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23 de mayo de 2011

Notificación de las sanciones y multas de Tráfico: procedimiento

En el artículo 74 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre establece que:

1. Los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico deberán denunciar las infracciones que observen cuando ejerzan funciones de vigilancia y control de la seguridad vial.

¿Qué datos deben figurar en la notificación o denuncia?

En las denuncias por hechos de circulación deberá constar, en todo caso:

  • La identificación del vehículo con el que se hubiese cometido la supuesta infracción.
  • La identidad del denunciado, si fuere conocida.
  • Una descripción del hecho, con expresión del lugar o tramo, fecha y hora.
  • El nombre y domicilio del denunciante o, si fuera un Agente de la Autoridad, su número de identificación profesional.

En las denuncias que los Agentes de la Autoridad notifiquen en el acto al denunciado deberá constar además:

  1. La infracción presuntamente cometida, la sanción que pudiera corresponder y el número de puntos cuya pérdida lleve aparejada la infracción.
  2. El órgano competente para imponer la sanción y la norma que le atribuye tal competencia.
  3. Si el denunciado procede al abono de la sanción en el acto deberá señalarse, además, la cantidad abonada y las consecuencias derivadas del pago de la sanción. art. 80
  4. En el caso de que no se proceda al abono en el acto de la sanción, deberá indicarse que dicha denuncia inicia el procedimiento sancionador y que dispone de un plazo de 20 días naturales para efectuar el pago, con la reducción y las consecuencias establecidas en el artículo 80, o para formular las alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes. En este caso, se indicarán los lugares, oficinas o dependencias donde puede presentarlas.
  5. Si en el plazo señalado en el párrafo anterior no se hubiesen formulado alegaciones o no se hubiese abonado la multa, se indicará que el procedimiento se tendrá por concluido el día siguiente a la finalización de dicho plazo.
  6. El domicilio que, en su caso, indique el interesado a efectos de notificaciones. Este domicilio no se tendrá en cuenta si el denunciado tuviese asignada una Dirección Electrónica Vial.

Las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico darán fe, salvo prueba en contrario, de los hechos denunciados y de la identidad de quienes los hubieran cometido, así como, en su caso, de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado.

Notificación de la denuncia.

1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.

2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
  • Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
  • Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
  • Novedad (09/05/2014): Que los agentes se encuentren realizando tareas de vigilancia y control del tráfico o si carecen de medios para perseguir al vehículo que debe ser sancionado.

Práctica de la notificación de las denuncias.

1.- La Administración sancionadora de Tráfico notificará las denuncias que no se entreguen en el acto y las demás notificaciones a que dé lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial (DEV).

En el caso de que el denunciado no la tuviese, la notificación se efectuará en el domicilio que expresamente hubiese indicado para el procedimiento, y en su defecto, en el domicilio que figure en los Registros de la Dirección General de Tráfico.

El sistema de notificación en la Dirección Electrónica Vial (DEV) permitirá acreditar la fecha y hora en que pone a disposición del denunciado la notificación, así como el acceso a su contenido, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.

2.- Si existiendo constancia de la recepción de la notificación en la Dirección Electrónica Vial, transcurrieran 10 días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que aquélla ha sido rechazada, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

El rechazo se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, y se tendrá por efectuado el trámite, continuándose el procedimiento.

3.- Cuando la notificación se envie el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad.

Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se anotará esta circunstancia en el expediente sancionador, junto con el día y la hora en que se intentó, y se practicará de nuevo dentro de los tres días siguientes. Si tampoco fuera posible la entrega, se dará por cumplido el trámite, procediéndose a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

Si estando el interesado en el domicilio rechazase la notificación, se hará constar en el expediente sancionador, especificándose las circunstancias del intento de notificación, teniéndose por efectuado el trámite y continuándose el procedimiento.

Si el resultado de la notificación es que el interesado es desconocido en el domicilio al cual se dirigió la misma, la Administración procederá a la publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).

(Ley 18/2009, de 23 de noviembre)

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346 comments to Notificación de las sanciones y multas de Tráfico: procedimiento

  • manuel

    Hola recibi una multa con perdida de puntos, que no del carnet, la pague dos dias después, debo recibir alguna notificación o algo, y en el caso de que sea asi como hacer para que llegue a otro domicilio o que me llegue a mi correo, gracias

  • Magda

    Es legal, si una sanción por estacionamiento está abonada en tiempo y forma, aparezca tres meses después en el BOE, haciendo el requerimiento de la identificación del conductor.

  • Natividad

    El día 19 de marzo pasado y estando en obras algunas de las carreteras cercanas a una ciudad, hube de desplazarme en cuatro días casi consecutivos por ellas, encontrando que los cortes viales que se efectuaban variaban cada día, El último, en el que me impusieron una multa, se debió a que al salir de lugar al que había accedido y ver a la pareja de la guardia civil estacionada en esa entrada, parcialmente cortada, pensé que lo mejor era me informasen ellos de mi posible ruta, cuando no era una zona conocida por mi, por lo que desplacé el coche para acercarme, donde me pararon inmediatamente, siendo su primera advertencia si no había visto en esta entrada la prohibición y que por este hecho se me iba a aplicar una sanción de 200 E. Les he indicado que sólo quería su información, pero se han mantenido en su denuncia. Pienso que, precisamente por su cercanía, hubiese sido completamente estúpido cometer conscientemente una infracción cuando, si me he acercado, es porque necesitaba ayuda, sin haber puesto en peligro personas y objetos, ni interceptado u obstruido la circulación. Me han comunicado verbalmente la denuncia, sin entrega de boletín, indicando la enviarían a mi domicilio. Y de ahí surge mi duda si es válida o si era simplemente una forma de intimidación que verdaderamente me ha producido un gran desasosiego, dada mi longeva edad y ser la primera multa en mi larga vida de conductora. Esa es mi pregunta. Perdón por la extensión de mi escrito.

    • Buenos días.

      No te preocupes, seguramente no recibas ninguna notificación de multa y sólo te lo dirían para asustarte o a saber por qué..

      Si recibieras sanción tendrían que indicar por qué no te entregaron el boletín de denuncia en mano, sino podrías alegar.

      Pero tranquila que lo más probable es que no recibas nada. No le des más vueltas al tema en tu cabeza. Estarían aburridos…

      Salu2 y ánimo

  • Natividad

    Muy agradecida por la rápida respuesta y por el ánimo que me das, la verdad es que lo necesitaba, pues la forma de presentarse de uno de los agentes, ya me dejó Kao para poder reaccionar con serenidad, echando de menos la disciplina de cortesía normal de ese Cuerpo, que algunos agentes o no han aprendido o han olvidado, siendo para ellos su cumplimiento pura teoría. Y es una pena porque esa actitud negativa puede quedar reflejada, incluyendo en ella a toda una institución, lo que no es justo, pues no todos son iguales. Reitero mis gracias, con un saludo afectuoso.

  • Ana

    Buenas tardes

    He recibido una notificación de una multa que me pusieron en el mes de septiembre por utilizar manualmente el movil. Pero el problema es que no me había llegado y el viernes me llegó directamente la notificación a un domicilio donde ya no vivo desde hace más de 10 años. Y ya no me dejan pagarlo con reducción y además con sobrecargo.

    Como puedo saber porque me lo han mandado ahí cuando yo y el coche que tengo estamos empdronados en mi actual casa? Cuando me han puesto alguna otra multa me ha llegado a mi actual vivienda asi que no lo entiendo.

    Muchas gracias de antemano

    • Buenas tardes

      Si en el permiso de circulación de tu coche figura tu dirección actualizada, deberían haberlo enviado a ese domicilio.

      Puedes solicitar informe en Tráfico sobre a qué domicilio te han intentado notificar antes y en qué fechas para ver si han seguido el procedimiento correcto.

      Salu2

  • Natividad

    Como referencia para disipar las dudas sobre la notificación de sanciones de tráfico, que era bastante dudosa para casi todo el mundo al que he preguntado y la opinión general era que no recibiría nada, al no haberme sido notificada en el acto ni firmado documento alguno.

    Hoy he recibido el comunicado de la sanción por correo ordinario, indicando se me ha notificado verbalmente, que lleva fecha 6 de abril, pero en el sobre no consta ninguna, por lo que no puedo saber el tiempo que ha permanecido sin depositar en correos y cuando prácticamente ha pasado la fecha razonable para presentar alegaciones.

    Pero estoy muy herida como ciudadana tratada injustamente y veré qué puedo hacer.

    • Pues vaya. Sentimos que al final te la pusieran. Sí que estaban aburridos los agentes..

      En la notificación que te hayan enviado, deben reflejar el motivo concreto por el que no te entregaron el boletín de la denuncia en mano.

      Debe figurar alguno de los motivos que indicamos en el artículo superior en el punto: «Notificación de la denuncia.» Sino podrías recurrir en base a eso.

      Salu2 y ánimo!

  • sergio

    hola perdonar las molestias,hace un año me multaron el radar,a mi no se me notifico nada,despues de un año recibo una carta de hacienda reclamandome el importe de la multa y la el 20 % de demora,que puedo hacer si no recibi ninguna notificacion?tengo algun derecho de reclamar?

    • Hola.

      Puedes consultar en Tráfico antes de nada informe sobre a ver a qué dirección y en qué fecha te intentaron notificar anteriormente para ver si cumplieron el procedimiento correcto.

      revisa también la dirección que figura en el Permiso de circulación de tu coche para ver si está actualizada.

      Salu2

  • sergio

    la otra pregunta es debo pagar y reclamar?o no pago hacienda la denuncia y reclamo dirctamente gracias

  • Jesús

    Las denuncias que se envían al domicilio, que han de ser enviadas por correo ordinario o por correo certificado y con acuse de recibo?

    Es que hoy le ha llegado al buzón a mi compañero una denuncia de un radar, y me extraña mucho que se la hayan dejado en el buzón sin mas trámite que el de depositarla en el buzón.

    Muchas gracias

    • Deben llegar Certificadas. Si van por correo ordinario no son fehacientes y podría no haberla recibido, por lo que a efectos de plazos no cuentan..

      Lo que pasa es que la administración así se ahorra mucho dinero. Y si quién la recibe la paga, pues un certificado que se ahorraron..

      Salu2

  • mari

    Hola, mi pregunta es que me pusieron una multa me la dieron y me dijeron lo de la reducción del 50% antes de 20 días desde su notificación, bien mi pregunta es esos 20 días se cuentas desde que me dieron la multa o devo esperar la notificación a mi domicilio

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