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24 de marzo de 2011

Control o prueba de alcoholemia

Los controles de alcoholemia son algo muy habitual, y en caso de conducir habiendo ingerido alcohol puede conllevar graves sanciones.

Sin embargo, conviene saber qué derechos tenemos en caso de que nos paren, cuántas pruebas de alcoholemia deben realizar, qué tiempo debe transcurrir entre ellas, y qué tasa de alcoholemia de entre todas las pruebas se deberá tener en cuenta para imponer la sanción y multa correspondiente.

Te aclaramos todas las consultas sobre este tema.

¿Quiénes están obligados a somerterse a una prueba de alcoholemia?

Todos los conductores de vehículos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol, así como todos los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación.

¿Cuántas veces «hay que soplar» o cuántas pruebas hacen en un control de alcoholemia?

  • 1ª prueba: se hace con el etilómetro digital (alcoholímetro):
    • Si la tasa de alcohol es inferior al máximo permitido: en este caso podremos continuar de forma inmediata.
    • La tasa de alcohol es superior al máximo permitido (el test es positivo) o, aún sin alcanzar estos límites, la persona examinada presentara síntomas evidentes de estar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, el agente realizará una 2ª prueba de alcoholemia para una mayor garantía y a efecto de contraste, pero con un etilómetro evidencial de mayor precisión.
  • 2ª prueba: se realizará como hemos comentado antes, con el etilómetro evidencial.

En este caso la 2ª prueba se suele repetir en la furgoneta de los atestados con dicho tipo de etilómetro tal como indicamos a continuación.

Este etilómetro es un aparato de medición y de precisión. La calibración esta controlada periódicamente por un laboratorio de metrología oficial.

El conductor sometido a estas pruebas tiene derecho a controlar, por sí o por cualquiera de sus acompañantes o testigos presentes, que entre la realización de la primera y de la segunda prueba transcurra un tiempo mínimo de 10 minutos.

En el caso de que hicieran otra 3ª prueba, sería de nuevo con el etilómetro evidencial.

Si en la 1ª prueba diera positivo, y en la 2ª prueba no, ¿me sancionarían?

No. Si el resultado de la segunda prueba fuera negativo, es decir, no superara los límites de alcohol establecidos, no existiría infracción.

En un control rutinario de alcoholemia, la prueba que valdría legalmente sería la 2ª que es la hecha con el etilómetro evidencial y no con el digital que es con el que se hace en un primer instante.

Si hacen dos pruebas con el etilómetro en la furgoneta de atestados y dan diferente tasa de alcohol, ¿cuál de ellas tendrán en cuenta para la sanción?

En caso de que las pruebas con el etilómetro evidencial dieran dos resultados diferentes, por el principio «in dubio pro reo«, es decir, ante la duda, se tomará en cuenta sólo la tasa más baja de las dos.

En caso de dar tasa positiva, ¿se puede solicitar prueba de análisis de sangre?

. Tendrá derecho a contrastar los resultados obtenidos mediante análisis de sangre, orina u otros análogos, que el personal facultativo del centro médico al que sea trasladado estime más adecuados.

Para ello el agente de la autoridad adoptará las medidas más adecuadas para su traslado al centro sanitario más próximo al lugar de los hechos.

¿Es gratuita la prueba del análisis de sangre?

No. El importe de dichos análisis deberá ser de forma general, previamente abonado por el interesado y con él se atenderá al pago cuando el resultado de la prueba de contraste sea positivo;

Por el contrario, será a cargo del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o de las autoridades municipales o autonómicas competentes cuando sea negativo, devolviéndose el depósito en este último caso.

Esta prueba no es barata precisamente, pudiendo variar su precio entre 120 y 250€ aproximadamente.

Diferencias entre Control de Alcoholemia rutinario, y Detención del vehículo por los agentes por circular bajo evidencias de haber ingerido alcohol

Hay que diferenciar entre que te paren por un control rutinario de alcoholemia o por circular bajo signos evidentes de estar bajo las influencias del alchol.

  • Si las diligencias son por influencia (signos de circular bajo efectos del alcohol) serán suficientes el resultado del digital indicado en el alcoholímetro digital, y por supuesto los signos y reacciones externas.
  • Si se trata de una parada por control o tasa de alcoholemia, es necesaria además del alcoholímetro, la 2ª prueba con el etilómetro evidencial para contrastar.

Inmovilización del vehículo.

Si el resultado de las pruebas fuera positivo, el agente podrá proceder a la inmovilización del vehículo, mediante su precinto u otro procedimiento efectivo que impida su circulación.

Salvo que pueda hacerse cargo de la conducción del vehículo otra persona debidamente habilitada.

En el caso de que no se pueda inmovilizar el vehículo sin obstaculizar la circulación de vehículos o personas se procederá a la retirada y depósito del vehículo en otro emplazamiento o depósito municipal si procede.

También podrá inmovilizarse el vehículo en caso negativa a efectuar las pruebas de alcoholemia.

La inmovilización del vehículo dejará de tener efecto tan pronto como desaparezca la causa que la motivó o pueda sustituir al conductor otro que esté habilitado y en condiciones para conducir.

¿Quién deberá correr con los gastos de inmovilización o traslado y depósito del vehículo?

Los gastos que pudieran ocasionarse por la inmovilización, traslado y depósito del vehículo serán de cuenta del conductor o de quien legalmente deba responder por él.

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225 comments to Control o prueba de alcoholemia

  • Fernando Morillo aroca

    Voy con la moto por mi derecha en una avenida sale un coche sin mirar choco ala primera doy positivo y en la segunda no doy me perjudica si tengo juicio ya que la culpa es del otro que no mira gracias

    • Al hacer dos pruebas, se tomaría la tasa de alcohol más baja de las dos. Si en la segunda no diste, entonces no debería tenerse en cuenta en el juicio.

      Salu2 y ánimo

  • David Gonzalez

    De antemano gracias por la ayuda.
    Hace unos días tuve un accidente de tráfico, iba yo solo choqué con un poste de luz. Me hicieron control de alcoholemia en la primera prueba di 0,63 y en la segunda 0,68, me pusieron una multa de 500 € y retirada de 4 puntos. Tengo el seguro a todo riesgo, a mi no me sucedió nada salí ileso. El coche me lo valoraron siniestro total, pero me dice el seguro que hasta que reciban el atestado de tráfico no pueden decirme el importe que abonarían por el.Estoy a la espera.
    ¿Puede ser que el seguro no se haga responsable de todos los daños incluidos el de mi coche? Si fuese así, ¿tengo forma de recurrir que me tienen que cubrir todo?

    • Buenos días

      Nos alegramos que te encuentres bien.

      Respecto a tema que comentas, debes revisar las condiciones particulares de tu póliza, ya que en los casos de circular con tasa de alcohol positiva el seguro puede no cubrirte los daños…

      Y no habría remedio si el atestado lo confirma..

      Salu2

  • Raul sanchez

    Hola, la otra noche volviendo a casa de un cumpleaños me pararon en un control de alcoholemia y marque según ellos 0,30 ( que me parece raro por haber bebido solo 2 copas en toda la noche y hacia ya 2 horas o así pero bueno podría ser) pero no me enseñaron lo que marcó el alcoholimetro, me hicieron estacionar mi vehículo dales los papeles carnet de conducir miraron con la luz esa azul por fuera apuntando a los asientos del coche y me dijo el policía: espera aquí 10 minutos te haremos otra prueba y haber que, pasaron 15 minutos y me contesta el policía puedes irte a tu casa, yo sorprendido me fuí, mi pregunta es ¿ me pusieron alguna multa ? ¿eso se notifica al acto? o fue solo para asustarme.

    • Hola

      Deberían haberte dado el boletín de la denuncia..

      Parece muy raro, y no creemos que te vaya a llegar nada.. Parece más bien que sólo fue para asustarte..

      Así que no te comas la cabeza con el tema. Revisa que la dirección que figura en el Permiso de circulación de tu coche está actualizada por si alguna vez te tienen que notificar algo, y por lo demás olvídate del tema.

      Salu2

  • Pedro

    Al realizarme el control de alcoholemia después de tener un acidente di 030 y a los 10 minutos 027 . Fui denunciado por la otra parte y al ir a recoger el atestado en el mismo me ponen positivo 030 027 y luego 024 . En su día ni me multaron ni me retiraron el carnet . ¿Puede esto causarme problemas judicialmente? pues fui culpable del acidente al no ver una moto que circulaba sin luz en sentido contrario y yo girar a la izquierda

    • Si en el atestado finalmente pusieron 0,24 no supone que superaste el límite de tasas de alcohol. Por ello finalmente no te multaron ni te influye judicialmente para nada.

      Así que no te preocupes.

      Salu2

  • julsi

    Buenas,

    te pueden retirar el carnet si en la segunda prueba del test de alcoholemia se va a correr, estando 45min apartado del vehiculo y teniendo un juicio rapido el dia siguiente por considerarse fuga al no estar en el coche cuando o indicaron?

    gracias

    • Buenos días

      Podrían ponerte la siguiente infracción:

      NO SOMETERSE A LAS PRUEBAS DE DETECCIÓN DE LAS POSIBLES INTOXICACIONES POR ALCOHOL -> 500€ y 6 puntos de retirada.

      Si te quitan esos 6 puntos y como consecuencia de ello se te agota el saldo de puntos, perderías el carnet por 6 meses, independiente de lo que suceda en el juicio rápido…

      Salu2

  • Guadalupe

    Hola, un sabado me hicieron un control de alcoholemia, el cual, despues de soplar 3 veces no emitio ningun numero, es decir, la maquina no funciono correctamente.
    Luego de esto, se lo hacen a la persona que iba conmigo, y ocurrio exactamente lo mismo.
    Me hicieron una multa de todos modos, cuando no estaba bajo efectos del alcohol y sin tener una prueba sobre mi supuesto alcohol en sangre.
    La policia me responde que ambas personas estabamos excedidas (cuando en realidad no lo estabamos ni siquiera un poco) y que por eso la maquina no marcaba. Yo he visto gente que se hace el control y la maquina da hasta 2.00, por lo que creo que me estan mintiendo.
    Es asi?
    Gracias

  • Dani

    Buenos dias!!! Hace 4 años me paró la policial local en un control de alcoholemia, di 0,62 y en la segunda prueba 0,60, me retiraron 6 puntos del carnet y 500 euros (250 con el descuento), en la multa pone conducta 22, mi pregunta es si esto genera antecedentes penales, no me citaron para juicicio, ni tengo ninguna sentencia, me dieron la multa alli mismo y la pague en comisaria, muchas gracias.

    • Buenos días

      No. Tuviste suerte pues te quedaste en el límite y todo quedó en sanción administrativa y no en delito penal, por eso no te llamaron para juicio.

      Así que con la multa de los 500€ y los 6 puntos quedó saldada. No generó ningún antecedente penal, puesto que no fue delito (pero casi)

      Salu2

  • Santiago

    Es obligatorio recojer la boquilla del alcoholimetro cuendo el agente te la da.

  • dalia

    buenos dias,
    me gustaría saber si existe una tasa de error de estos alcoholimetros.
    gracias, un saludo

    • Buenos días

      Sí, el etilómetro de mano tiene un pequeño margen de error. Pero si vas a recurrir alguna sanción en base a eso, es un tema para estudiarlo a fondo..

      Para los etilómetros que llevan más de un año en servicio y, o, que han sido reparados o modificados los errores y desviaciones típicas máximos permitidos, establecidos en el anexo III de la orden ministerial 3707/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado, son los siguientes: Para concentraciones > 0,400 mg/L y 1 mg/ L; EMP = 7,5 % del valor de la concentración; s < 0,007 mg/L. Esto significa que si la lectura del instrumento declarado conforme resulta mayor que 0,400 mg/L y menor o igual que 1 mg/L se puede garantizar que la concentración real de alcohol en el aire espirado por el sujeto sometido al control de alcoholemia es de, al menos, el resultado de multiplicar 0,925 por el valor de lectura obtenido. Cuando en un etilómetro de mano la tasa es positiva debe realizarse la PRIMERA prueba en un etilómetro de precisión. Puedes ver sentencias de ese tipo, por ejemplo: - http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/absuelto-conductor-bebido-por-margen-error-del-test-2380011

      Salu2

  • Lucia

    Hola,, estoy bastante preocupada me pillaron hace un año y e dado positivo 0’88 y ahora me pillaron por segunda vez pero no realize las pruebas Pk me dio un atake d ansiedad y me llevo la ambulancia hasta el hospital ellos lo ponen como si yo me hubiese negado y no era así … ahora consta en los documentos que me dieron que me negué a las pruebas…, y la primera vez k me pillaron ya me pusieron 1200€ d multa me retiraron 8 meses el carnet y lo k más me preucupa eske me dijieron k no podía delinquir en el periodo d seis meses por lo cual solo an pasado tres y claro mi pregunta es: la prueba no la tienen conforme la tasa d alcolhemia y la negativa como dicen ellos sin ser así es delito a someterme a las pruebas que puede pasarme en este caso con este periodo d seis meses …. espero k alguien pueda resolver mi duda urgentemente …. gracias ….

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