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15 de marzo de 2011

La Renta Agraria

Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:

En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir la Renta Agraria.

¿Qué requisitos se ha de cumplir?

  • Haber residido y estar empadronado un mínimo de 10 años en alguna localidad de las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
  • Estar inscrito en el censo del REASS de forma ininterrumpida en los 12 meses anteriores a la solicitud.
  • Si es mayor de 45 años, es preciso haber permanecido inscrito en el REASS, a lo largo de toda su vida laboral, los siguientes períodos cotizados:
    • De 45 a 51 años de edad: 5 años de inscripción en el SEASS.
    • De 52 a 59 años de edad: 10 años de inscripción en el SEASS.
    • – De 60 o más años de edad: 20 años de inscripción en el SEASS.
  • Tener extinguido el subsidio agrícola o el REASS anterior y haber transcurrido al menos un año desde su nacimiento.
  • Carecer en el momento de la solicitud y durante su percepción de rentas individuales de cualquier naturaleza que en cómputo anual no superen la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluidas dos pagas extraordinarias (950€ mensuales en 2020).
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.

¿Cuál es la duración de la ayuda?

Con carácter general la ayuda es de 180 días, salvo para mayores de 52 años que pueden disfrutar de 300 días.

¿Cuándo se paga la renta?

  • Se inicia al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo se coloque o participe en acciones de inserción laboral, en cuyo caso se inicia al día siguiente de su finalización.
  • El número máximo de días de percepción mensual será igual a la diferencia entre 30 y el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad.

¿Cuál es la cuantía de la renta?

Se calcula en función del número de jornadas reales cotizadas, cantidad que se actualiza anualmente (2020):

  • De 35 a 64 jornadas: 430,27€.
  • De 65 a 94 jornadas: 457,16€.
  • De 95 a 124 jornadas: 489,43€.
  • De 125 a 154 jornadas: 516,32€.
  • De 155 a 179 jornadas: 543,22€.
  • Desde 180 jornadas: 575,49€.

Además el servicio de empleo se encarga de abonar el importe de la cuota del REASS.

¿Cuál es límite familiar?

Cuando el solicitante conviva con otras personas en una misma unidad familiar (solicitante, cónyuge e hijos mayores de 16 años y menores de 26 años o mayores con discapacidad), únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando, además de no poseer rentas propias, la suma de las de todos los integrantes de aquélla sea inferior, en cómputo anual, a los límites de acumulación de recursos siguientes:

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2.185 comments to La Renta Agraria

  • Rodica

    Hola,llevo pagando el sello 3 años y estoy cobrando la renta agraria, pero ya cumpli los 45 años y ahora tengo que hechar otra vez los papeles, me gustaria saber si me afecta en algo ya que no tengo 5 años pagados de sello.

  • angel

    muy buenas quisiera saber si a mi mujer le corresponde cobrar la renta agraria :
    yo tengo 2 hijos de una relación anterior empadronados conmigo pero en custodia compartida + 1 con mi actual pareja yo cobro anualmente 17890 € brutos anuales , nos hemos casado hace menos de un año y nose si ella podrá seguir cobrando cuando se quede parada por culpa de mi sueldo,
    les agradecería resolvieran mi duda si es posible, gracias por adelantado y un saludo.

    • A mi entender, tus hijos no forma parte de la unidad familiar de ella.

      Para ella, su familia está formada por ella, tu (su marido) y su hijo.

      Las rentas y los límites que cuenta son de 3 personas… así que viendo los número, creo que cumplís los requisitos económicos.

      Salu2

  • Rodica

    Como ya tengo 45 años y no tengo 5 años de pagar el sello,me preguntaba si hay otro tipo de ayuda para los mayores de 45 ? Trabajo tres días al mes y mi marido igual y tengo una niña de 15, así que por eso me gustraia saber si hay otro tipo de ayuda.

  • Mari Angeles cruz

    Buenos dias,

    Este año he comprado una vivienda y no es la habitual, cual es la cantidad que se computa como rendimiento de esta vivienda? me han dicho en el sepe que hay unas tablas para aplicar porcentages al valor catastral de la vivienda. pero no las encuentro.

    gracias

  • Mari

    Hola mi duda es que eche el paro el día 9 y me pone que la prestación esta de baja aunque en trámites me pone aprobada…me pone RENTA AGRARIA BAJA EN ESPERA DE LA DETERMINACIÓN DE LA FICHA DE INICIO DEL DEVENGO.
    Mi pregunta es… Esto que significa?
    Si me llaman para trabajar me puedo ir o tengo q esperar a que este de alta?
    Gracias

    • Es posible que como se comienza a percibir al día siguiente en que se cumplan tres meses desde la fecha de solicitud, estás en dicho periodo y para indicarlo, dicen eso.

      Salu2.

  • Eulalia

    Hola mi duda es :
    Mi marido tiene que hechar la renta agraria ya tienes las peonales necesarias para hecharla pero no tiene cita todabia.¿en la renta se cumplen las peonales a los 15 dias?

  • Miguel

    El pasado 4 de noviembre firmé la aceptación de herencia de mi madre y el día 7 solicité la renta agraria. ¿Tengo que comunicarlo al SEPE? Resulta que en el momento de firmar no cobraba nada, por eso creo que no, pero tengo dudas.

  • Antonio

    Hola, se puede cobrar la ayuda familiar a la vez que se paga el sello agrícola? Es compatible?Y si tengo que trabajar en el campo algunas jornadas, tendría que parar la ayuda familiar? Muchas gracias.

  • Alberto

    Hola, estoy un poco liado. pregunta sobre la renta agraria, en mi caso somos dos mayores de 26 años(solicitante y conyuge) y una hija de 7 años. ¿ Somos 3 miembros en la unidad familiar con lo cual se multiplica por 2.75 o sin embargo somos dos miembros y una menor y se multiplica por 2.10?

  • eugenia tudor

    llevo cobrando la renta agraria desde noviembre 2016 y tambien estoy dada de alta en una empresa pero por falta de trabajo me han dado la baja casi un mes enzima este mes no he cobrado la renta agraria,la pregunta es porque?,tenia que sacar el carton al darme de baja?por favor necesito respuestas,gracias,un saludo

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