Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
24 de marzo de 2011

Control o prueba de alcoholemia

Los controles de alcoholemia son algo muy habitual, y en caso de conducir habiendo ingerido alcohol puede conllevar graves sanciones.

Sin embargo, conviene saber qué derechos tenemos en caso de que nos paren, cuántas pruebas de alcoholemia deben realizar, qué tiempo debe transcurrir entre ellas, y qué tasa de alcoholemia de entre todas las pruebas se deberá tener en cuenta para imponer la sanción y multa correspondiente.

Te aclaramos todas las consultas sobre este tema.

¿Quiénes están obligados a somerterse a una prueba de alcoholemia?

Todos los conductores de vehículos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, así como todos los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación.

¿Cuántas veces «hay que soplar» o cuántas pruebas hacen en un control de alcoholemia?

  • 1ª prueba: se hace con el etilómetro digital (alcoholímetro):
    • Si la tasa de alcohol es inferior al máximo permitido: en este caso podremos continuar de forma inmediata.
    • La tasa de alcohol es superior al máximo permitido (el test es positivo) o, aún sin alcanzar estos límites, la persona examinada presentara síntomas evidentes de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente realizará una 2ª prueba de alcoholemia para una mayor garantía y a efecto de contraste, pero con un etilómetro evidencial de mayor precisión.
  • 2ª prueba: se realizará como hemos comentado antes, con el etilómetro evidencial.

En este caso la 2ª prueba se suele repetir en la furgoneta de los atestados con dicho tipo de etilómetro tal como indicamos a continuación.

Este etilómetro es un aparato de medición y de precisión. La calibración esta controlada periódicamente por un laboratorio de metrología oficial.

El conductor sometido a estas pruebas tiene derecho a controlar, por sí o por cualquiera de sus acompañantes o testigos presentes, que entre la realización de la primera y de la segunda prueba transcurra un tiempo mínimo de 10 minutos.

En el caso de que hicieran otra 3ª prueba, sería de nuevo con el etilómetro evidencial.

Si en la 1ª prueba diera positivo, y en la 2ª prueba no, ¿me sancionarían?

No. Si el resultado de la segunda prueba fuera negativo, es decir, no superara los límites de alcohol establecidos, no existiría infracción.

En un control rutinario de alcoholemia, la prueba que valdría legalmente sería la 2ª que es la hecha con el etilómetro evidencial y no con el digital que es con el que se hace en un primer instante.

Si hacen dos pruebas con el etilómetro en la furgoneta de atestados y dan diferente tasa de alcohol, ¿cuál de ellas tendrán en cuenta para la sanción?

En caso de que las pruebas con el etilómetro evidencial dieran dos resultados diferentes, por el principio «in dubio pro reo«, es decir, ante la duda, se tomará en cuenta sólo la tasa más baja de las dos.

En caso de dar tasa positiva, ¿se puede solicitar prueba de análisis de sangre?

. Tendrá derecho a contrastar los resultados obtenidos mediante análisis de sangre, orina u otros análogos, que el personal facultativo del centro médico al que sea trasladado estime más adecuados.

Para ello el agente de la autoridad adoptará las medidas más adecuadas para su traslado al centro sanitario más próximo al lugar de los hechos.

¿Es gratuita la prueba del análisis de sangre?

No. El importe de dichos análisis deberá ser de forma general, previamente abonado por el interesado y con él se atenderá al pago cuando el resultado de la prueba de contraste sea positivo;

Por el contrario, será a cargo del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o de las autoridades municipales o autonómicas competentes cuando sea negativo, devolviéndose el depósito en este último caso.

Esta prueba no es barata precisamente, pudiendo variar su precio entre 120 y 250€ aproximadamente.

Diferencias entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol

Hay que diferenciar entre que te paren por un control rutinario de alcoholemia o por circular bajo signos evidentes de estar bajo las influencias del alchol.

  • Si las diligencias son por influencia (signos de circular bajo efectos del alcohol) serán suficientes el resultado del digital indicado en el alcoholímetro digital, y por supuesto los signos y reacciones externas.
  • Si se trata de una parada por control o tasa de alcoholemia, es necesaria además del alcoholímetro, la 2ª prueba con el etilómetro evidencial para contrastar.

Inmovilización del vehículo.

Si el resultado de las pruebas fuera positivo, el agente podrá proceder a la inmovilización del vehículo, mediante su precinto u otro procedimiento efectivo que impida su circulación.

Salvo que pueda hacerse cargo de la conducción del vehículo otra persona debidamente habilitada.

En el caso de que no se pueda inmovilizar el vehículo sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas se procederá a la retirada y depósito del vehículo en otro emplazamiento o depósito municipal si procede.

También podrá inmovilizarse el vehículo en caso negativa a efectuar las pruebas de alcoholemia.

La inmovilización del vehículo dejará de tener efecto tan pronto como desaparezca la causa que la motivó o pueda sustituir al conductor otro que esté habilitado y en condiciones para conducir.

¿Quién deberá correr con los gastos de inmovilización o traslado y depósito del vehículo?

Los gastos que pudieran ocasionarse por la inmovilización, traslado y depósito del vehículo serán de cuenta del conductor o de quien legalmente deba responder por él.

Artículos relacionados:

224 comments to Control o prueba de alcoholemia

  • fernando mariscal perez

    Hola bueno tengo una pregunta en concreto,tuve un accidente y resulte grave,no me hicieron la prueba de alcoholemia y la compañia de seguros me la pide y ahora el hospital me a entregado el parte medico de la ambulancia donde el medico que me asistió a escrito conductor ebrio, bueno mi pregunta es ¿ puede ser valido la version del medico sin la prueva de alcohol? gracias y espero ayuda ya que mi abogada esta perdida.

    • Hola Fernando.

      Tendrías que revisar las condiciones particulares de tu póliza, para ver que te indica en caso de conducción bajo los efectos del alcohol.

      En muchas aseguradoras en caso de conducir bajo ese estado te excluyen muchas coberturas.

      En el caso de que en el parte médico indique estado ebrio, podrías tener problemas, ya que aunque no indique la tasa exacta, en la póliza no suele concretarse cual es la permitida y la aseguradora podría remitirse a las condiciones firmadas en póliza.

      Intenta no entregar ese parte médico o entregar otro que dispongas de los daños donde no indique que estabas ebrio para evitar tener inconvenientes..

      Salu2

  • javier

    hola a mi me me cojieron los munucipales de mi barrio, os cuento, me vieron ya bajandome del coche e iva sakar dienro del cajero y cuando me dirijia al coche andando me pararon y me dijeron ke no cojiera el coche ke me beian en un estado no muy bueno para conducir y yo como iva morado cuando se fueron volvi a cojer el coche y ya llegando a mi casa me dieron el alto y me pararon, hasta hay todo bien, pero mi pregunta es ke los agente municipales solo me hicieron una sola prueba y ya no me hicieron mas en la cual di 0,79 eso fue en el alcoholimetro digital y no el de presicion y yo pedi otra prueba con el de presicion y medijeron ke lo tenian estropeado y les dije ke me llevaran al hospital lo cual no me llevaron.Entonces
    kerria saber hasta ke punto es ilegal ke solo me hicieran una sola prueba,y si se podria defender de alguna manera ante laley para rebajar la pene ya ke me pusieron 1 año y nueve meses y 2700 eruos de multa
    Bueno un saludo y espero vuestra respuesta

    • Buenos días.

      A partir de 0,60mg/l en aire espirado se considera delito contra la seguridad vial.

      En tu caso, según comentas no siguieron el procedimiento adecuado en estas situaciones. Esto tendrías que haberlo comentado al abogado que tuvieras para indicarlo en el momento del juicio para que se tuviera en cuenta.

      Tendrías que consultar con un abogado para ver si tienes todavía alguna opción para recurrir.

      Salu2

  • juan

    Hola,aver si me explico,yo tube un accidente urbano pegando yo por detras,los agentes municipales me hicieros soplar con el etilometro ese de mano y di o,o la dos o tres veces,al ver q tenia al gun sintoma de embriaguez me llevaron a la maquina de la furgoneta donde sople mas de 20 veces dando error en todas menos en una q di 1,1. Me volvieron a hacer soplar y nada,daba error. En los partes de la denuncia pone error en la segunda prueba en uno y en la denuncia la segunda prueba esta en blanco. Es suficiente para sobreseer el caso,hace mas de un mes y a mi no me ha llegado nada. Muchisimas gracias por las posibles respuestas.

    • Buenos días Juan.

      Si en los partes de denuncia pone error en prueba y ña segunda prueba está en blanco, lo más probable es que finalmente no te envíen ninguna notificación al respecto, así que de momento no te preocupes.

      Y aunque te lo enviarán, esos partes de denuncia te servirán probablemente para justificar que los aparatos de medida no funcionaron correctamente y por tanto las pruebas aportadas no deberían ser válidas.

      Salu2

  • juan

    Muchas gracias por la respuesta, me quedo mucho mas tranquilo.

  • nacho

    hola,el domingo cuando fui a cojer el coche tenia una sancion por estacionamiento,como solo habia dejado el vehiculo ahi 3 minutos me enfade y si le sumas que habia bebido mas de la cuenta…. bueno cuando salia con el coche vi a los municipales y me ceje de tal sancion, ellos me dijeron si habia bebido yo respondi que si. sacaron un alcoholimetro y sople 1ª 0,67 2ª0.56 . total denuncia 500 eur y 4 puntos. mi pregunta es que la denuncia es del ayuntamiento no me dieron esos tickets ni me hicieron mas pruevas con el de precision, tmpoco indica retirada de 1,2,o 3 meses de carnet ni el modelo del alcoholimetro.es legal. yo ya he pagado por eso de la reduccion 50%=250. gracias. un saludo.

  • Andres

    Conduciendo un camion di positivo en un control de alcoholemia con 0,36, mi pregunta era si me retiraran el carnet de conducir, cuantos puntos me quitaran, de cuanta cantidad sería la multa etc… Estamos hablando que soy conductor profesional.

  • Andrés

    Hola, buenos días…

    Tengo una duda, y me gustaría que me la resolviesen.

    De la zona de la que soy, la Policía Local puede multarte con solo hacer una foto de la supuesta infracción que estás cometiendo, sin extenderte la correspondiente multa en el momento en el que se comete dicha infracción, y basta que te la envíen a casa para darte por multado.

    De esta manera, ¿podrían multarte igualmente, sin realizarte la prueba de alcoholemia y sin extenderte la sanción?

    Muchas gracias, un saludo.

    • Buenas tardes.

      No pueden multarte por tasa de alcoholemia sin realizarte los test correspondientes indicados en el artículo superior.

      Respecto a las otras infracciones, pueden multarte sin darte al momento el boletín de la denuncia, en el caso de que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.

      Pero este sería un tema totalmente diferente al de una sanción por alcoholemia.

      Salu2

  • Daniel

    Buenos Dias,
    La verdad es que estoy un poco nervioso porque nunca me han multado y no se como va esto.
    El sabado pasado habia un control de la policia nacional, supongo que fuera un control de drogas.Yo al ver el control me pare y di media vuelta para evitarlo, pero me vieron y salieron por delante. Me piederon el carnet de conducir y el DNI y me hicieron la prueba de alcoholemia dando 0.36 en aire, tengo 4 años de carnet. Le pregunte que sancion tenia y me contesto que el no lo sabia que era su compañero quien lo sabia. Estuvimos esperando un buen rato a que vinieran los de atestados para hacer una segunda prueba, pero al tardar tanto el agente le dijo a mi amigo que cogiera el coche y lo siguiera dejandolo aparcado donde le indicara.
    Así lo hicimos, una vez parado el coche nos dijo que el vehiculo deberia permanecer alli hasta las 8 de la mañana, que iban a estar pasando por la zona y si ven que antes de las 8 de la mañana no esta, tendria otra multa.
    Mi duda es, ¿recibiré la multa por carta certificada a mi casa?, no me dieron ninguna notificacion, ningun papel, no firme nada, ni me informaron de nada. Agradeceria que me comentaran algo ya que estoy hecho un lio. Gracias!

    • Buenos días.

      En el artículo superior puedes ver cómo se procede si se trata de un Control de alcoholemia, o si se trata de que te paran y das tasa de alcoholemia positiva, así como qué derechos tienes si te ves en una situación así.

      Se considera Infracción grave:

      Tasa de alcohol: Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/05/25/perdida-de-puntos-carnet-de-conducir-nueva-ley-de-trafico/

      Así que en tu caso sería por tanto retirada de 4 puntos y 500€ (250€ con la reducción por pronto-pago)

      Eso sí, darte la vuelta en este caso y huir, podría considerarse una infracción más a sumar que no sabemos si te tendrán en cuenta.

      Tendrás que esperar a que te llegue la notificación a tu domicilio.

      Salu2

  • Jorge

    Buenos días,

    Hace unos meses me pararon y dí positivo en el control de alcoholemia, el único documento que me presentaron y firmé fue la citación para Juicios Rápidos. (Me retiraron el cané y me pusieron una sancíón económica).

    Pero no quedó ahí la cosa, un mes más tarde recibí una nueva multa indicando que «….había contravenido las restricciones temporales a la circulación impuestas por los agentes..». Y que me multaban por haberme ausentado de del lugar de inmovilización.
    En ningún momento firmé nada más qye el documento anterior, ni se me indicó nada acerca de que el vehículo quedaba inmovilizado.
    Tan solo me dijeron, verbalmente, que el vehículo no podía llevármelo. (Obvio, estaba bajo los efectos del alcohol).

    Lo retiré horas despues con ayuda de un familiar.

    Cómo puedo alegar esta multa?. En todo momento actué de buena fé…No tenía conocimiento de que retirar el vehículo acarrearía esta multa.

    Qué me indicáis?

    • Buenos días.

      El problema es que aunque no supieras que retirar el vehículo así supondría una multa, para la Administración el desconocimiento de la Ley no te exime de ella, así que alegar eso o que en todo momento actuaste de buena fé, no será suficiente para poder recurrir.

      No sabemos muy bien qué cuantía de sanción te habrán puesto.

      Puedes intentar ponerte en contacto con alguna empresa especializada en recurrir multas a ver qué te comentan, pero en caso de recurrir, si no te lo dan Favorable habrás perdido la reducción del 50% por pronto-pago…

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/09/02/empresas-quitamultas-%C2%BFcomo-recurrir-multas/

      Salu2

  • Hector

    Buenas tardes,
    El sábado di positivo en un control de alcoholemia. Ocurrió todo muy rápido, vi que me seguían y antes de que me dijeran de parar aparque el coche, bien estacionado y me baje del mismo, fue en ese momento cuando estaba fuera del coche cuando se bajaron rápidamente los policías y me pusieron el globo, di 0.45, luego en el de precisión di 0.68 y 0.60, me dijeron que me iban a retirar el carnet, pero conseguí que me repitieran la prueba y di 0.58 y 0.56, por lo que solo me pusieron 650 € y 6 puntos menos. Mi duda esta en recurrir o no la multa, no se si por el hecho de que me pusieran el globo fuera del vehículo con el ya estacionado tengo posibilidades de que me anulen la multa.
    Saludos

Deje un Comentario

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>