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20 de febrero de 2012

La nueva reforma laboral 2012 permite la capitalización del 100% de la prestación de desempleo

La semana pasada entró en vigor la nueva reforma laboral del 2012, en la que se incluye la posibilidad de capitalizar el 100 por 100 de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.

Para los jóvenes mayores de 30 años y mujeres de más de 35 años, se permite capitalizar el 60% del paro para la inversión inicial y el 40% para cuotas de autónomo.

**Ultimas NOVEDADES  14 de Marzo de 2015: El Gobierno ha anunciado la eliminación del límite de edad para capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para iniciar una actividad. Y los autonómos podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana a la Seguridad Social aunque contraten.

22 de Febrero de 2013: El gobierno modifica las condiciones de acceso a esta ayuda, permite mayor flexibilidad para capitalizar el desempleo e incluso permite compatibilizar la prestación de desempleo con el alta en autónomos

¿Qué es el pago único?

El pago único constituye una medida de fomento de empleo que pretende facilitar la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo que consistan en iniciar una actividad laboral como trabajador por cuenta propia, o en incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.

¿Quién puede solicitar el pago único?

Los perceptores de la prestación contributiva por desempleo que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado, lo que supone que en el momento de presentación de la solicitud de pago único no haya iniciado la actividad para la que se solicita el derecho ni figure de alta en la Seguridad Social.
  • Ser perceptor de una prestación de desempleo de nivel contributivo por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  • No estar en un Expediente de Regulación de Empleo de suspensión o reducción de jornada, ni mantener la condición de trabajador fijo discontinuo en una empresa.
  • Tener, al menos, 3 meses de prestación pendientes de percibir.
  • No haber obtenido el reconocimiento de un pago único en los 4 años anteriores a la fecha de solicitud del derecho que ahora pretende.
  • Que la actividad profesional que va a desarrollar y para cuyo inicio solicita el pago único sea una de las que a continuación se indican:
    • Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo.
    • Constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
    • Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal)
    • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho, y en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.

¿Qué ayudas puede obtener? ¿Cuál es su importe?

Existe 2 forma de capitalizar el desempleo y compatible entre sí.

  • Inversión inicial o pago único de hasta el 100% de la prestación:
    • Emprendedores de cualquier edad: pueden capitalizar hasta el 100% de su prestación  (Hasta marzo de 2015 sólo podían capitalizar hasta el 100% los Jóvenes: hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años)
    • Personas con discapacidad superior al 33%: Pueden capitalizar el 100% de su prestación
    • Otros: Pueden capitalizar hasta el 60% del paro pendiente para alta en autónomos o hasta el 100% para el pago de la cuota de admisión en una cooperativa o sociedad laboral anónima o de responsabilidad limitada, existente o de nueva creación.
  • Cuotas de autónomo: Sirve para sufragar las cuotas de autónomos por el resto del desempleo no capitalizado para la inversión inicial.

Tened en cuenta que si no requerís inversión inicial, podemos solicitar el 100% para las cuotas de autónomo.

¿ Dónde y cuándo debe presentar la solicitud de pago único?

  • En su Oficina de Empleo, conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación contributiva por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que no haya tramitado el alta en Seguridad Social ni iniciado la actividad.
  • En la solicitud de pago único, debe hacer constar las modalidades de pago único que solicita en función de la actividad que pretende desarrollar, y la renuncia a aquellas que no solicita.
  • La solicitud del abono en todo caso deberá ser de fecha anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral, o a la de constitución de la cooperativa o sociedad laboral, o a la de inicio de la actividad como trabajador autónomo.
    Si el trabajador hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud deberá ser posterior a la resolución del procedimiento correspondiente.
    No obstante, podrá modificar los términos de la solicitud inicialmente presentada, siempre que lo haga antes de que se le haya notificado la concesión del derecho solicitado. Para ello debe presentar nueva solicitud de pago único, en la que conste que desiste de la anterior, cuáles son las modalidades de pago único que ahora solicita y a cuáles renuncia, y aportar la documentación que no figure en el expediente necesaria para su tramitación

¿Y qué pasa si el negocio no funciona, tengo que devolver algo?

Puedes darte de baja sin problemas, y no tienes que devolver absolutamente nada.

De hecho, si te queda prestación sin capitalizar podrías solicitar el pago del mismo siempre que:

  • Por regla general no haya trascurrido 2 años desde el inicio de la actividad.
  • Para menores de 30 años no haya trascurrido 5 años desde el inicio de la actividad.

>> Ver más ayudas a emprendedores

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203 comments to La nueva reforma laboral 2012 permite la capitalización del 100% de la prestación de desempleo

  • juan

    hola quiero pedir el paro o pago unico pero tengo deudas con hacienda y s.s y me quedan una semana para solicitarlo, podrian denegarne el derecho a prestacion de desempleo

  • juan

    y si pido un aplazamiento me dara tiempo para poder cobrar la prestacion?

  • jose luis

    hola. el dia 15-3-2013 me confirmaron el pago unico. el dia 26 de dicho mes me he dado de alta en la s.s.¿ cuanto tardare en cobrar el dinero? ya que hace falta para comenzar el negocio. gracias

    • Entrega los papeles de tu alta cuanto antes.

      Si lo presentas ahora, lo más probable es que lo cobres el día 10 de mes de abril.

      Si lo entregaste hace 1 semana o cosa así, es posible que te paguen el día 10 de marzo.

      Una vez que te paguen dispones de 1 mes para entregar las facturas de la inversión inicial.

  • angela

    hola mi consulta es que me calculen cual seria mi capitalizacion con un suelo base de 800 euros.gracias

  • angela

    tengo otra duda cuando envias la solicitud de capitalizacion ya puedes darte de alta en autonomos y comprar material o no puedes hacerlo hasta que te envien que esta aprobada?muchas gracias

  • Lai

    Hola felicidades por ayudarnos a todos, tengo varias dudas:

    -Si solicito la capitalización el día 4, ¿dejo de cobrar la mensualidad que ya estoy cobrando todos los días 10 desde ese mismo momento o hasta que no sea aprobada sigo cobrando?

    – Si solicito la capitalización y en el transcurso hasta que es aprobada me dan de alta en una empresa como trabajador ¿pierdo la opción de cobrar en ese momento o sigue el transcurso normal pudiendo ser empleado de una empresa y autónomo a la vez?

    – Existe algún tipo de inspección sobre los gastos? Por ejemplo declaro una reforma para adaptar una habitación a despacho pueden venir a comprobar dicha reforma?

  • ANA

    Hola, tengo una duda.
    He solicitado la ayuda de los 400 euros pero todavia no me la han concedido. Tengo que darme de alta como autonoma porque voy a montar un negocio. ¿Si me doy de alta antes de que me la concedan la pierdo o una vez echada la solicitud ya no hay problemas? ¿Despues la puedo solicitar si mi negocio no funciona? ¿Espero a que me ingresen el primer mes y despues me doy de alta como autonama?
    Es que mi intención sería cobrar el primer mes y pararlo por si el negocio no funciona.
    Me gustaría que me ayudarais porque tengo muchas dudas y muy poco tiempo. Gracias

    • Si te das de alta como autónomo, como mucho te pagará por los días que van desde la solicitud hasta el alta en autónomos.

      Si después te va mal, y cierras antes de 1 años, podrías retomar la ayuda.

      Salu2.

  • cristina

    Hola, mi consulta es.

    Mi marido está trabajando pero pronto le van ha despedir.
    hemos visto un traspaso de un taller de auto. Mas el taller está constituido como cooperativa .Pero con un único dueño y los demás que trabajan hay son autónomos.
    Hay otro chico que quiere correr el traspaso con mi marido y también quiere pedir el pago único del paro.

    1º ¿puedo pedir el pago único?
    2º ¿corriendo el traspaso puedo cambiar la razón social de la empresa?
    3º ¿pueden pedir dos personas ,para el mismo traspaso el pago único?
    4º ¿ en el caso del taller el Dueño traspasa con todo material, resulta que ha principio no si comprará nada.
    Como justificar en los impresos gastos?
    No creo que la empresa pagará indemnización a mi marido pues que está con problemas para pagar las nominas. Entraran en Fogasa que ya sabemos que les pagaran en 24 meses.
    O sea el dinero que vamos pagar el traspaso será del prestamos ICO y los pagos únicos.
    ¿Crees que la s.s pondrás problemas para el pago único?

    • 1. Puede para entrar como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento o de nueva creación.

      2. Sí, no creo que haya problemas.

      3. Sí, los gastos será al 50%.

      4. Da igual, el pago único servirá para pagar el coste del traspaso.

      Los gastos será el traspaso. Lo que no capitalicéis podéis utilizarlo para la ayuda de las cuotas de autónomo.

      Salu2.

  • Natalí

    Hola, me he quedado en paro el mes pasado y pienso capitalizar el paro para emprender un negocio como Autonona, pero para ello voy a necesitar un coche, ya que parte del servicio sera a domicilio:
    1. Puedo usar el dinero capitalizado para la compra de ese vehiculo entre otras?
    2. Si una vez comprado lo necesario para trabajar, me sobra dinero del capitalizado, tengo que devolverlo o estoy obligada a comprar algo mas para mi trabajo para justificarlo?
    3. Si capitalizo el 60% y por lo que sea me doy de baja como autonomo poco tiempo despues poraue no ha ido bien y aun me queda dinero en el paro, puedo cobrar el paro al una vez dada de alta?
    Un saludo.

    • 1. Sí, pero tendrás que justificar muy muy bien la necesidad del coche… ponen muchos impedimentos. Vete a una asesoría laboral fiscal para pedir ayuda.

      2. No puedes capitalizar más de lo que puedas justificar. El resto del dinero puedes pedirlo para el pago de las cuotas de autónomo.

      3. Lo que no se capitalice, si dejas el trabajo hasta un plazo de 2 años podrías pedir el paro de lo no capitalizado.

      Salu2.

  • Maria

    BUenos días, tengo una duda: Es cierto que si se solicita la capitalización del paro para ser autónomo, estás obligado a serlo durante tres años? Hay información algo confusa sobre el tema… Si quiero montar una tienda, las facturas de las primeras mercancías que ponga serán válidas para justificar la capitalización? Muchas gracias y saludos!

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