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28 de marzo de 2012

¿Qué sucede con el subsidio por desempleo si mientras lo cobro me pongo enfermo?

En un artículo anterior hablando de las consecuencias de una Incapacidad Temporal mientras se está percibiendo la prestación de desempleo.

En este artículo hablaremos de esta misma situación pero mientras se está recibiendo un subsidio de desempleo.

¿Seguiré cobrando el subsidio de desempleo?

Sí, se sigue cobrando el subsidio de desempleo por la misma cuantía y la misma duración que antes de caer enfermo.

No se altera en ningún sentido.

¿Tendré que seguir renovando la demanda de empleo?

No, durante ese periodo no hay que renovar la demanda de empleo, ni se recibirá citaciones para ofertas de empleo ni cursos de formación.
¿He de comunicar esta situación al Servicio de Empleo?

Sí, hay que entregar en la Oficina de Empleo el justificante médico de la Baja por Incapacidad Temporal (IT) en el que se explique la  situación médica y los partes de confirmación semanales, así como el parte de Alta médica una vez que ésta se produzca.

NOTA:  al finalizar el subsidio NO se tendrá derecho a prestación económica por Incapacidad Temporal aunque continué la enfermedad, ya que no estás en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social para esta prestación.

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81 comments to ¿Qué sucede con el subsidio por desempleo si mientras lo cobro me pongo enfermo?

  • perdida

    Hola , estoy cobrando los dos últimos meses de la prestación por desempleo, me han adelantado la fecha de quirófano, y me comentaron que al estar ingresada, debería pedir la baja en el paro o algo asi…de manera que durante el tiempo en el que esté convaleciente el paro seguiría contando??? como ven ando muy perdida en el tema, si alguien sabe de esto, le agradezco que me lo diga.

  • Luciano

    Estoy cobrando la ayuda de 426 euros y e caido enfermo y estoy de baja sguire cobrando cuando se me acabe la ayuda seguire cobrando si sigo de baja

    • Una baja no altera la duración de la ayuda.

      El único cambio es que te dan de baja de la demanda de empleo, es decir, que no tienes que fichar cada 3 meses, en cambio tienes que entregar las partes de baja en SEPE.

      Salu2.

  • eli

    Hola,estoy de baja por la.seguridad social por enferdad común,me paga la mutua y ya llevo 9 de baja por incapacidad temporal y a la espera de operación.Me an bajado el sueldo y vivo sola de alquiler y no llego a los gastos.Me darían la rgi?

    • Para ello debes de cumplir los requisitos de dicha ayuda:

      Constituir una unidad de convivencia como mínimo con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. En algunos casos se admite a personas que no llevan un año, si están en alguna de estas circunstancias:
      Personas con menores a su cargo
      Por matrimonio u otra forma de relación permanente similar
      Por separación, divorcio o similar
      Por fallecimiento o ingreso en centro residencial o penitenciario
      Víctimas de maltrato doméstico
      Perceptores de pensiones de vejez, invalidez o viudedad
      Estar empadronado y tener residencia efectiva en el País Vasco durante los 3 años anteriores ininterrumpidamente. Si no se cumple ese requisito, se aceptará el empadronamiento al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de solicitud si se pueden acreditar 5 años de vida laboral remunerada. Quedarán exceptuadas las personas que cobran una pensión pública o hayan sido víctimas de maltrato doméstico, que sólo deberán cumplir el año de empadronamiento.
      Si no se cumple ninguno de los requisitos anteriores, deberán haber estado empadronados durante cinco años continuados de los diez inmediatamente anteriores.
      No disponer de recursos suficientes :
      Tener ingresos mensuales inferiores a la cuantía mensual de la RGI que le pueda corresponder según el número de miembros de su unidad de convivencia.
      No disponer de ninguna propiedad excepto la vivienda habitual (casa, garaje y trastero) o el inmueble en el que se realiza su actividad laboral (con excepciones).
      No disponer de dinero, títulos, valores, vehículos u otras propiedades por un valor superior al establecido para cobrar la ayuda RGI.
      Tener más de 23 años (con algunas excepciones)
      No estar ingresado con carácter permanente en una residencia de carácter social, sanitario o socio sanitario pública o concertada.
      No estar en prisión.
      Si está trabajando, no tener reducción de jornada laboral, salvo que no sea voluntario.

      Haber solicitado con anterioridad todas las prestaciones económicas que le puedan corresponder, tanto al titular como a los miembros de la unidad de convivencia (pensiones, desempleo, subsidio, pensión de alimentos, etc.)

      Estar inscrito en Lanbide como demandante de empleo y de otros servicios, y tener firmado un Convenio de Inclusión o un preacuerdo.

      Y me temo que no.

  • Jesus Martin

    Si estoy cobrando por la mutua me esta corriendo el paro

  • Victoria

    Hola, estoy cobrando el subsidio 52 años y compatibilizo a tiempo parcial. Trabajando tuve accidente laboral y al dia siguiente finalizo mi contrato.La mutua se hace cargo del pago diario, que pasa con el subsidio????? me sigue pagando la mutua y el sepe?????

  • rocio

    Estoy coBrando el subcidio eventual agrícola y solicite la vaja por iba operación …me keda días de paro .luego la seguridad social me seguirá pagando ?? o no tengo derecho a nada ???

    • Sí, te seguirán pagando SEPE.

      Lo que tienes que hacer es solicitar la baja de la demanda de empleo y llevar los papeles de baja a SEPE.

      Acude a una de sus oficinas y pregunta sobre los trámites que has de hacer.

      Salu2.

  • Javi

    Hola, mi pregunta es sobre la rgi. Después de presentar toda la documentación que me pedían, recibo una carta en la que me piden ésto: – otros ingresos atípicos: indemnización por despido de (Nombre de la empresa ) el 13/09/2011 y el 31/12/2012.. Mi duda es si se refiere al papel de la nomina + finiquito dnd aparece el «Recibí la cantidad de:». Porque el problema es que después de tantos años, yo no tengo esas nóminas guardadas y la empresa cerró en 2013. Solo se me ocurre ir a la caja y que me hagan un justificante de esas dos fechas con la cantidad que cobré. Por otra parte me parece algo miserable que me pidan dos finiquitos de 600 y 800€ de hace 5 años, cuando llevo un año malviviendo x no haberme empadronado donde vivo y estar empadronado en casa de mi madre y llevo 10 años independizado. Y yo lo que kiero es un trabajo, no una ayuda… Gracias

  • Sonia

    Estoy cobrando la prestación del paro agrario y me van a operar. ¿Qué tengo que hacer?
    Tengo derecho a que me den de baja y cobrar un tanto por ciento de la prestación como cuando es en el paro normal?¿O se me corta y no cobro nada y luego lo reanudo?

    • Al menos con el paro, se sigue cobrando lo mismo. Lo único que cambia es que te tienes que dar de baja en la demanda de empleo (por incapacidad).

      Imagino que con la renta agraria es igual.

      Acude a SEPE y consulta.

      Salu2.

  • Coloma

    Que pasa si estoy cobrando la ayuda de los 52 años y me tienen que operar y no me doy de baja

    • No lo creo, pero si en el caso de que te llame para alguna entrevista o un empleo, no podrás acudir. Ten en cuenta que tienes firmado un compromiso de actividad.

      Lo mejor es hacer las cosas bien, y solicitar la baja y presentar los papeles en SEPE.

      Salu2.

  • mertxe

    me han concedido la RGI y estoy de baja me han pagado una pequeña cantidad mas atrasos unos 143 euros .¿que pasara cuando se me acabe la baja ? me pagaran algo mas ?Gracias

    • La RGI es un complemento a los ingresos de cada familia. El importe de la prestación dependerá de sus ingresos mensuales, que se descontarán de las cuantías máximas detalladas en la tabla según el número de personas que forman la unidad de convivencia.

      Cuando no tengan ningún tipo de ingreso: se reconocerá la cuantía máxima mensual establecida en función del número de miembros de la unidad de convivencia.

      Cuando tengan algún tipo de ingreso (por trabajo, pensiones, rentas, alquileres, indemnizaciones, etc.): su cuantía se calculará descontando todos sus ingresos a la cuantía máxima que le pudiera corresponder en función del número de miembros de su unidad de convivencia.

      Cuantías máximas mensuales de la RGI para el 2016*
      Nº personas Unidad Convivencial General – Máximo €/Mes Pensionistas – Máximo €/Mes
      1 625,58 € 710,89 €
      2 803,31 € 888,62 €
      3 o más 888,62 € 959,70 €

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