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31 de mayo de 2011

Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.

Transmisión provisional

La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.

Documentación:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.

5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)

6.- Del vehículo.

  • Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
  • Permiso o Licencia de Circulación.

 

Transmisión definitiva

La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Documentación a presentar:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.

6.- Permiso o licencia de circulación.

7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.

6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

 

Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:

1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.

2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.

3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.

5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Autorización del interesado para realizar el trámite.
  • Original de su propio DNI.

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490 comments to Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

  • Jose

    Hola mi padre falleció hace 4 años, hicimos la declaración de herederos pero no puse el coche a mi nombre. Ahora lo quiero vender, ¿ que tengo que hacer? Y me interesa saber cuanto se tarda en realizar todo la gestión ya que tengo prisa. Resido en madrid. Gracias

  • MARIA

    Hola
    Yo quiero regalarle mi coche a mi padre, y quisiera preguntar que es mejor para los tramites y tasas,si por cesión o haciendo un contrato de compra-venta. Que sería mejor o pagas lo mismo?
    Los tramites los tienes que realizar en la misma comunidad o puedes hacerlos en otra?
    Muchas gracias

  • angel

    Hola tengo 20 anos y mi papa me compro una moto , yo la quiero pasar a mi nombre pero ellos estan separados mi mama tiene que firmarla si estan casados? Mi papa no tiene problema ,se puede?

  • Rosa

    Hola! una pregunta se puede transferir la mitad de un coche, es decir un vehiculo a nombre de dos personas, una de ellas puede transferir su mitad?

    • Hola

      Puedes transferir tu mitad al otro cotitular, y que el coche pase a estar sólo a su nombre.

      A un tercero no va a ser posible, ya que ahora los vehículos sólo pueden tener un único titular en Tráfico.

      Salu2

  • JOANA

    HOLA QUE TAL, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, MI PAPA FALLECIÓ HACE UNOS MESES Y TENIA UNA CAMIONETA QUE ESTABA A NOMBRE DE EL Y DE MI MAMA TAMBIÉN FALLECIDA, ENTRE LOS HERMANOS ACORDAMOS QUE UNO LA SIGA USANDO, PERO EN CASO DE ACCIDENTE CUALES SERIAN LAS CONCECUENCIAS INDIRECTAS A LOS OTROS HERMANOS? QUE SE DEBE HACER PARA QUE LOS OTROS HEREDEROS QUEDEN DESLIGADOS DE RESPONSABILIDADES DEL VEHICULO EN CASO DE ACCIDENTE O CUALQUIER SINIESTRO?

    • Hola

      El vehículo debe ponerse a nombre del heredero (de hecho en Tráfico sólo puede constar un titular)

      Y el seguro a nombre de ese heredero. Así es la forma de que no haya ningún problema.

      (Información facilitada para el caso de España)

      Salu2

  • Diego

    Hola, mi padre falleció en febrero de este año, pero nunca supimos que sólo teníamos 90 días para hacer el cambio de titularidad del vehículo a mi nombre. ¿Va a suponer eso algún tipo de multa?

    Gracias

  • Siham

    hola! mi cuñado ha fallecido hace un mes más o menos, y el coche de el y la moto los tiene mi hermana, y no hachó mi hermana el cambio de nombre, le hice yo un seguro a mi nombré ya q mi hermana no tiene carne de conducir lo esta sacando ahora, y cual fue nuestra sorpresa cuando nos dieron la póliza del coche q el hermano de el había hecho el cambio de nombre a su nombre. sabiendo q todos los papeles del coche los tiene mi hermana y es imposible q tenga acceso allí. q podemos hacer? gracias

  • Joaquin

    Me gustaría que pasos debo de seguir para poner a mi nombre una motocicleta de una persona fallecida hace mas de 10 años y que tan solo tiene la documentación de la compra de la misma.

    Gracias

  • Ángel

    Hola a todos!
    Mi padre falleció hace 2 años y solo dimos de baja el seguro. Hay testamento que deja como heredera a mi madre. La itv no está en vigor y ahora estoy a punto de sacarme el carnet. Mi madre no tiene carnet asin que el coche lo usaré yo. El coche ha estado parado todo este tiempo y el titular sigue siendo mi padre. Por lo tanto tengo que pasar la itv, cambiar el titular y contratar un seguro. ¿Que hago primero?

    • Hola

      Primero debe ponerse a nombre de la persona heredera presentando en Tráfico la documentación indicada en el artículo superior.

      Si ella quisiera que se ponga a tu nombre debeis consultar en Tráfico y en Hacienda qué documentación notarial deberéis presentar en ese caso, ya que en teoría sólo puede ponerse a nombre del heredero.

      Lo primero sería contratar un seguro para poner moverlo y acudir a pasar ITV.

      Y después acudir a Tráfico a transferir y que emitan el nuevo permiso de circulación.

      Salu2

  • carolina

    hola, tengo un coche y esta a nombre de mi padre y lo quiero pasar a mi nombre. Me gustará saber los pasos que tengo que seguir.
    SaLUDOS

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