuál es la duración de la ayuda?

Con carácter general la ayuda es de 180 días, salvo para mayores de 52 años que pueden disfrutar de 300 días.

¿Cuándo se paga la renta?

  • Se inicia al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo se coloque o participe en acciones de inserción laboral, en cuyo caso se inicia al día siguiente de su finalización.
  • El número máximo de días de percepción mensual será igual a la diferencia entre 30 y el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad.

¿Cuál es la cuantía de la renta?

Se calcula en función del número de jornadas reales cotizadas, cantidad que se actualiza anualmente (2020):

  • De 35 a 64 jornadas: 430,27€.
  • De 65 a 94 jornadas: 457,16€.
  • De 95 a 124 jornadas: 489,43€.
  • De 125 a 154 jornadas: 516,32€.
  • De 155 a 179 jornadas: 543,22€.
  • Desde 180 jornadas: 575,49€.

Además el servicio de empleo se encarga de abonar el importe de la cuota del REASS.

¿Cuál es límite familiar?

Cuando el solicitante conviva con otras personas en una misma unidad familiar (solicitante, cónyuge e hijos mayores de 16 años y menores de 26 años o mayores con discapacidad), únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, a los límites de acumulación de recursos siguientes:

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2.185 comments to La Renta Agraria

  • alfonso

    buenas.Yo estoy cobrando el desempleo de empresa puedo pagar el sello agrario durante un año mientras cobro el desempleo

    • Mientras se cobra la prestación, están cotizando por ti en el régimen general, no sé yo si es compatible con darse de alta simultáneamente en el régimen agrario.

      Vete a la Seguridad Social y allí te informarán.

      Salu2.

  • lola

    hola quedria saber cual es el tope de ingresos para poder solicitar la renta agraria en una casa de un matrimonio y una niña de once años gracias y si es bruto o neto

  • Maria Eugenia

    Hola buenas!! Ahora en este mes de octubre que entra quiero solicitar la renta agraria, me gustaría saber si me la concederán si en mi casa estamos empadronados 5 personas , mi padre que tb cobra renta agraria, mi hermano y mi madre que no cobran nada,y mi abuela que cobra un pensión de unos 800 euros. Espero su respuesta. Gracias

    • La abuela no forma parte de la unidad familiar. Sólo cónyuge e hijos menores de 26 años.

      En tu caso, al no indicar la edad de los menores, no te podemos decir la cuantía, que siempre es en bruto.

      Si fueran los 2 hijos menores de 16 años, el máximo sería de 20.180€.

      Debes de mirar en la tabla de arriba.

      Salu2.

    • Maria Eugenia

      Gracias por su contestación!!! Le aclaró, yo soy soltera y no tengo hijos, tengo 30 años,vivo y estoy empadronada con mis padres, mi hermano tiene 18 años, es estudiante y no cobra nada, mi padre cobra la renta agraria, mi madre tampoco cobra nada y mi abuela cobra la pensión que le indique en el mensaje anterior unos 800 euros, entonces no me repercutirá a la hora de concedermela no? No habrá ningún problema no?

    • Entonces, las rentas de tu familiar no te afecta, ya que no están dentro de tu unidad familiar a efectos de SEPE.

      Salu2.

  • Encarni

    Buenas yo termino de cobrar la prestación en noviembre en ese mismo mes tengo que pagar ta el sello o al siguiente gracias

    • Una cosa es cuando se cobra la última vez la ayuda y cuando se termina la ayuda.

      Las ayudas se pagan siempre a mes vencido los días 10.

      Así que el último mes de cobro, ese mes no tienes derecho a la ayuda, así que SEPE deja de hacerse cargo del pago de tu sello.

      Salu2

  • Manuel

    hola buenas,yo soy trabajador del censo agrario desde hace tiempo pero eche por primera vez la renta agraria en febrero del año pasado,asta la fecha no habia cobrado ni una sola vez la prestacion,trabajo en una finca de eventual agrario,20-22 dias al mes,e estado asi desde febrero asta septiembre que me quede parado,al ir a informarme de porque no cobraba nada en todo este tiempo,me dicen en el inem que la tengo parada desde abril,sin mi consetimiento y sin mi permiso porque yo no he cambiado de empresa ni nada,aora mi pregunta es,que pasa con todos esos dias que deberia de haber cobrado?aora desde el 25 septiembre que fui al inem esta reanudada,asta febrero o marzo que tenga que volver a hecharla no voi a terminar de cobrar la prestacion porque seguire trabajando intermitentemente,deberia de reclamar los dias que en su dia no cobre?gracias y perdon por el tocho

    • Vete a SEPE y pregunta por tus opciones. Ellos te ayudarán a tomar la mejor decisión posible.

      Parece como que te suspendieron la ayuda, y posteriormente no has solicitado la reanudación.

      Si fuera así, podrías reanudarlo.

      Salu2.

  • Daniel

    Buenas queria saber yo estoy pagando el sello acave la campaña en mayo de este año y no e trabajado mas asta diciembre que empieze la campaña mi pregunta es al llevarme unos 6 meses sin trabajar ni entregar peonas pierdo mi antiguedad de sello y eso..? Gracias

    • Se debe de trabajar al menos 30 días año para seguir en el régimen agrario.

      Si sólo llevas 6 meses sin trabajar, sigues en el régimen agrario, pero claro, durante ese tiempo tienes que haber estado pagando el sello.

      Salu2.

  • victor

    Tengo 28años.Vivo con mis padres.Soy beneficiario de la renta agraria.Voy a presentar la solicitud en noviembre. Tengo 37 jornadas trabajadas en los últimos 12 meses de las cuales 5 he trabajado con mi padre.Quisiera saber si esas 5 firmas me sirven a efectos de solicitar la renta agraria.Gracias

  • Antonio Martin

    HOLA ME GUSTARÍA CUANTO ES LA CUANTÍA EN MI CASA SOMOS EL MATRIMONIO Y DOS HIJOS UNO CON MINUSVALÍA DE MAS DEL 33 Y TIENE 18 AÑOS Y LA OTRA CON 13 AÑOS EL MÁXIMO DE LA CUANTÍA PARA LA RENTA AGRARIA CUAL ES . UN SALUDO

  • Jose Antonio

    Hola buenas mi pregunta es… Yo siempre cobre la renta agraria e iba a hechar mi renta agraria el día 3 de octubre (tenía 88 peonadas y los 12 meses de sello agrario) pero ese día me llamaron para trabajar 6 meses en régimen general… Mi duda es¿ si doy de baja temporal a mi cartilla agraria estos 6 meses de régimen general, cuando vuelva a darle de alta en agrario podría cobrar la renta agraria ya que pague los 12 meses anteriormente y tenía los 88 días? O tendría que estar un año pagando de nuevo sellos..

    • Indican que los últimos 12 meses… así que puede que no.

      Vete a SEPE y pregunta.

      Además, si trabajas 6 meses en el régimen general, después tienes derecho al menos de 6 meses de subsidio de desempleo.

      Salu2.

  • Mj

    Buenas noches estoy cobrando renta agraria si se me pasa sellar tarjeta demanda un mes pierdo ese mes renta agraria. Gracias

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