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12 de marzo de 2012

¿Qué ingresos se consideran rentas al solicitar un Subsidio o prestación por Desempleo?

A la hora de pedir un subsidio, prestación o ayuda por desempleo, se exige no superar un nivel de ingresos o rentas determinado.

Pero, ¿qué ingresos se consideran como rentas? Se tienen en cuenta los ingresos por indemnización por despido, pensiones que ya se cobren, plusvalías..?

Se consideran rentas:

  • Rendimientos del trabajo: incluyen las rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares, así como el importe de la indemnización por la extinción del contrato de trabajo que supere la indemnización legal, si se percibe de forma periódica.
  • Pensiones y prestaciones por desempleo: incluyen los ingresos brutos de todo tipo de pensiones y prestaciones, incluidas las pensiones alimenticias los salarios sociales y similares, etc.
  • Rentas del capital mobiliario: incluyen los rendimientos brutos de las distintas cuentas bancarias e inversiones financieras.
  • Rentas del capital inmobiliario: incluyen los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados, y las imputaciones de rentas de bienes inmuebles no arrendadas, diferentes de la vivienda actual.
  • Rentas de actividades económicas, profesionales, empresariales o agrarias: se computa como rentas el rendimiento neto reducido (ingresos menos gastos) de los distintos tipos de actividades, así como el importe de las subvenciones a la actividad agraria, o el RBE (Renta Básica Emancipación)..
  • Las rentas de plusvalías o las ganancias patrimoniales, derivadas de la venta de bienes mobiliarios (acciones, fondos de inversión…) y de bienes inmuebles, excepto la de la vivienda habitual, premios de lotería o similares.
  • El rendimiento presunto de aquellos bienes del patrimonio, siempre que no se haya computado su rendimiento mensual efectivo. Se computará el rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 50% del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor del bien.
  • Las rentas individuales se imputarán en su totalidad a su titular, cualquiera que sea el régimen económico matrimonial aplicable. Pero las rentas derivadas de la explotación de un bien que sea titularidad de un solo cónyuge, si el régimen económico matrimonial es de gananciales se imputarán por mitad a cada cónyuge.

No se consideran rentas:

  • Las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo.
  • El importe de las cuotas destinadas a la financiación del Convenio Especial con la Administración de la Seguridad Social.
  • Las prestaciones por desempleo del solicitante.
  • El importe de la indemnización legal por la extinción del contrato de trabajo, con independencia de que el pago se efectúe de una sola vez o de forma periódica.
  • Los salarios de trabajos de colaboración social y de trabajos compatibles con Programas de Fomento del Empleo.
  • El cobro anticipado de la deducción fiscal a la mujer trabajadora por hijos menores de 3 años.
  • En caso de la renta agraria y del subsidio para trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario, los ingresos derivados del trabajo como trabajador agrario por cuenta ajena fijo discontinuo, inferiores a seis veces el Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente.

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765 comments to ¿Qué ingresos se consideran rentas al solicitar un Subsidio o prestación por Desempleo?

  • Ana

    Hola,me gustaría saber si el importe de la devolución de hacienda cuenta como rentas a la hora de solicitar un subsidio de desempleo, ya que lo que te devuelven por ejemplo en el año 2014 pertenecería al ejercicio del año anterior .Y saber además si cuando un cónyuge corta el subsidio de desempleo porque que el otro cónyuge ha comenzado a trabajar, cuando el trabajo finaliza y puede solicitar la reanudación del subsidio de desempleo que cortó, cuanto periodo le conceden del tirón antes de la siguiente revisión 1 año o 6 meses? Muchas gracias.

  • Ana

    Hola, quisiera saber si en alguna de las revisiones semestrales para la reanudación del subsidio de desempleo, ven que me paso y por tanto me lo deniegan. El subsidio restante se me queda guardado hasta que vuelva a cumplir los requisitos o lo pierdo definitivamente? Es decir, si tengo concedidos 18 meses pero en la segunda revisión semestral me paso, los 6 meses que me quedan los pierdo o se me quedan guardado? Y por otra parte me gustaría saber si cada semestre que se revisa el subsidio para proceder a la reanudación , toman como referencia la última declaración de la renta presentada? Muchas gracias, un saludo.

    • 1. Hasta que vuelvas a cumplir los requisitos, siempre que no pase más de 1 año.

      2. Toman los datos del mes anterior a la solicitud de la reanudación, eso sí, mirarán los posibles ingresos que hayas podido tener a través de la declaración de la renta disponible.

      Salu2

  • Antonio

    Buenas, a ver si me pueden ayudar. Se me termina el paro y voy a solicitar el subsidio para mayor de 45 años. Tengo un hijo de 4 años y mi mujer trabaja, gana sobre 15.000 eur brutos anuales, pagas extras incluidas. Tenemos en el banco cuentas compartidas, dinero de nuestros ahorros, con unos 120.000 eur en total. Son cuentas que generan intereses en total de unos 70 eur mensuales, no son depósitos.
    Tengo derecho al subsidio? según mis cálculos, sí.
    Pero tengo muchas dudas de como funciona lo del dinero en el banco, he leído por ahí que el sepe tiene en cuenta el dinero como si rentara al 4% interes oficial del dinero,o algo de eso.
    Entonces esa es mi duda, tienen en cuenta los intereses reales que generan mis cuentas? o el 4% interes oficial? Tengo derecho a subsidio con los datos que he dado?? muchas gracias.

    • Si te genera intereses mensuales tienen en cuenta los intereses reales.

      En tal caso, tendrías derecho a la ayuda.

      Lo que no entiendo es cómo tienes 120.000 euros aparcado en una cuenta sin obtener remuneración por la misma, es un desperdicio.

      Salu2.

  • Antonio

    Gracias por contestar. Te comento que tenemos ese dinero sin casi remuneracion precisamente para poder optar a la ayuda.
    Si hago depositos a largo plazo con mayor interes, entonces que interes tendria el sepe en cuenta,el 4% legal del dinero? o no se tiene en cuenta hasta su vencimiento? o el interes real del deposito? o como es la cosa? o que puedo hacer con ese dinero y no perder la ayuda??.
    Muchas gracias de nuevo

  • Maria

    Buenos dias, una duda: me han concedido subsidio de desempleo hace un par de meses, ahora en diciembre mi marido va a cobrar la nomina, que no excede del limite, pero tambien va a cobrar la extra de navidad. Tengo que comunicar al sepe algo? quiero decir que este mes si sumamos nomina y extra pasa del limite, no se si me he explicado, gracias por la ayuda.

  • angela

    angela
    buenas tardes me han denengado la ayuda familiar por unos interes de unas acciones, mi marido tiene una nomina de 1400 y los interes suman sobre los 180euros cada tres meses como puedo hacer los calculos para saber si no ha habido una equivocacion.gracias

    • Los intereses hay que prorratearlo mensualmente.

      Si cada 3 meses cobra 180 euros, mensualmente supone 60 euros.

      Si la nómina es de 1.400, entonces, tenéis unos ingresos mensuales de 1460 euros.

      Si sois 3 miembros, si no tuvierais esos intereses tendrías derecho a la ayuda, y si lo tienes, no, al superar los 483,98 euros brutos.

      Salu2

  • miriam

    hola estoy cobrando el subsidio agrario para mayores de 52 años y me gustaria saber cual es la renta maxima familiar de 3 miembros, para saber si me paso. mi marido trabaja y gana unos 24000€ brutos anuales y mi hija de 24 años no trabaja.

  • Montse

    Hola
    Para solicitar el subsidio por desempleo, de la nómina del cónyuge en que se basan, en el total a percibir? (Lo que cobra real )o en la base de cotización con las pagas ?

    Gracias.

  • alfonso

    Hola
    Se me acabo el paro el dia 13 de febrero 2014en teoría e cobrado el mes de enero y los 13 días de febrero,no supero los 1500 euros para la declaración de renta,mi pregunta es que como el mes de diciembre año 2013 se cobra el 10 de enero ¿no habrá que sumarlo al año 2014?

  • Manuel

    Hola buenas noches.
    Estoy cobrando actualmente el subsidio de desempleo de 426 euros, y en los proximos meses voy a cobrar del Fogasa unos salarios por despido. Son nominas mensuales que me dejaron a deber y salarios de tramitacion desde el despido hasta la sentencia del juicio (denuncie a la empresa). Son mas de 6000 euros.
    Estos ingresos cuenta como rentas?? tengo que comunicarlo al sepe? en caso afirmativo me quitaran la ayuda? al ser un ingreso puntual me la quitarán un mes? un año?.
    Muchas gracias.

    • Debe de comunicarlo a SEPE.

      Yo no creo que te vaya a quitar la ayuda, es una indemnización que te tuvieron que pagar entonces…

      Aunque he leído en algunos casos que sí que le influyeron, así que confirmalo con SEPE.

      Te repito que tienes la obligación de comunicar cualquier alteración de tus ingresos.

      Salu2.

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