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21 de marzo de 2011

Subsidio especial de los 52 años del REASS

Los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura tienen una cobertura especial por desempleo que contempla las siguientes ayudas:

En este artículo vamos a hablar de los beneficiarios y los requisitos que se han de cumplir para recibir el Subsidio especial de los 52 años del REASS.

¿Qué requisitos debe cumplir?

Además de cumplir los requisitos generales del Subsidio de desempleo para trabajadores del REASS, a excepción de la acreditación de joranadas, deberá:

  • Haber cotizado al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena de carácter eventual y haber percibido el subsidio durante los últimos 5 años.
  • Reunir el periodo de cotización necesario para el reconocimiento de cualquier tipo de pensión contributiva por jubilación.

¿Cuál es la duración del subsidio?

La duración de la ayuda es de 360 días.

Una vez agotado el primer derecho a esta subsidio, se reanudara cada 12 meses, por la duración correspondiente, hasta que el trabajador alcance la edad para acceder a cualquier tipo de jubilación, sin necesidad de acreditar joranadas, siempre que se solicite y cumpla con el resto de los requisitos.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

  • La cuantía es el 80% del IPREM que se actualiza anualmente, para el 2017 es de 426 euros.
  • Además durante la percepción del subisido, el servicio de empleo cotiza por ti los 2,87 euros diarios de la cuota fija del REASS

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525 comments to Subsidio especial de los 52 años del REASS

  • Maria

    Hola , se me olvidó sellar el paro el día 1 . En cuanto me di cuenta reactive de nuevo la demanda de empleo . En que me afecta si estoy cobrando la renta agraria ?

  • Maria

    Hola , se me olvidó sellar el paro el día 1 . En cuanto me di cuenta reactive de nuevo la demanda de empleo . En que me afecta si estoy cobrando la renta agraria ? Gracias

  • Jose

    Hola llevo dos años cobrando el subsidio agrario para mayores de 52 años,y tengo una duda el mes de agosto trabaje 26 dias, en septiembre 23 y este mes (octubre ) si trabajo mas de 23 dias,me quitarian el derecho de seguir cobrando?.

    GRACIAS

  • francisco

    hola llevo cobrando la rente agraria desde el 2010. en juniodel 2019 cumplo los 52 .tendre derecho al subsidio para mayores de 52….En total tengo mas de 25 años cotizados, mas de la mitad en regimen general ,Gracias

  • Josemari

    Hola quería preguntar lo siguiente .llevo muchos años ya en el subsidio agrario .de los de antes .y resulta que yo cobro 6 meses al año con las 35 jornadas ..Ahora otro 6 meses que no cobro .mi pregunta es que yo tengo que volver a echar los papeles en enero .y empezaría a cobrar los 6 meses en febrero ….asta hay todo bien yo terminaría de cobrar en julio …pero resulta que en abril. Yo cumplo los 52 y claro que debo de hacer pararlo en abril o esperar al terminar en julio gracias

  • jesus

    hola me llamo jesus tengo actualmente 51 años .y cumplo los 52 años el dia 1 de enero .tengo cotizado, en la seguridad social 37años y soy del regimen agrario antiguo.termino de cobrar en diciembre
    y debo solicitar en junio 2019 , debo de echar joradas ,solicitare mayores de 52 años. espero contestacion gracias

    • Si cumples los requisitos para cobrar la de mayores de 52 año, no haría falta jornadas.

      De cualquier forma, te recomiendo que acudas a SEPE y lo preguntes cuanto antes para saber a qué atenerte.

      Salu2.

  • juan cosano

    tengo 52 años y estoy cobrando el subsidio, pero mi pareja a empezado a trabajar en una empresa. mi pregunta es,¿que tope de renta anual para que no deje de cobrar el subsidio?.
    siendo 2 miembros en la unidad familiar.

  • JESUS

    buenas tardes mi preguntas es que he visto aqui internet lo del subsicidio de 52 años
    no tiene que ver nada con el que voy a solicitar yo el año que viene regimen especial agrario de 52 años . y vivo con mi hermano y el cobra pension de orfandad de 690 euro. eso me perjudica ami

    por que no es hijo a mi cargo ni nada solo vivimos piso de mis padres
    espero pronto repuesta jesus

  • Angela

    Hola, yo cobro el subsidio de los 52 años, mi pregunta es: mi hijo tiene 26 años, se considera parte de la unidad familiar y tengo que presentar sus ingresos a la hora de volver a solicitarlo? Gracias.

  • jesus

    mi preguntas ya cumpli 52 años, soy del comunitario¡ antiguo tengo en la seguridad social cotizado 37 años, y soy soltero vivo con un hermano que cobra orfandad 690
    euros, voy a echar lo de mayores de 52 años de regimen agrario especial
    solicito en junio de este año
    documentacio que necesito par solicitar gracias

    jesus

    • Documentación a aportar:

      Modelo oficial de Solicitud, que incorpora la declaración de rentas del solicitante y de los familiares que convivan
      con él, los datos para la domiciliación bancaria del pago del subsidio, la suscripción del Compromiso
      de Actividad y la autorización para recabar información de otros organismos tanto del solicitante como de los
      miembros de su unidad familiar.

      Documento de identificación del solicitante y de los familiares que conviven o están a su cargo que figuren
      en la solicitud (solamente es necesaria su exhibición para verificar los datos):

      – Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
      – Extranjeros residentes en España:

      ···Comunitarios: Certificado de registro de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el
      pasaporte o documento identificativo en su país de origen.

      ···No comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) y el pasaporte.

      Libro de Familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.

      Resolución judicial o escrito de formalización del acogimiento.

      Sentencia y/o Convenio regulador, en caso de separación o divorcio.

      Salvo que la empresa esté incorporada al sistema Certific@2, certificado de Empresa que acredite la situación
      de desempleo con las últimas jornadas trabajadas.

      En caso de que la Entidad Gestora lo requiera, deben presentarse los justificantes de rentas.

      Saludos.

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