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31 de mayo de 2011

Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.

Transmisión provisional

La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.

Documentación:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.

5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)

6.- Del vehículo.

  • Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
  • Permiso o Licencia de Circulación.

 

Transmisión definitiva

La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Documentación a presentar:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.

6.- Permiso o licencia de circulación.

7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.

6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

 

Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:

1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.

2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.

3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.

5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Autorización del interesado para realizar el trámite.
  • Original de su propio DNI.

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490 comments to Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

  • alvaro

    hola! primero felicitarte por dar toda la informacion, es de gran ayuda!!

    mi pregunta es… que pasa se pasan los 90 dias que se comentan? mi padre fallecio hace un año, no llega y estoy gestionando ahora eso… presentando todo los papeles como transmision definitiva… tendria algun problema por pasar tanto tiempo?

    gracias!!

  • miguel

    buenas!
    mi caso va de que mi abuelo murió en agosto de 2002 y su coche lo guardamos en el parking y nunca mas a vuelto a salir a la calle, y ahora queríamos recuperar lo. queremos cambiarlo de nombre. que es lo que tenemos que hacer exactamente??? tengo el papel de las ultimas voluntades y los papeles del coche correctos con itv y impuestos pagados. que hago? me faltara algun papel?
    gracias por atenderme.

    • Buenas

      En el artículo superior puedes ver detallada la documentación a presentar en Tráfico para que se ponga a nombre del heredero y conseguir así el Permiso de circulación para poder circular.

      Salu2

  • jose maria

    Tengo un ciclomotor de 1970 mobylette. Mi padre fallecio en 1999 y quiero hacer el cambio de nombre. Que documentacion necesito y donde tengo que dirigirme. Gracias

  • Carol

    Donde puedo descargar el imoreso que deben firmar los herederos para venderme el vehículo de su madre que ha fallecido

  • Estela

    Hola! Mi pareja es extranjera y reside en el Reino Unido. Está interesado en comprar una moto de segunda mano para pasar el verano en España, pero luego se la llevará a Londres. Para este tipo de casos, qué necesita exactamente para hacer el cambio de titularidad? Gracias

    • Hola

      Para poder ponerla a su nombre necesita presentar entre otras cosas.. en Tráfico (DNI, permiso de conducción español,
      tarjeta de residencia, o sino pasaporte más Número de
      Identificación de Extranjeros).

      Sino no la podrá poner a su nombre y tendría por tanto que alquilar una o ponerla a nombre tuyo o de algún conocido tuyo que resida en España.

      Salu2

  • rosa ordoñez

    Hola
    como puedo poner el coche de mi padre fallecido a mi nombre si en la declaración de la herencia somos tres y no especifica que se adjudique a nadie en concreto, con lo cual suponemos que el coche es de los tres, pero mi madre y hermano me le han dado y lo uso yo gracias

    • Hola

      En el artículo superior puedes ver detallada la documentación que hay que llevar a Tráfico para ponerlo a tu nombre.

      Entre otras cosas piden:

      Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      Lo mejor es que llames a la Jefatura de Tráfico y consultes si llevando las escrituras de herencia y una declaración jurada de los 3 firmada donde digan que te ceden al coche valdría.

      O sino tendrías que acudir al notario que tramitó la herencia para que te expida el documento donde indique en concreto que el coche te lo quedas tú..

      Salu2 y ya nos contarás

  • Ana

    Si a los 90 días de la transmisión temporal no se hace la definitiva que sucede?

    • Pues lo cierto es que no figura en ningún sitio qué ocurre si no vas en ese plazo..

      No creemos que pongan recargo y si lo hacen creemos que no debería ser mucho.

      Pero lo mejor es que te asegures llamando a tu Jefatura de Tráfico.

      Y ya nos dirás a ver qué te dicen ya que es muy buena pregunta..

      Salu2

  • Paula

    Hola, quiero cambiar la titularidad de mi coche, que estaba a nombre de mi padre antes de fallecer él, a mi nombre. Mi pregunta es, ¿tiene que tener la última itv pasada? Es que se caducaba en febrero pero como el coche está viejo y no lo uso no he ido a pasarla…
    Gracias! =)

    • Hola.

      No hace falta que pases la ITV.

      Se puede hacer el cambio de titular y quedará anotado en Tráfico, con la ITV caducada, lo único es que no te emitirán el Permiso de circulación para poder circular hasta que no pases la ITV.

      Puedes ver la documentación que tienes que llevar a Tráfico para hacer la transferencia en el artículo superior.

      Pide cita previa antes de ir.

      Salu2

  • Ruben

    Hola. Mi caso es el siguente. Mi coche esta a nombre de 3 titulares,y lo he vendido.Uno de ellos fallecio el año pasado. Sus herederos me han dado un poder como que no lo quieren, pero en el impuesto de sucesiones no lo metieron en su dia y no lo quieren ni van a modificar. Al ir a trafico dicen que esta a nombre de 3 personas, y en hacienda no les consta, es la pescadilla que se muerde la cola. Como podria hacerlo?

    • Hola

      Debes acudir a Tráfico para que te indiquen qué documento es necesario presentar para poder transferirlo en este caso. En principio lo que Tráfico pide (aparte de los documentos generales que puedes ver en el artículo superior) es:

      4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      También puedes acudir al Notario donde se tramitó la herencia para que te indique cuál de esos documentos es más fácil de conseguir y que te lo emita para Tráfico.

      Salu2 y ya nos contarás.

  • Rosa

    Mi caso es el siguiente, mi padre vendió su coche este verano(tenemos el contrato privado) la mala fortuna quiso que falleciera de repente a los 20 días, nosotras nos olvidamos del tema coche, puesto que ya se vendió. Ahora cuando hay que pagar el sello, le llega este al domicilio de mi madre, y a nombre de sus herederos, llamamos al comprador y dice que el pagará el sello, pero ahora la gestora nos pide la declaración de herederos, y el pago de la plusvalía. Tenemos que dársela? Por qué pasa esto? Es que la Gestoria no cambió la titularidad? Puede perjudicarnos, el coche no aparece en la herencia,puesto que ya se había vendido .

    • El problema es que el coche no se transfirió antes de que tu padre falleciera.. Así que a los efectos es como si se hubiera vendido después…

      Así que para poder transferirlo, ahora debe ponerse a nombre del heredero y después ya podrá pasar a nombre del comprador..

      Para poder transferirlo a nombre del heredero hay que presentar en Tráfico entre otras cosas como podeis ver en el artículo superior lo siguiente:

      – 4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      Así que tendreis que acudir al Notario que os tramito la herencia para que os gestione el documento necesario de los indicados para poder seguir adelante con los trámites…

      Esperamos haberte aclarado un poco.

      Salu2 y ánimo

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