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24 de agosto de 2011

Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

Las mujeres trabajadoras dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, con hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, tendrán derecho a las deducciones de maternidad de hasta en 1.200 euros anuales por cada uno de ellos.

¿Quiénes se pueden beneficiar de la deducción?

Se pueden beneficiar de la deducción las mujeres con hijos menores de tres años cuando:

  • Tengan derecho a la deducción del mínimo por descendiente por los hijos menores de tres años.
  • Realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
  • Estén dadas de alta en el Régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
  • El padre o tutor cuando:
    • Haya fallecido la madre.
    • Ostente la guarda y custodia exclusiva.
    • Cumpla los requisitos del punto anterior.

¿Quiénes dan derecho a la deducción y desde cuándo?

Dan derecho a la deducción:

  • Los hijos naturales: desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que cumplan tres años.
  • Los hijos adoptados y los menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento:
    • Desde que se inscriba la adopción o acogimiento en el Registro Civil en los tres años posteriores.
    • Desde la resolución judicial o administrativa que declare la adopción o acogimiento hasta los tres años posteriores.

¿Cuál es la cuantía de la deducción?

La cuantía de la deducción son 1.200 euros como máximo por cada hijo que cumplas los requisitos anteriores, y limitado al importe de las cotizaciones y cuotas totales devengadas a la Seguridad Social y Mutualidades.

¿Cuánto tiempo tengo que cotizar para tener derecho a esta deducción?

Dependiendo del tipo de trabajo se requiere:

  • 15 días/mes de alta: Trabajadores con contrato de trabajo a jornada completa en el Régimen General o Regímenes especiales de la Minería del Carbón y de los trabajadores del Mar.
  • Todo el mes de alta: Trabajadores con contrato a tiempo parcial cuya jornada laboral suponga al menos la mitad de la jornada ordinaria y que se encuentre en cualquiera de los regímenes del punto anterior.
  • 10 jornadas reales/mes de alta: Trabajadores del Régimen Especial Agrario.
  • 15 días/mes de alta: Trabajadores de los Regímenes Especiales distintos de los citados anteriormente y mutualistas de las mutualidades alternativas a la Seguridad Social.

¿Qué ocurre si estoy en el paro?

Si una contribuyente con hijos menores de 3 años se ha quedado sin trabajo durante una parte del año fiscal no podrá solicitar la deducción por maternidad correspondiente a esos meses, ya que durante los mismos no cotizó a la Seguridad Social.

En definitiva, el tiempo que se está en el paro, no se tiene derecho a la parte proporcional de las ayudas de maternidad.

¿Tengo que saber algo más?

Si, aunque sea una deducción en el IRPF que se obtiene cuando hacemos la declaración de la renta (casillas 756 y siguientes), se puede pedir un anticipo de dicha ayuda en forma de mensualidades de 100 euros.

Este anticipo se realizar mediante el modelo 140 que hay que presentarlo en la Agencia Tributaria.

Si se solicita este anticipo, la cuantía recibida hay que hacerlo constar en la declaración de la renta del siguiente ejercicio.

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579 comments to Deducción por maternidad. Ayuda a la mujer trabajadora

  • Laura

    Me han dado una información en la agencia tributaria,la cual creo que es errónea….unos meses del 2015 estuve cobrando la ayuda de madre trabajadora,la cual deje de percibir por estar en paro…..y ahora en este mes de mayo vuelvo a trabajar….me han dicho que una vez haya empezado a trabajar puedo cobrar de forma retroactiva los meses que no percibí la ayuda por estar en paro……es cierto?gracias

  • Madeon

    Estuve de alta del 23 de septiembre del 2015 a 31 diciembre el 2015 puedo pedir en renta el mes de septiembre aunque no haya cotizado el importe de 100 euros???

  • Ara

    Hola, en mi caso quiero solicitar una excedencia que abarca desde el 16 de agosto al 15 de septiembre, entonces mi duda es, cobrare la ayuda en ambos meses?
    Me reincorporo a jornada completa, pero cierto es que agosto al tener 31 días, no estoy segura si me valen los 15 días que estoy dada de alta para ello, sin embargo en septiembre al ser 30 días y empezar el 16 creo que si.
    Gracias

  • Laura

    Si trabajo un 85% de la jornada ,es decir 33h a la semana y he estado de alta hasta el 25 , cobrare el abono anticipado de los 100e ese mes?

    Gracias

    • Ese mes has trabajado al menos la mitad del tiempo de una jornada laboral completa, así que sí que tendrías derecho a la ayuda.

      Lo que no te aseguro es si te pagará por adelantado o tendrás que solicitarlo en la declaración de la renta.

      Salu2.

  • Jenny

    Yo presente el papel el papel para la ayuda de 100 € el 20 de mayo y mi hijo nació el 25 de abril desde cuando cobraría la ayuda

    • Se cobra por adelantado desde el momento de la solicitud.

      En tu caso tienes derecho desde el mes de abril, pero al solicitarlo en mayo, es posible que te paguen por adelantado desde mayo.

      Lo que no te paguen por adelantado puedes solicitarlo en la Declaración de la renta.

      Salu2.

  • Rosa

    Alguien puede indicarme cómo calcular los importes que hay que rellenar en la casillas mensuales de «Cotizaciones a la Seg. Social (o Mutualidad alternativa) del titular durante los meses en los que el hijo da derecho a deducción»???

  • Mariana

    Hola tengo un niño de 3meses y no había trabajado. Pero ahora me encontré algo ! Y me han hecho un contrato de 6horas semanales.quisiera saber si puedo solicitar la ayuda de ser madre trabajadora
    Muchas gracias

  • cindy

    Hola mira en mayo de 2016 tenia un contrato de 22hpras semanales y en junio recibí los 100€ en junio también me ampliaron la jornada a 38 horas a la semana y en julio no me ingresaron los 100€ q puedo hacer para saber por q no me hicieron el ingreso.gracias

    • Debes acudir a la Agencia Tributaria.

      Es posible que debido al cambio de tu jornada, estén actualizando los datos, o que cuando emitieron las transferencias, tu situación no estaba clara o que no lo tenía aún claro, y no te lo ingresaron.

      Salu2.

  • Lourdes huelva

    Hola buenas tengo un niño de 15 meses empeze trabajando en diciembre de 2015.. 9 horas semanales ahora llevo desde mayo del 2016 cotizando 30 semanales..tengo derecho a la ayuda? Gracias

  • Javier

    Mi mujer acualmente trabaja a media jornada 20 horas semanales y está cobrando la deduccion, a principios d septiembre le modifican la jornada a 16 horas semanales, supuestamente ya no tiene derecho?
    Tendría q comunicarlo?
    Gracias

    • Si trabaja a media jornada, sí que tiene derecho.

      Si tiene una jornada inferior a 20 horas semanales, no se tiene derecho.

      Salu2.

    • Javier

      Me lo temía.
      Otra cosilla, tendria que comunicarlo a la AEAT? O directemte ellos lo anulan.
      Gracias por las respuestas. Saludos

    • Ellos comprueba todos los meses antes de pagar para ver si cumples las condiciones.

      De todas formas para evitar errores, haz un escrito y presentalo en Hacienda.

      Salu2.

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