El contrato por obra y servicio es un contrato temporal cuya duración es incierta, lo que dure la obra.
Muchos empresarios se aprovechan de este contrato para no hacer contratos indefinidos cuando realmente debería de ser indefinido.
Si tiene un contrato por obra, sería interesantE que lea este artículo; puede que tenga derecho a que le conviertan su contrato a indefinido.
Por defecto de empleador:
- Si no hay forma escrita de dicho contrato por obra y servicio donde se especifique el tipo de trabajo y la obra en cuestión.
- Si el empresario no da de alta al trabajador en la Seguridad Social transcurrido en un plazo igual o superior al período de prueba.
- Si llegado término de la obra, se sigue realizando la prestación laboral y no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes.
- Cualquier contrato realizado en fraude de ley.
Por incumplir plazos:
- Si en el periodo de 30 meses a un trabajador se le hubiera contratado por un plazo superior a 24 meses mediante dos o más contratos temporales, para el mismo puesto de trabajo, con la misma empresa, directamente o a traves de ETT.
Consúlte aquí los diferentes contratos de trabajo.
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Tengo 2 contratos con la misma empresa de obra y servicio uno de 3 horas y otro de 5 y media,de lunes a domingo,pero el domingo descanso.Llevo tres años y 3 meses con el mismo contrato,mi pregunta es.¿me tienen que hacer fijo o indefinido? que opciones tengo.
No tiene porqué si no se cumple alguna de las condiciones que se detalla en el artículo de arriba.
Salu2.