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31 de mayo de 2011

Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.

Transmisión provisional

La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.

Documentación:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.

5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)

6.- Del vehículo.

  • Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
  • Permiso o Licencia de Circulación.

 

Transmisión definitiva

La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Documentación a presentar:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.

6.- Permiso o licencia de circulación.

7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.

6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

 

Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:

1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.

2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.

3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.

5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Autorización del interesado para realizar el trámite.
  • Original de su propio DNI.

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490 comments to Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

  • Maria

    Buenas tardes, hace 7 años compré un vehiculo con mi ex, si bien yo pagué a la financiera solo aparecía en el permiso de conducción como un asterisco, figurando mi ex como titular del coche. No he vuelto a tener contacto con mi ex y no quiero figurar en trafico como titular, ni asterisco ni nada. Que puedo hacer?si tuviera un accidente y no tuviera seguro, tendría yo alguna responsabilidad?muchas gracias.

    • Buenas tardes

      Para quitarte como titular tendrías que ponerte en contacto con tu ex, ya que hace falta su firma en la solicitud de transmisión.

      Si circulara sin seguro, la multa son por ejemplo 1.500€ que corresponderían al titular del vehículo (lo normal es que se la envíen al primer titular).

      Mientras seas cotitular del vehículo podrías tener responsabilidad.

      Así que mejor dejarlo solucionado para evitar problemas.

      Salu2

  • A

    TRAMITE PARA CAMBIAR DE NOMBRE UN VEHICULO DE UN FALLECIDO, PARA PODER VENDERLO
    NO HAY TESTAMENTO,
    HEMOS HECHO DECLARACION DE HEREDERO
    ¿ES NECESARIO HACER CUADERNO PARTICIONAL?
    PODRIAN INFORMAR DE LOS REQUISITOS PARA QUE SEA LO MENOS COSTOSO
    GRACIAS

    • No. La dgt exige Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, con una de las dos cosas se supone que es suficiente.

      De todas formas, puedes llamar a tu Jefatura de Tráfico para confirmarlo antes de ir, ya que ahora hay que pedir cita previa y es bastante jaleo tener que volver si te falta algún documento…

      En el artículo superior puedes ver detallada la documentación que es necesario presentar.

      Salu2

  • jesus

    Hola! Os comento mi caso y a ver que solución me dais:
    En 2011 nos compramos mi novia y yo un coche, el préstamo lo pedí yo porque ella estaba en el paro pero pusimos a ella como titular puesto q iba a ser ella quien le diera uso ya que yo tenía el mio propio. La relación se terminó y el coche se iba a vender y 50% para cada uno pero lamentablemente ella ha fallecido recientemente antes de venderlo…. quería saber que derechos tengo sobre ese coche, gracias

    • Hola,

      Lo primero sentimos lo sucedido.

      El tema es que tendrás que hablar con sus familiares ya que para poder poner ese vehículo a tu nombre deberás conseguir alguno de los documentos siguientes tal como indicamos en el artículo superior:

      Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      Salu2

  • Viviana

    Hola, mi consulta es la siguiente. Quiero hacer cambio de titularidad del auto que era de mi papa que fallecio, a mi nombre. Somos 4 herederos en total, tengo la declaratoria de herederos y un oficio emitido por el juez donde se ceden los derechos de las otras partes, para poder inscribir el auto 100% a mi nombre. En este caso tengo que pagar el costo de transferencia (porcentaje del valor del auto)? Se trata de una transferencia por sucesion.
    Muchas gracias!

    • Hola.

      Tienes que abonar las tasas de Transferencia en Tráfico que son unos 50€, pero no el Impuesto de transmisiones en Hacienda al ser heredado.

      Suponemos que es a ese Impuesto al que te refieres.

      Salu2

  • corina paino rivero

    Buenos días:
    Tengo que cambiar la titularidad del coche de mi padre (fallecido) a mi madre (heredera según el cuaderno particional. Acabo de ver que el plazo para hacerlo es de 90 días pero ese plazo ya ha pasado. ¿Qué hay que hacer ahora?

    Muchas gracias

  • Celestino

    Hola,

    Quiero darle mi coche a mi hija. Entre los documentos que se requieren para hacer el cambio de titular se encuentra «documento acreditativo de la transmisión» (contrato, factura, etc). Puesto que no se lo estoy vendiendo sino regalando, ¿esto es necesario? ¿Tiene que haber un contrato aunque no haya compra/venta? O si no, ¿qué tipo de documento habría que aportar? Muchas gracias.

  • Pablo

    Hola! Os dejo mi consulta por si podéis ayudarme, creo que es un tanto compleja… :S

    Mi padre falleció hace ya casi 9 años. Tenía un vehículo que compró estando casado en régimen de gananciales con mi madre, pero que tiene el permiso de circulación a su nombre. Yo, su hijo, quiero cambiar la titularidad del mismo, pero en el impuesto de sucesiones figura sólo el 50% del vehículo… Dejó testamento, y soy yo el heredero y mi madre la usufructuaria. El transmitente del vehículo quien es? Además hay otro problema: el IVTM no se pagaba en el Ayuntamiento porque mi padre estaba exento… y así ha sido los últimos 9 años…

    Vale la pena cambiar la titularidad ahora o esperar a deshacerse del coche para pagar recargo por los menos años posibles????? Gracias!!!

    • Hola

      Vaya, si es un poco compleja.

      Creemos que lo puedes poner a tu nombre al ser heredero presentando la documentación que puedes ver en el artículo superior.

      Pero te lo deberán confirmar en la Jefatura de Tráfico.

      Sobre los impuestos, como mucho os podrían reclamar el pago de los 4 últimos años, ya que los anteriores en teoría habrían prescrito.

      Quizás si seguís así pasen unos cuantos años más sin tener que pagarlo.. Pero vosotros decidís.. Si lo transferís en este año, el año que viene os tocará empezar a abonarlo.

      Salu2

  • vasilache

    Hola,mi consulta es la siguente:yo vivo en madrid y quero comprar un coche de una persona que es de tarragona,resulta que esta persona todavia tiene los papeles en la gestoria de alicante,que es de donde compro el coche,y de esta gestoria tiene el justificante que emite normalmente para poder circular con el coche.Como puedo prezentar la documentacion para el cambio de nombre si la persona que quiere venderme el coche todavia no tiene el permiso de circulacion en su poder?gracias

    • Hola

      Primero debe transferirse a quien te lo quiere vender y luego ya ya tu nombre.

      Sino tendrías que contactar con el titular que se lo vendió a tu «vendedor»…para transferirlo directamente de él a ti…

      SAlu2

  • angelica Manotoa

    Hola por favor que debo hacer para vender un coche cuyo titular no esta en españa pero esta todos los recibos pagados ITV tambien

  • David

    hola buenas.

    Necesito que alguien me ayude con mi problema.
    Recientemente he adquirido un vehiculo clasico a un particular y me gustaria transferirlo a mi nombre.El vehiculo en si esta de alta en trafico segun e comprobado yo en la gefatura de la dgt, pero el dni del dueño original esta caducado y dicho dueño a fallecido hace varios años.me gustaria saber que tramites son necesarios para arreglar este asunto o si por el contrario se prodria matricular como vehiculo historico ya que me comentaron solo con que tuviera numero de chasis se podria hacer.
    Gracias

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