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31 de mayo de 2011

Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

Indicamos los trámites necesarios a realizar en tráfico para llevar a cabo la transferencia, cambio de titular o poner a nuestro nombre un vehículo cuyo titular haya fallecido o las gestiones a realizar por parte de quién disponga del vehículo mientras se realiza la adjudicación del mismo a uno de sus herederos.

Transmisión provisional

La persona que tenga a su cargo la custodia y el uso del vehículo mientras se adjudica a uno de los herederos, deberá notificar tal circunstancia a la Jefatura de Tráfico, dentro de los 90 días siguientes a la defunción del titular del vehículo, presentando la siguiente documentación:.

Documentación:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción provisional a su nombre. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Certificado de defunción del titular del vehículo, con fotocopia, o Libro de Familia donde conste el fallecimiento y fotocopia.

5.- Documento que acredite la custodia, posesión o uso del vehículo (folio rellenado por uno mismo declarando bajo juramento donde se indiquen los datos del solicitante y del titular fallecido del vehículo acreditando su custodia)

6.- Del vehículo.

  • Tarjeta de Inspección Técnica con reconocimiento en vigor, en el que se anotará la adjudicación provisional.
  • Permiso o Licencia de Circulación.

 

Transmisión definitiva

La persona que resulte adjudicataria definitiva del vehículo deberá solicitar de la Jefatura de Tráfico, en el plazo de 90 días contados desde la fecha del documento que le acredite como tal, la expedición a su nombre del nuevo permiso o licencia de circulación.

Documentación a presentar:

1.- Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico para la inscripción del vehículo a nombre del heredero. Si el solicitante es menor de edad o incapacitado deberán constar en la solicitud, además, los datos y la firma de la persona que lo representa.

2.- Tasa por el importe legalmente establecido.

3.- Del nuevo titular será necesario presentar:

a) Personas Físicas

Original del documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular:

Nacionales:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) en vigor del interesado o Permiso o Licencia de Conducción.

Extranjeros:

  • Tarjeta de Residencia en vigor o, en su defecto, Documento de identidad del país de origen (para ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza) o Pasaporte o Certificado de Nacionalidad si es ciudadano de un tercer país junto con el Número de Identificación de Extranjero (NIE)
  • Documento original que acredite su domicilio en España, si éste no figura en su documentación de identidad de extranjero (Ej. Escritura de propiedad, contrato de alquiler, tarjeta censal o certificado policial).

b) Personas Jurídicas

  • Original de la Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad (CIF).
  • Original del DNI, Pasaporte, Documento de identidad de extranjero del representante y NIE
  • Documento original que acredite a éste poder para actuar en nombre de la sociedad (modelo disponible en www.dgt.es).

c) Menores de edad o incapacitados

  • Además presentarán Original del DNI en vigor del padre, madre o tutor u Original de la Tarjeta de Residencia en vigor del padre, madre o tutor.
  • Documento original que acredite el concepto por el que actúan. (Ej. Libro de familia, resolución judicial, etc.).

4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

5.- Justificación del pago o exención del Impuesto sobre sucesiones y fotocopia.
La información y los impresos de este impuesto pueden obtenerse en las Delegaciones del órgano competente en materia de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente a su domicilio, o Delegación de la Agencia Tributaria, en el caso de Ceuta y Melilla.

6.- Permiso o licencia de circulación.

7.- Tarjeta de inspección técnica con reconocimiento en vigor o certificado de características.

6º Si se trata de un vehículo especial agrícola, documento acreditativo de baja y alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.

 

Notas importante de conocer antes de trámitar la transferencia del vehículo:

1. Si el vehículo tiene una matrícula con siglas de otra provincia, y se solicita simultáneamente la transferencia y una nueva matrícula deberá aportar nueva Tarjeta de Inspección Técnica con sus copias, que se obtendrá previa inspección técnica del vehículo y abono de la tasa legalmente prevista.

2. La existencia de una orden de precinto inscrita en el Registro de Vehículos impide la expedición del permiso de circulación, por lo que ésta deberá cancelarse previamente.

3. Cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, deberá cancelarse previamente, salvo consentimiento expreso de la Financiera.

4. El impago de sanciones impuestas por infracciones de transportes que consten en el Registro de Vehículos, será un impedimento para el trámite, por lo que deberán abonarse previamente.

5. Cuando la documentación no sea presentada por el adquirente, la persona que lo representa deberá llevar:

  • Autorización del interesado para realizar el trámite.
  • Original de su propio DNI.

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490 comments to Transferencia o cambio de titularidad vehículo: fallecimiento del titular

  • Carmen

    Hola quiero vender el coche pero lo tengo a nombre de mi padre y el falleció tengo el testamento y la renuncia del coche como herencia de mi madre y mis hermano mi pregunta es debo pasarlo a mi nombre si ya un amigo que tiene un compra-venta de coches me lo compra o puedo ponerlo directamente a su nombre???

    • Hola.

      No lo puedes vender directamente. Primero debe ponerse a nombre de quien lo haya heredado, presentando en Tráfico la documentación que puedes ver en el artículo superior.

      Y luego ya se puede transferir a quién tú quieras.

      Saltarte ese paso supone saltarte impuestos que hay que papar (como las tasas de Tráfico), y eso ya sabes que no lo permiten.. 😉

      Salu2 y suerte con la venta

  • yolanda

    Yo tambien tengo q cambiar de nombre el coche q estaba a nombre de mi padre y ya hace 8 años q fallecio.He visto q el plazo es de 90 dias desde la adjudicacion de herencia,q me correspondio a mi.Siendo q hs pasado tanto tiempo,tendre algun problema?gracias.

    • No creemos que tengas inconveniente.

      Solicita cita previa a Tráfico y acude con la documentación detallada en el artículo superior para poderlo transferir a tu nombre si eres tú quien lo ha heredado y ya está.

      Salu2

  • ANTONIO

    Hay un hombre que vende un tractor. Yo quiero comprárselo. Me pongo en contacto con él y me comenta que no tiene papeles. Resulta que el hombre compró una finca donde estaba el tractor del que hablemos. Al morir el dueño de la finca los herederos la vendieron con todo lo que había en las misma, sin hacer distinciones a los elementos. Cuando el comprador de la finca ha empezado a revisar los papeles se da cuenta de que no tiene ningún documento del tractor. El Tractor no esta matriculado, ni dado de alta. se ha dirigido a la casa, en este caso Jonh Deere y no le han podido aportar nada. Me imagino (no se) que los herederos que le vendieron la finca no querrán saber nada. la pregunta que quería plantearon es: Tengo mucho interés en el tractor porque reúne las condiciones que preciso pero ¿Cómo se puede legalizar este tractor?. por favor me puede informar alguien. muchas gracias

    • Buenas tardes

      El caso que comentas, no es muy habitual… Tendrías que acudir a tu Jefatura de Tráfico y ver qué te comentan. Quizás te soliciten declaración en notario para certificar lo que comentas y poder solucionarlo y ponerlo a tu nombre.

      Si no dispone de Ficha técnica tendrías que acudir a la ITV a solicitarla.

      Pero antes de nada aclara el tema con la DGT a ver qué te comentan.

      Salu2 y ánimo.

  • ANTONIO

    Disculpa, me parece que me he confundido de sitio. son nuevo en esta web y no se donde hacer la pregunta. perdona

    • No te preocupes. Sí que corresponde en cierto modo con el hilo del tema que se trata.

      Respondido en comentario anterior.

      Salu2! Y esperamso qeu lo puedas solucionar bien y rápido. Ya nos dirás a ver qué te comentan en Tráfico ok.

  • hola soye carlos

    tengo un amigo argelino que tene un coche por numbre de soy mujar aque en espania pero soy mujar fallecido un argelia que tene que aser para cambiar nombre e vendirlo gracis

    • Si el coche tiene matrícula española y estaba a nombre de su mujer fallecida, para poder venderlo primero debe transferirse a nombre de quien lo haya heredado, presentando en Tráfico la documentación que puedes ver en el artículo superior.

      Una vez puesto a nombre del heredero, podrá transferirse o venderse a quien quiera.

      Salu2

  • Carmen

    Cómo poner a mi nombre el coche de mi padre fallecido. No está puesto en la herencia y falleció hace casi un año. Gracias

    • Buenos días.

      En el artículo superior puedes ver la documentación que hay que presentar en Tráfico para poder ponerlo a tu nombre.

      Como ahí ves, uno de los documentos que exigen es:

      – 4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      Por lo que es posible que no te quede más remedio que acudir al notario que tramitó la herencia para que te indique cuál de esos documentos es más fácil y económico de conseguir para presentar en Tráfico.

      Salu2 y ya nos contarás.

  • Antonio

    Buenos, días. Mi mujer y yo utilizamos un coche que está a nombre de mi suegra, fallecida hace diez años. En aquel momento mi mujer y su hermano pasaron por notaría para formalizar la herencia, pero olvidaron incluir el coche. Hoy he sabido que el plazo para la transmisión es de 90 días y que para ponerlo a nombre de mi mujer (heredera legítima) hay que presentar el testamento o documento de últimas voluntades. Hago dos preguntas: ¿se puede transferir la propiedad después de tantos años y, en caso afirmativo, el impuesto de sucesiones vendrá incrementado por la demora? ¿Qué sucede si el vehículo no figura en el testamento de la fallecida? Espero su respuesta. Muchas gracias.

    • Buenos días

      Sí, aunque haya transcurrido ese tiempo, se puede transferir, no os preocupéis.

      En el artículo superior podéis ver la documentación que debéis presentar en Tráfico para ello (ir al punto de transferencia definitiva directamente)

      Como hay que presentar (Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo) es muy posible que tengáis que acudir al Notario para solicitar la expedición de alguno de esos documentos, donde indique los datos del vehículo, y a quién se adjudica.

      Acudir de todas formas a Tráfico a consultar si una declaración jurada valdría, por si acaso.

      Salu2

  • YOVANA LENDINES NUÑEZ

    Como transferir titularidad de un coche, habiendo fallecido el dueño, tener dos hijos, el mayor, bajo documento renuncia a la herencia del padre, el menor (vendedor) ESTA BAJO LA TUTELA DE LA MADRE Y NO EXISTE NINGÚN DOCUMENTO QUE ACREDITE NI COMO PAREJA DE HECHO NI COMO MATRIMONIO, PERO SI LIBRO DE FAMILIA. El fallecimiento sucedió en mayo del año pasado.
    El coche esta parado desde entonces, ha caducado el seguro y no se ha pagado el impuesto de circulación del ayuntamiento.
    Espero su respuesta. Gracias por adelantado, un saludo.

    • Buenos días

      La única forma de transferir en Tráfico es presentando en la DGT la documentación que puedes ver en el artículo superior.

      Entre los documentos necesarios figura (4.- Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo) por lo que tendréis que acudir al Notario que tramitó la herencia para que os indiqué cuál de esos documentos es más sencillo y barato de conseguir y os lo tramite.

      Si queréis vender ese vehículo a alguien, primero debe ponerse a nombre de la persona que lo herede realizando los trámites que os hemos comentado, y hecho eso ya se podría vender o transferir a quien querais.

      Salu2!

  • Pepe

    Hola,

    ¿La solicitud que hay que presentar es la misma que la del cambio de titularidad por compraventa, que viene en la página de la DGT? Es que no encuentro ninguna solicitud específica para el caso de herencia.

    En ese caso, ¿hay que rellenar solo los datos del adquirente -comprador-?

    • Hola

      El impreso es el mismo que hay de forma general para el cambio de titular:

      Impreso cambio titularidad en la DGT

      Rellena los datos del comprador, en vendedor sería los datos del fallecido, haciendo constar este hecho en las observaciones.

      En cualquier caso, si dudas puedes dejar las casilla sin rellenar y completarlas allí mismo al presentarlo donde te indicarán la forma correcta.

      Salu2

  • Jose Manuel Martinez

    Buenas noches, mi pregunta es la siguiente. Mi suegro falleció hace dos años. Dejo testamento al 50% para la esposa y 25% para cada una de sus dos hijas. Tenemos realizada la declaración de herederos y la herencia registrada. El coche todavía no lo hemos cambiado de nombre, solo el titular del seguro. Que tramite hay que hacer para cambiarlo de nombre a una de las herederas y cuanto saldria más o menos en pago de tasas.
    Un saludo y gracias por su atencion

    • Buenos días

      Las herederas deben ponerse de acuerdo en quién se queda ese vehículo.

      Y acudir al notario para que les entregue alguno de los siguientes documentos donde figure a quien se ha adjudicado:

      – Testamento acompañado del Certificado de Últimas Voluntades, Declaración de Herederos, o Cuaderno Particional, en el que conste la adjudicación del vehículo.

      El resto de documentación a presentar en Tráfico para transferir el vehículo la podéis ver en el artículo superior.

      También antes de nada podéis acudir a la Jefatura de Tráfico para ver si presentando copia de testamento junto con declaración jurada que firmen todos los herederos indicando quien se queda el vehículo es suficiente y os ahorrais acudir al notario..

      Salu2!

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