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31 de mayo de 2011

Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.

Transmisión provisional

La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.

Documentación:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.

5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)

6.- Del vehículo.

  • Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
  • Permiso o Licencia de Circulación.

 

Transmisión definitiva

La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Documentación a presentar:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.

6.- Permiso o licencia de circulación.

7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.

6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

 

Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:

1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.

2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.

3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.

5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Autorización del interesado para realizar el trámite.
  • Original de su propio DNI.

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490 comments to Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

  • Adrian

    hola.
    Me venden un coche pero al parecer el dueño anterior esta muerto,no a dejado testamento,como puedo conseguir ser el titular de ese vehiculo?
    Con una autorizacion del herededo y su dni valdria para justificarlo?

    • Hola

      No. Primero debe ponerse a nombre del heredero y después éste te lo puede vender ya a ti y ya se podría transferir.

      No se puede transferir a tu nombre mientras siga a nombre de la persona fallecida..

      Salu2

  • Carmen

    Mi padre murió hace 19 años , no dejo testamento, dejo un furgón que íbamos a dar de baja, pero se lo quieren llevar para Nigeria , y no puedo darlo de baja porque se lo tendría que dar a un desguace obligado, no se puede dar de otra forma de baja para que se lo lleven, tendría que obtener un documento de s herederos totales para esta gestión , donde lo puedo obtener

    • Para realizar cualquier trámite en Tráfico con ese vehículo, como sería darlo de baja por exportación, primero debe ponerse a nombre del heredero.

      Dado el tiempo transcurrido, lo mejor es que consultéis con la DGT que documentación exacta tendríais que aportar para ello. Es posible que tengais que acudir a un notario para conseguir la documentación que os requieran.

      Salu2

  • Jorge

    Hola, hace 9 años que murió mi madre la cuál era titular del coche. Estaba exenta de pagar el permiso de circulación ya que tenia una minusvalía de más del 60%. Yo era menor de edad y ahora quiero usar el coche pero no sabía que el nombre del titular no había sido cambiado y que no se estaba pagando el permiso de circulación. Tendría que pagar ahora los recibos de estos 9 años? Y podrían multarme? Gracias

    • Hola

      Multarte no.

      Te pueden hacer pagar el importe como máximo de los 4 últimos años. Los anteriores habrían prescrito siempre que no te los hayan intentado reclamar anteriormente.

      Puedes ver los trámites para ponerlo a tu nombre en el artículo superior.

      Salu2

  • Ester

    Mi padre falleció hace dos años y mis dos hermanos y yo heredamos el vehículo que tenía y todavía no lo hemos cambiado de nombre.
    Ahora en tráfico solo se puede poner a nombre de uno.
    Esto quiere decir que los otros dos pierden su % del vehículo?
    Quiero decir a la hora en que se venda dicho vehículo los otros dos no tendrán derecho a reclamar su parte?
    Y si hay que hacerle algo al vehículo (reparación) el hermano titular no le puede pedir a los otros dos que paguen su parte?
    Gracias.

    • Sí, los herederos tendréis que poneros de acuerdo ya que en Tráfico sólo puede figurar un titular.

      El valor del coche se podrá compensar con dinero u otros bienes..

      El hermano titular no podrá reclamar a los demás que abonen nada de la reparación, salvo que quieran hacerlo voluntariamente o de forma amistosa …

      Salu2

  • jose rodriguez

    mi esposa fallecio, y tiene el vehículo a su nombre, quiero pasarlo a mi nombre, que documentacion necesito para transferirlo.

  • Gisella Martin

    Hola mi consulta es como puedo hacer para hacer una tranferencia de una moto de la el titular esta fallecido la cual tiene tres hijos .. se que debo realizar una declaratoria e heredero y que mas? Muchas gracias

  • ROBERTO Gonzalez Rendon

    Mi padre ha fallecido el 10-03-2015 no ha dejado testamento somos 5 hermanos y una hemana como puedo pasar el coche ha mi nombre la matricula es ca-1035-an es biejo pero le tengo mucho aprecio , mi padre tenia la targeta de minusvalido lo cual no pagaba
    Inpuesto de circulacion y en el seguro solo rezaba el esta re ien cobrado cada tres meses, como lo puedo solucionar y que tramites devo de seguir

    • El notario que os tramite la herencia dejará constancia de que ese vehículo sea para ti, poniéndote de acuerdo con el resto de tus hermanos para que así sea.

      Coméntaselo al notario que os vaya a tramitar la herencia.

      Los trámites a realizar en Tráfico los puedes ver en el artículo superior.

      Salu2

  • Alicia

    Hola, nombre y vivo en Madrid en zona de SER. ahora me van a dar un coche de empresa y no me permiten tener 2 tarjetas de residente y me han dicho que puedo poner mi coche a nombre de mi hijo de 17 años. es posible y que tramites tengo que hacer? ?? muchas gracias

    • Hola

      Tendrías que pagar Tasas de Tráfico que son unos 50€, y lo peor, Impuesto de transmisiones en Hacienda que depende del modelo y antigüedad de tu coche…

      Salu2

  • Jose antonio

    Mi suegro falleció hace más de un año. El año pasado nos llegó el IVTM de un vehículo que vendió en 2003 (encontramos el contrato de compra-venta).
    El caso es que el comprador no hizo la transferencia y los IVTM se los iban cobrando a mi suegro a través de embargos.
    Nos posimos en contacto con el comprador, pero nos dice que en tráfico no dejan hacer ahora la transferencia ya que les consta que el titular ha fallecido…..
    ¿Que se puede hacer?

    • Tendréis que llegar a un acuerdo con él, y realizar la transferencia ahora del vehículo.

      Quizás con el contrato de compraventa podáis arreglarlo sin tener que ponerlo primero a vuestro nombre como «herederos»..

      Pero es un caso complicado. tendréis que confirmarlo con la JEfatura de Tráfico a ver qué os comentan…

      Salu2

  • Marcos Sanchez

    Hola:

    Mi tio fallecio hace un año y el vehiculo ( de mas de 15 años) paso a mi madre como heredera, si bien ella no ha realizado el cambio de nombre en tráfico. Ahora hay una persona que quiere el vehiculo y quisiera saber los pasos para transferirlo directamente a esta persona.

    Saludos

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