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8 de agosto de 2011

¿Se puede vender un vehículo con multas o recibos del Impuesto de Circulación impagados?

En el caso de que quieras vender tu vehículo y no hayas pagado el Impuesto municipal de Circulación IVTM al Ayuntamiento o tengas acumuladas multas sin abonar, debes saber de antemano, que Tráfico no te permitirá hacer el cambio de titular o transferencia hasta que esas deudas queden saldadas. Indicamos cómo tramita Tráfico estos casos.

¿Puedo vender mi vehículo sin haber pagado el Impuesto municipal de Circulación IVTM?

No. Desde el 1 de Enero del 2011, ya no se puede realizar la venta o cambio de titularidad de un vehículo si en el Registro de Vehículos de la Jefatura Provincial de Tráfico aparece como impagado el Impuesto municial de Circulación (o Impuesto sobre vehículos de Tracción Mecánica IVTM) correspondiente al año inmediatamente anterior al de la realización de la transferencia.

¿Cómo sabe Tráfico quién ha pagado el recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) y quien no?

La mayoría de los Ayuntamientos han establecido ya un sistema telemático de forma que al final de cada año, comunican a Tráfico los vehículos que no han abonado el Impuesto municipal de Circulación.

¿Es obligatorio entonces presentar el recibo del pago del último Impuesto de Circulación?

No. Sólo se exigirá su presentación a la hora de transferir un vehículo en el caso de que en Tráfico conste como impagado.

¿Se puede vender o transferir un vehículo sobre el que pesen multas impagadas?

Desde el 24 de Mayo de 2010, no se permite transferir en Tráfico a aquellos vehículos que tengan 4 sanciones firmes en vía administrativa por infracciones graves o muy graves.

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392 comments to ¿Se puede vender un vehículo con multas o recibos del Impuesto de Circulación impagados?

  • Luis

    Una cosa más,de exo aller transferi un coche k debe 2875e entre impuestos multas y demás,me sacó el impuesto 2013 lo pagué y lo transferi,así de simple ,con lo cual lo mismo de antes,sólo piden k el del año anterior este pagado para transferirlo como siempre.

  • Raul

    Hola, tengo un coche que pertenece a mi cuñada que ahora vive en estados unidos. Seguro, que los impuestos municipales ni la financiera han recibido duro alguno en estos últimos tres años. Ahora mi pregunta es, ¿aquellos que se dedican poner carteles en los coches que dicen que compran coches, me lo pueden comprar?
    Otra cosa, los papeles se han perdido.
    Gracias

    • Hola

      Antes de nada acude a Tráfico y solicita el Historial de ese coche.

      Si en ese historial figura que el coche tiene Reserva de dominio (restricción de la financiera para poder venderlo mientras no se haya saldado el préstamo) o si tiene impuestos de circulación impagados, no podrá venderse a nadie mientras esas deudas no se liquiden.

      Después, para poder transferirlo, lo primero hace falta la documentación del coche.

      Tendreis que solicitar un duplicado tal como indicamos en:

      http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/06/%C2%BFque-tendria-que-hacer-si-le-roban-la-documentacion-del-coche/

      Si lo entregas a uno de los que dicen que compran coches, no podrán ponerlo a su nombre, y tu cuñada seguirá como titular seguirá siendo responsable de lo que con ese coche suceda.

      Podrías intentarlo venderselo a ellos, consultando previamente en Tráfico si en el caso de que hubiera deudas pendientes, podrías hacer una Notificación de Venta..

      Salu2

  • Rafa

    Buenas noches,

    Quiero vender una moto que compré hace años en Madrid, por lo que entiendo que estoy pagando el IVTM en ese ayuntamiento, sin embargo no tengo ningún recibo que lo pruebe y no me consta haberlo pagado.

    Ya no vivo en Madrid. ¿Hay alguna forma de pagar mis impuestos pendientes sin tener que desplazarme allí? ¿Puedo notificarlo directamente en la ciudad donde resido? ¿Puedo vender la moto sin ese recibo?

    Muchas gracias de antemano.

    Un saludo.

    • Buenas tardes

      Si en Tráfico figura que tienes algún IVTM pendiente de pago, no se podrá transferir esa moto hasta que no se abone.

      Así que lo primero sería asegurarte de que no figura nada pendiente. Para ello acude a Tráfico a solicitar el Historial de esa moto donde figurará si tienes alguna deuda.

      – Si tuvieras alguno pendiente, ponte en contacto con el ayuntamiento de Madrid donde te indicarán como realizar el pago sin tener que desplazarte.

      Salu2

  • Rudi

    Hola, voy a vender una moto con el impuesto de circulación del año 2013 sin pagar, pero el del año pasado (2014) esta correctamente pagado, pues hice el cambio de nombre en noviembre de 2012 y durante el 2013 no me llego ninguna notificación donde debía pagar nada, podre hacer el cambio de nombre sin ningún problema? o tendré que pagar el impuesto de 2013??

    Gracias
    Espero tu respuesta

    • Rudi

      En caso de tener que pagar el impuesto de 2013? debo ir a trafico? y pedir de nuevo el «papel» e ir a un banco a pagar?

      Gracias

    • Hola.

      En tu caso deberías acudir primero a Tráfico a solicitar el Historial de esa moto.

      Si en ese historial figurara que tienes algún impuesto impagado, no podrás transferir mientras no se presente en Tráfico el recibo de haberlo pagado.

      Si no figura nada en Tráfico, aunque no esté pagado se podría transferir.

      En caso de tener que pagarlo ahora, tendrías que acudir al ayuntamiento correspondiente a solicitar el recibo del importe que debes y datos del número de cuenta y banco para poder abonarlo y después llevarlo a Tráfico.

      Salu2

  • yesi

    Buenas tengo una furgoneta y se debe un.impuesto y varias.multas mi pregunta es que quiero venderla y tengo que hacer el.canvio nomvre tendre que pagar las multas tambien para poder transferirlo?

  • cristo

    Hola, he vendido un coche en febrero y me ha llegado el impuesto completo del año, como puedo hacer para pagar solo la parte proporcional de ese impuesto mientras el vehículo estuvo en mi propiedad y al nuevo propietario el resto de la cuota anual?
    Que consecuencias tengo si no pago puedo que viene a mi nombre?
    Gracias

  • francisco

    Hola….he dado de baja un vehículo este año 2015…y ahora me ha llegado para pagar el impuesto de circulación del año 2011…mi pregunta es….tengo obligación de pagarlo?

    • Hola

      Sí, que des de baja un coche no te exime de tener que pagar los impuestos impagados pendientes anteriores que no hayan prescrito (no prescriben mientras te sigan reclamando su abono).

      Salu2

  • Miguel Angel

    Buenas,

    He comprado un coche nuevo y quería vender mi antiguo coche, pero mirando en la página de la dgt (en el TESTRA, es decir, en el Tablón Edictal de sanciones de Tráfico) pone que tengo sin pagar 3 multas del Ayuntamiento de Madrid (realmente sin pagar he tenido muchas mas, pero como son de hace muchos años no se si han prescrito o es que no las pasaron nunca a trafico). Esas multas son dos de 90€ y una de 200€, según tengo entendido solo es grave o muy grave la de 200€. Según he entendido por su página podría vender el coche perfectamente, ¿no? Aunque eso si, si me lo pudieras confirmar se lo agradecería muchísimo!

    Un saludo y gracias!!
    Miguel Angel.

  • david

    Hola he comprado una moto y al ir a cambiar de nombre no me han dejado hacerlo ya que el titular de la moto tiene deudas pendientes de otros vehículos con la agencia de tributos, yo me he ofrecido para pagar todos los impuestos pendientes de la moto, pero no me han dejado hacerlo , ¿eso es legal? ¿que puedo hacer para poder hacer el cambio de nombre?

    • Hola

      Quién se ha negado a aceptar que lo pagues? El Ayuntamiento?

      Habla con el vendedor para decirle que los asumes pero que te ayude a conseguir los recibos del ayuntamiento que están a su nombre para poder abonarlos..
      No deberían ponerte pegas en eso (ya es lo que faltaba.. que no te dejen pagar..)

      Saludos y Animo!

    • david

      …fui a la oficina de gestión tributaria y me dicen que como debe más impuestos de otros vehículos y de la vivienda no dejan pagar por separado… ¿Eso es legal?

    • Es ilegal, y puedes presentar reclamación ya que:

      según la Dirección General de Tributos, “las deudas tributarias son autónomas, de tal forma que fuera de los casos de ejecución forzosa, corresponde al obligado tributario determinar libremente la deuda tributaria a la cual desea que se impute cada pago que realice, sin que el Ayuntamiento acreedor pueda exigir que se realice el pago conjunto de varias deudas tributarias correspondientes a todos los periodos impositivos adeudados” (CV 0057-2012)

      Por tanto, si sólo quieres liquidar algunos de los impuestos pendientes, estás en tu derecho y no podrán negártelo.

      Salu2 y ánimo!

  • Carlos

    Buenas una amiga me da su Seat Ibiza del 2000 lo que pasa que dice que lleva dos años parado y sin pagar sus impuestos de circulación correspondientes, que debl hacer?

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