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23 de mayo de 2011

Notificación de las sanciones y multas de Tráfico: procedimiento

En el artículo 74 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre establece que:

1. Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la seguridad vial.

¿Qué datos deben figurar en la notificación o denuncia?

En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso:

  • La identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción.
  • La identidad del denunciado, si fuere conocida.
  • Una descripción del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
  • El nombre y domicilio del denunciante o, si fuera un Agente de la Autoridad, su número de identificación profesional.

En las denuncias que los Agentes de la Autoridad notifiquen en el acto al denunciado deberá constar además:

  1. La infracción presuntamente cometida, la sanción que pudiera corresponder y el número de puntos cuya pérdida lleve aparejada la infracción.
  2. El órgano competente para imponer la sanción y la norma que le atribuye tal competencia.
  3. Si el denunciado procede al abono de la sanción en el acto deberá señalarse, además, la cantidad abonada y las consecuencias derivadas del pago de la sanción. art. 80
  4. En el caso de que no se proceda al abono en el acto de la sanción, deberá indicarse que dicha denuncia inicia el procedimiento sancionador y que dispone de un plazo de 20 días naturales para efectuar el pago, con la reducción y las consecuencias establecidas en el artículo 80, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes. En este caso, se indicarán los lugares, oficinas o dependencias donde puede presentarlas.
  5. Si en el plazo señalado en el párrafo anterior no se hubiesen formulado alegaciones o no se hubiese abonado la multa, se indicará que el procedimiento se tendrá por concluido el día siguiente a la finalización de dicho plazo.
  6. El domicilio que, en su caso, indique el interesado a efectos de notificaciones. Este domicilio no se tendrá en cuenta si el denunciado tuviese asignada una Dirección Electrónica Vial.

Las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico darán fe, salvo prueba en contrario, de los hechos denunciados y de la identidad de quienes los hubieran cometido, así como, en su caso, de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.

Notificación de la denuncia.

1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.

2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
  • Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
  • Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
  • Novedad (09/05/2014): Que los agentes se encuentren realizando tareas de vigilancia y control del tráfico o si carecen de medios para perseguir al vehículo que debe ser sancionado.

Práctica de la notificación de las denuncias.

1.- La Administración sancionadora de Tráfico notificará las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial (DEV).

En el caso de que el denunciado no la tuviese, la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento, y en su defecto, en el domicilio que figure en los Registros de la Dirección General de Tráfico.

El sistema de notificación en la Dirección Electrónica Vial (DEV) permitirá acreditar la fecha y hora en que pone a disposición del denunciado la notificación, así como el acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.

2.- Si existiendo constancia de la recepción de la notificación en la Dirección Electrónica Vial, transcurrieran 10 días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que aquélla ha sido rechazada, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

El rechazo se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, y se tendrá por efectuado el trámite, continuándose el procedimiento.

3.- Cuando la notificación se envie el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.

Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se anotará esta circunstancia en el expediente sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega, se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

Si estando el interesado en el domicilio rechazase la notificación, se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, teniéndose por efectuado el trámite y continuándose el procedimiento.

Si el resultado de la notificación es que el interesado es desconocido en el domicilio al cual se dirigió la misma, la Administración procederá a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

(Ley 18/2009, de 23 de noviembre)

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346 comments to Notificación de las sanciones y multas de Tráfico: procedimiento

  • juan

    Hola e tenido una multa de radar y el coche patrulla me a parado me an notificado la correspondiente multa. Si la pago al dia siguiente no tendre notificacion ninguna en domicilio o puedo cambiar la direecion o cacelar la notificacion de conforme e pagado gracias

  • Raimundo Leal

    Quisiera saber el plazo máximo que tiene la DGT para notificar multas de tráfico, y cuando prescriben.
    Gracias.
    Atentamente,
    Raimundo Leal Álvarez

  • jesus

    Buenas tardes hace 10 días me pusieron una multa por mal aparcamiento dejándome el papel en el parabrisas. ¿cuando comienza el plazo de 20 días para pagar con descuento?, ¿el día de la multa o el día en que reciba la multa por correo?

    • Buenas tardes

      El día que te lo recibas notificado por correo, ya que el papel del parabrisas podría haberse extraviado, o que alguien lo cogiera..

      De todas formas, si tienes intención de pagarlo, lo mejor es que lo hagas cuanto antes y así te beneficias de la reducción del 50% y te despreocupas.

      Sino tendrás que estar pendiente de si te la mandan o no, de si tienes la dirección correcta en la base de datos de Tráfico, etc..

      Salu2

  • Antonio

    Hola
    Ayer recogí de mi buzón una multa de 100,00 € por el radar del día 4 de agosto de 2014.
    La comunicación fue por carta ordinaria, pidiendo la identificación del conductor. Además señalan que si pago en un plazo inferior a 20 días tendré una reducción del 50%.
    ¿Es correcta la comunicación por carta ordinaria? ¿Se puede considerar una comunicación fehaciente? ¿Empiezan a correr los plazos desde ayer y puedo perder la posibilidad de reducción?
    Gracias. Un saludo

    • Hola

      Por carta ordinaria no se considera notificación fehaciente.

      Sin embargo, si la sanción es correcta y estás dispuesto a pagarla, pues quizás lo mejor sea abonarla ya, beneficiarte de la reducción y olvidarte del tema.

      Sino a esperar a que te notifiquen por correo certificado.

      Salu2

  • Xavi

    Buenas tardes,
    esta mañana me han dado una sorpresa en la empresa diciendome que tengo una multa con fecha de 2013 inpagada y con fecha de embargo, cuando para mi es la primera notcia que tengo de dicha multa. Como puedo saber cuando se recibió la notificación escrita, y si la hay, puedo averiguar quién firmó la recepción de la multa?.
    Gracias

  • mati

    Hola he recibido una notificación de mi ayuntamiento para pagar una multa de aparcamiento del año pasado de la cual no tenia ni idea y dicen que ya solo puedo pagar que me mandaron dos certificados que no recogí. Supongo que los dejaron en otra casa que tiene el mismo número que la mía y que no vive nadie. ¿Ahora que puedo hacer yo pagaría sin dudarlo pero de haber sabido que estaba multada hubiera pagado con deducción y no con recargos?¿ puedo poner un recurso ? Ellos dicen que no que ya ha pasado el plazo en que se publicó. Gracias.

    • Hola.

      Pide informe al Ayuntamiento sobre esa sanción para ver en qué fechas anteriores y a qué domicilio te han intentado notificar antes y comprobar que han seguido el procedimiento correcto.

      Revisa también el Permiso de Circulación de tu vehículo para ver si figura ahí la dirección correcta o no está actualizada.

      Salu2

  • oscar

    Me. An puesto una multa por utilizar movil o gps pero no me notificaron la multa en el momento ,pues el agente pone por no aber espacio en la calzada para la detencion de los veiculos pues era una calle de doble sentido
    Mi pregunta :es legal esa multa sin notificacion en el acto

  • Maria

    Hola. Tengo duda de si me pudieron poner una multa de radar fijo la semana pasada. Puedo saberlo cuanto antes? ,antes de q me la notifiquen. Gracias

    • Hola.

      Tendrás que espera a ver si te notifican.

      Comprueba que la dirección de tu permiso de circulación sea correcta y actualizada y no le des más vueltas, porque quizás no te pillaron y no te llegue nada .

      Salu2

  • Marc martorell

    Donde deben notificar una denuncia de radar fijo??en el domicilio del vehiculo??o bien en el domicilio del permiso de conducir del titular del vehiculo??

  • Alicia Torres Moreno

    Hola, el Ayuntamiento de donde resido me ha puesto una multa por acceder a la zona restringida al trafico mediante camaras de acceso de control y vigilancia del trafico rodado de un vehiculo no autorizado por importe de 80 Euros el dia 8 de Noviembre, me ha sido notificada en mi domicilio con el escrito de fecha 18 de Diciembre por correo ordinario, la hemos recogido del buzon hoy dia 13 de Enero ya que hemos estado fuera de nuestro domicilio hasta hoy, el plazo de pago era hasta el 7 de Enero, al ser notificada por correo normal mi pregunta es ¿ puedo pagarla por la mitad aun habiendo pasado el plazo que indican? tambien me avisan de que si no identifico al conductor me sancionaran con el doble de la multa, si el conductor es el propietario del coche ¿porque debo identificarlo? les doy las gracias de antemano por cualquier informacion que me puedan proporcionar. Un saludo

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