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12 de julio de 2011

¿En qué plazo prescriben las sanciones o multas de Tráfico?

Todos en alguna ocasión hemos cometido alguna infracción de Tráfico y muchas veces nos queda la duda de si nos llegará la multa o si con un poco de suerte no llegará nunca.

Para no estar tanto tiempo preocupados con qué pasará, indicamos el plazo en que las multas de Tráfico y los antecedentes de las infracción cometidas prescriben.

¿En qué plazo prescriben las sanciones de Tráfico?

El plazo de prescripción de las infracciones desde la última modificación de la Ley de Tráfico, con entrada en vigor el 23 de Mayo de 2010 es de:

¿Desde cuándo empieza a contar este plazo?

El plazo de prescripción comenzará a contar a partir del mismo día en que se cometió la infracción.

¿En que casos se interrumpiría este plazo?

La prescripción se interrumpiría por:

  • cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio.
  • también se interrumpe por la notificación efectuada en el momento de la infracción, en el domicilio, en el DEV o a través del TESTRA.

El plazo de prescripción se reanudará si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.

Caducidad de la infracción

Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones.

Plazo de prescripción de las sanciones sólo económicas.

El plazo de prescripción de las sanciones consistentes sólo en multa económica será de 4 años.

El cómputo y la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de las sanciones consistentes en multa económica se regirán por lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Anotación y cancelación de infracciones antecedentes

Las sanciones graves y muy graves serán comunicadas al Registro de Conductores e Infractores en el plazo de los 15 días naturales siguientes a su firmeza en vía administrativa.

Las autoridades judiciales comunicarán al Registro de Conductores e Infractores, en el plazo de los 15 días naturales siguientes a su firmeza, las penas de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores que impongan por sentencias por la comisión de delitos o faltas contra la seguridad vial.

En el Registro de Vehículos quedarán reflejadas las sanciones firmes graves y muy graves en las que un vehículo tanto matriculado en España como en el extranjero estuviese implicado y el impago de las mismas, en su caso. Estas anotaciones formarán parte del historial del vehículo.

Las anotaciones se cancelarán de oficio, a efectos de antecedentes, una vez transcurridos 3 años desde su total cumplimiento o prescripción.

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546 comments to ¿En qué plazo prescriben las sanciones o multas de Tráfico?

  • Francisco

    hola a todos, soy del callao, desde hace un par de meses me llega un comunicado de que tengo un fotopapelta de velocidad en el callao con fecha 10/11/2013. Entré a la web a revisar y efectivamente la vi, pero tambien me di con la sorpresa que tengo 5 más, y de la misma zona del mismo sitio, estas van desde 04/11/2012 hasta esta ultima de la cual me llega el comunicado 10/11/2013, de las otra nunca me llegó nada, pero tengo el temor que si voy a averiguar por esta última papeleta me hagan pagar las otras, las cuales desconocía. Esas papeletas también prescriben?

  • paco

    HOLA
    QUE TIEMPO TRANSCURRE DESDE QUE TE MULTAN HASTA QUE TE QUITAN LOS PUNTOS ,

    APARTE EN EL BUSCADOR DE MULTAS NO APARECE MI MATRICULA COMO MULTADO SON DE FIAR ESAS PAGUINAS,

    Y EN LA DGT SIGO TENIENDO LOS 15 PUNTOS A FECHA DE HOY.

    GRACIAS Y UN SALUDO.

  • Francisco

    gracias por tu respuesta. De las antiguas no me llega ningun comunicado sólo dejan tirado un papel tipo fotocopia con referencia a la papeleta del 10/11/2013. igual me haran pagar todas?

    • Puedes acudir a >Tráfico y solicitar información más detallada sobre las posibles multas que tengas, cómo por ejemplo las fechas en que se te ha notificado, y a qué domicilio para ver si han seguido el procedimiento de notificación correcto.

      Aunque no te hayan localizado, si lo publican en el Testra o Boletín oficial se da por notificado lo leas o no, y por tanto no habrían prescrito y te reclamarán su pago más tarde o más temprano..

      Salu2

  • CARLOS FERNANDEZ

    donde debo recurrir para resolver unas multas que me han llegado ahora suman 1600€.

  • vanesa

    hola,alguien sabe si se puede pagar una multa de 600 euros pero ya esta pasado el plazo e imagino que sera con un recargo del 20% mas por no haberla pagado en el plazo ¿ se puede pagar en trafico o hay qur pagarla en hacienda ?

  • Jose Borja Gallego

    Me he encontrado en el buzón de mi domicilio el 28/05/2014 una Notificacion Providencia de Apremio de una multa del 26/07/2012 y es la primera noticia que tengo de esta sancion de 200 Euros + 13,71 de recargo. En este domicilio llevo mas de 10 años pero el coche lo compré estando en mi anterior domicilio y por ese motivo nunca he recibido la sanción.
    Me siento descriminado el no haberme podido beneficiar del 50% por no tener conocimiento de que he sido denunciado. ¿Cabe recurso contra esta sanción?
    Ten

  • jose

    Hola
    tengo unas cuantas dudas a ver si me podeis ayudar
    en el 2012 me llegaron dos multas del ayuntamiento una de la ORA y otra por aparcar en residentes al lado del trabajo
    hable con una persona del ayuntamiento y me dijo que no preocupara que me las quitaba
    en enero como todos los años pido la bonificacion del IBI por familia nunerosa y me la deniegan por tener deudas pendientes
    me envian dos boletines de pago, el ingreso lo tengo que hacer en 3 dias pero estoy recien operada y no los efectuo
    no me vuelven a contestar
    recibo la declaracion de la renta y me quitan 197.30€ de estas multas
    ¿como puedo recurrir? ¿Han prescrito?
    gracias por responder
    tambien tengo otra del 2013 que recurri no me han contestado y ahora me llega la notificacion de apremio ¿puedo hacer algo?

  • jose

    gracias por contestar
    yo creo que han prescrito una es del 27/07/2012 y la otra de 04/06/2012
    no recibo ninguna notificación mas ( yo pensaba que me las habían anulado) hasta el 04/04/2014 en la que me dan 3 días para pagar, como estaba recien operada no hice el ingreso y sin ninguna notificación mas me lo han retenido de la declaración que ya me han pagado, es cuando me entero del pago
    ¿puedo recurrir de alguna manera?
    y la otra consulta es que me envian una foto de radar con la matricula del coche en 03/09/2013
    segun ellos por estacionar en un carril obstaculizando gravemente la circulacion (calle al lado de mi casa que no cumple los metros necesarios para dos carriles)
    hago un recurso en enero 2014 el cual todavia no me han contestado, pero si me han enviado la notificacion providencial de apremio 222.84€
    no puedo pagar esa barbaridad ¿que puedo hacer?
    gracias de antemano

    • Si durante ese perido han intentado notificarte, aún sin haberlo conseguido.. (tendrías que consultar a ver qué fechas y en qué domicilio han intentado localizarte), el plazo de prescripción se habría interrumpido.

      – Una vez que haya recibido ya la notificación de providencia de apremio para su pago, ya sólo podría reclamar o solicitar lo siguiente:

      – Solicitar el fraccionamiento o aplazamiento de la deuda.

      – Reclamar por prescripción de la infracción (en el caso de que en los 4 años anteriores desde la fecha en que cometió la infracción no le hubieran notificado nada reclamando su pago.

      – Reclamar falta de notificación de la liquidación o suspensión de la notificación.

      Salu2

  • reccobeco

    la ultima multa la tuve hace 6 años y al igual que las anteriores ni he sido embargado ni pasaron por hacienda, debo olvidarlas definitivamente

  • Pedro

    Tengo una duda hay alguien que puedas aclararme??? Tenia un coche arrimado hice la propuesta del seguro para pasar la ITV y venderlo. Vino un interesado ha verlo salio a dar una vuelta y le multaron. total no tenia carne, no tenia la propuesta del seguro en cima. Vino la multa interpuse un recurso presentando la propusta del seguro con fecha retroativa. Fecha de la denuncia 02/2013y contestaron en 05/2014.

    • Para que retiren la multa por circular sin seguro, habría que presentar recibo de pago de seguro con fecha anterior a la de la multa.

      Con una propuesta de seguro no sería suficiente.

      Salu2

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