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24 de agosto de 2011

Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

Las mujeres trabajadoras dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, tendrán derecho a las deducciones de maternidad de hasta en 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la deducción?

Se pueden beneficiar de la deducción las mujeres con hijos menores de tres años cuando:

  • Tengan derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de tres años.
  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Estén dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
  • El padre o tutor cuando:
    • Haya fallecido la madre.
    • Ostente la guarda y custodia exclusiva.
    • Cumpla los requisitos del punto anterior.

¿Quiénes dan derecho a la deducción y desde cuándo?

Dan derecho a la deducción:

  • Los hijos naturales: desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que cumplan tres años.
  • Los hijos adoptados y los menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento:
    • Desde que se inscriba la adopción o acogimiento en el Registro Civil en los tres años posteriores.
    • Desde la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o acogimiento hasta los tres años posteriores.

¿Cuál es la cuantía de la deducción?

La cuantía de la deducción son 1.200 euros como máximo por cada hijo que cumplas los requisitos anteriores, y limitado al importe de las cotizaciones y cuotas totales devengadas a la Seguridad Social y Mutualidades.

¿Cuánto tiempo tengo que cotizar para tener derecho a esta deducción?

Dependiendo del tipo de trabajo se requiere:

  • 15 días/mes de alta: Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa en el Régimen General o Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los trabajadores del Mar.
  • Todo el mes de alta: Trabajadores con contrato a tiempo parcial cuya jornada laboral suponga al menos la mitad de la jornada ordinaria y que se encuentre en cualquiera de los regímenes del punto anterior.
  • 10 jornadas reales/mes de alta: Trabajadores del Régimen Especial Agrario.
  • 15 días/mes de alta: Trabajadores de los Regímenes Especiales distintos de los citados anteriormente y mutualistas de las mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si estoy en el paro?

Si una contribuyente con hijos menores de 3 años se ha quedado sin trabajo durante una parte del año fiscal no podrá solicitar la deducción por maternidad correspondiente a esos meses, ya que durante los mismos no cotizó a la Seguridad Social.

En definitiva, el tiempo que se está en el paro, no se tiene derecho a la parte proporcional de las ayudas de maternidad.

¿Tengo que saber algo más?

Si, aunque sea una deducción en el IRPF que se obtiene cuando hacemos la declaración de la renta (casillas 756 y siguientes), se puede pedir un anticipo de dicha ayuda en forma de mensualidades de 100 euros.

Este anticipo se realizar mediante el modelo 140 que hay que presentarlo en la Agencia Tributaria.

Si se solicita este anticipo, la cuantía recibida hay que hacerlo constar en la declaración de la renta del siguiente ejercicio.

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579 comments to Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

  • Toñi

    Hola, termine contrato el 24 de febrero del año pasado por despido improcedente. No pude echar los papeles del paro hasta el 3 de marzo por las vacaciones acumuladas (segun el serf). Mi contrato era jornada reducida por cuidado de un menor (25 horas) y ahora hacienda me reclama en el borrador la devolución del mes de febrero. Al ser jornada reducida por cuidado de un menor no cotiza como jornada completa? tengo que devolver los 200 euros de mis dos hijos por 4 días? Si no estoy en el paro hasta el 3 de marzo esos días no son trabajados?

    • Es sólo durante los 2 primeros años.

      Las vacaciones no disfrutadas, deberá constar en el Certificado de Empresa, se computará como de cotización y al trabajador se le considerará en situación asimilada a la de alta mientras lo disfruta (pero no estás de alta).

      Salu2.

  • ISABEL

    Hola, desde que nacio mi hijo he estado cobrando la ayuda de 100 mensual…ahora ya cumplio el 17 de marzo 3 años y el de marzo ya cobre 100 euros, ¿el ingreso se deja de hacer automatico¿o ¿tengo que ir a solicitar baja de dicha ayuda?.gracias

    • El mes que se cumple los 3 años no se tiene derecho a la ayuda.

      Viendo que has cobrado el mes de marzo también (que lo están haciendolo mal), acude a Hacienda para que pare de pagarte.

      Salu2.

  • Carla

    Hola, tengo una niña que va a cumplir un año y hace varios meses solicite la reduccion de jornada a la mitad por cuidado de un menor. El hecho es que estoy haciendo 20 horas semanales y el otro dia recibí una carta de la Agencia Tributaria solicitando la devolución de la paga de 100 euros correspondiente al mes de Febrero, la cual no he obtenido el ingreso.
    Puede ser que ya no me pertenezca?? Por lo leido estando a mitad de horas tendria que seguir recibiendola. Gracias de antemano!

  • oscar

    Hola, mi mujer a trabajado durante unos meses en el régimen agrario , algunos de esos meses no supera los 10 días ¿tienes derecho a reclamar los 100€ de esos meses en la renta? He leído en algunas plataforma que al no superar los 10 si puede hacerlo. Gracias de antemano

  • Maria

    Hola mi hijo nacio el 9 de Marzo. Solicite la ayuda de los 100 euros por madre trabajadora el 17 de marzo y ahora en abril me ingresaron los 100 euros. ¿No deberían de haber ingresado 200? Por el mes anterior? un saludo

  • Ion marius

    Hola. En cuanto tiempo aire que pedir la ayuda de cuoando naci el niño y que documentos ai que presentar.

    • Puedes solicitarlo cuando quieras. Eso sí, sólo te pagarán desde el mes de solicitud.

      Si tuvieras derecho a la ayuda, los meses anteriores, lo puedes pedir en la Declaración de la Renta el año siguiente.

      Salu2.

  • Maria

    Hola, he solicitado una excedencia, el tiempo de excedencia, no cobrare la ayuda de madre trabajadora.
    Si me incorporo el dia 15 de septiembre a mas de la mitad de la joranada, ese mes cobraria la ayuda?
    Y si me incorporara el dia 23??
    Cuantos dias como minimo he de estar al mes trabajando para cobrarlo?

    • No, si te reincorpora el 15, tendrías que trabajar a jornada completa para cobrar ese mes.

      Para que entiendas, debes de trabajar al menos la mitad de las horas de un mes si quieres cobrar ese mes.

      Salu2.

  • Maite

    Hola, mi hijo nació en septiembre del año pasado y ahora en el borrador me piden 385 euros y me han dicho q es por la ayuda de madre trabajadora. Los 100 euros anticipados mensuales. Tengo entendido q esto es erroneo y que no hay q devolver nada. Me podeis informar?
    Gracias

    • Habría que ver porqué te pide pagar los 385€.

      Si te dio los 100 euros desde septiembre a diciembre, está bien dado (si cumples las condiciones) y ahora que haces la declaración no afecta.

      Salu2.

  • mary

    hola tengo un contrato de 20 horas en el regimen de empleada de hogar puedo cobrar la prestacion de madre trabajadora con este contrato

  • Maite

    Hola hoy e ido a hacienda y me he informado sobre si podía solicitar la ayuda por madre trabajadora y mirando mis cotizaciones si podía, porque cotizo unos 100 al mes y me dijo que como cobraba 100€ ellos me devuelven también otros 100€ cada mes,la cuestión es no trabajo un mínimo de 20h semanales y decís que hay que trabajar al menos lo mínimo esas 20h semanales o trabajar 50% de la jornada completa ??

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