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9 de mayo de 2012

Renta 2011: Tributación conjunta o individual

Los matrimonios tienen la opción de elegir la tributación conjunta o individual, ¿pero cuál es mejor? En realidad depende de la situación de cada pareja y el nivel de ingresos de cada cónyuge, generalmente conviene la declaración conjunta cuando uno de los cónyuges tiene ingresos muy bajos, y si los 2 tienen ingresos es mejor optar por la individual.

¿Quién puede hacer la declaración conjunta?

Las personas que están casadas tienen la opción de hacer la Declaración de la Renta de forma individual o conjunta. En este sentido, la ley admite también los matrimonios entre personas del mismo sexo, con lo que sus derechos y deberes a efectos fiscales son los mismos que tenga un matrimonio tradicional, formado por un hombre y una mujer.

En caso de que un miembro de la unidad familiar opte por presentar la declaración individual, el resto de los miembros de la unidad familiar pierden el derecho a declarar conjuntamente.

En el caso de los matrimonios divorciados, uno de los padres puede acogerse a la declaración conjunta monoparental y el otro cónyuge hacer la declaración individual. Esto mismo ocurre con los padres solteros.

¿Qué modalidades de tributación conjunta existen?

Según la ley del IRPF, las dos modalidades de ésta son las siguientes:

  • La formada por los cónyuges y sus hijos menores de 18 años. En esta unidad se incluyen, también, los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
  • Unidades familiares monoparentales, formadas por el padre o la madre y todos los hijos menores no emancipados que convivan con uno de los cónyuges. La condición imprescindible para poderse acoger a esta modalidad es que la cabeza de familia esté separado.

¿Qué elegir, conjunta o individual?

  • Cuando se hace la tributación conjunta, las rentas obtenida por cada cónyuge se suman y se gravan de forma acumulada. Esto puede provocar que se deba tributar dentro de un tramo superior de la escala de gravamen del IRPF, si esto ocurre conviene optar por las declaraciones individuales.
  • En general, se puede decir que cuando todos los miembros de la unidad familiar obtienen ingresos es más ventajoso hacer la declaración en forma individual, ya que los importes y límites cuantitativos establecidos a efectos de la tributación individual se aplican en la misma cantidad. Por el contrario, si sólo uno de los dos cónyuges trabaja y obtiene ingresos, la Declaración conjunta será más propicia.
  • También se ha de tener en cuenta los límites de las deducciones por vivienda habitual que es de 9.015€ por cada declaración. Así, si se hace la tributación individual cada miembro se puede deducir 9.015€, es decir, hasta 18.030€, mientras que la tributación conjunta sólo permite deducirse como máximo 9.015€.
  • Una de las ventajas de la tributación conjunta es que permite compensar pérdidas patrimoniales y las bases liquidables generales negativas, realizadas y no compensadas por los contribuyentes que componen la unidad familiar en períodos impositivos anteriores en que hayan tributado individualmente como por ejemplo las minusvalías que hayan tenido por vender inmuebles, acciones o participaciones de fondos de inversión.
  • Se tiene derecho a la reducción por tributación conjunta de 3.400€ en caso general y las unidades familiares monoparentales de 2.150€.

Las personas que tenga la opción de elegir la tributación conjunta o individual, todos los años deben de realizar una simulación con el programa padre para determinar qué modalidad le conviene más: conjunta o individual.

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90 comments to Renta 2011: Tributación conjunta o individual

  • Sergio

    Buenas tardes mi duda es la siguiente.

    Nosotros somos una pareja de hecho que vivimos juntos y hemos tenido un hijo en 2013.

    Queremos hacer declaración individual los dos, pero me surge una duda ya que mi mujer va a formar unidad familiar con mi hijo va a poner un descendiente menor de 25 años(vinculación 3 y otras situaciones 3) y yo aunque no puedo formar unidad familiar (no sé realmente qué significa), puedo no obstante en mi declaración poner que tengo un descendiente menor de 25 años y vinculación 3???.

    Muchas gracias

    • Mejor no; así tu mujer puede hacer la declaración conjunta con su hijo y obtiene la deducción por ese tipo de declaración.

      Por otra parte recibirá el 100% de la reducción por mínimo familiar (de parte de tu hijo).

      Salu2.

  • maria jesus

    He realizado el borrador pero no lo he aceptado porque queria probar la opcion conjunta ya que mi marido esta en paro y sus ingresos son minimos,pero ahora no se como solicitar el borrador conjunto,no me deja.GRACIAS

    • No, vía borrador no lo podrás hacer.

      Debes de bajarte el programa padre, que estará disponible a partir de mañana y podrás realizar la simulación de tributación individual o conjunta.

      Si no sabes manejar el programa puedes solicitar cita previa y te harán ellos dicha simulación.

      Saludos.

  • maria

    Hola, mi consulta es: el año pasado el borrador salio conjunta , ya que yo al no trabajar estoy con mi marido y junto con mis hijos,pero este año me sale individual. Y no se de que forma cambiarla a conjunta.UN SALUDO Y GRACIAS

  • Luis

    Estoy dudando si hacer la declaración individual o conjunta ya que mi mujer solo ha tenido unos ingresos de 2300 euros y querria saber cuales son los tramos para saber si al sumar mis ingresos me pasaria o no. Gracias

    • Te conviene hacer la declaración conjunta con tan pocos ingresos de tu mujer.

      Al hacer la declaración conjunta, tienes una reducción por tributación conjunta de 3.400 euros, que es más de lo que gana tu mujer, así que al final la base será inferior.

      Por otro lado, también te puedes quitar el mínimo familiar de tu mujer.

      En definitiva, que tendréis que pagar menos o te devolverá más.

      Saludos.

  • Sol

    Buenas noches,

    Estoy intentando hacer la renta de unos conocido y me surje la siguiente duda.

    El marido esta jubilado y esta obligado a hacer de declaración. Por el contrario, la mujer es empleada de hogar desde el año pasado, por sus ingresos no está obligada a hacer la declaración. Mi pregunta es, si pueden seguir haciendola de forma conjunta y si debo incorporar los ingresos de la mujer en la declaración conjunta.
    Gracias.
    Sol.

    • Si hace conjunta, debe de meter todos los ingresos (de ambos).

      En estos casos hay que simular tanto con las 2 declaraciones individuales, como con la conjunta; y ver cuál es la forma más barata:

      – No presentando ella, y él individual.
      – Presentando las 2 individuales.
      – Presentando una única declaración conjunta.

      Saludos.

  • Carloa

    Pareja de hecho que vive en un piso de alquiler.
    Pagan entre los dos 10.000€ al año por el alquiler
    Uno de los dos supera los 24.000€ en la base y no puede desgravar nada.
    El otro -que no llega a los 24.000€- puede desgravar por el tope máximo de 9.015€? Es decir que el que tiene menos ingresos de los dos puede declarar que paga el 90% de los 10.000 anuales?
    El alquiler se paga desde una cuenta bancaria abierta a nombre de los dos.
    Gracias

  • Manuel

    Estoy viudo desde el año 2003 y tengo a mi cargo una hija mayor de edad pero menor de 26 años sin rentas. El borrador de mi declaración de la renta me viene como individual y mi pregunta es: Puedo hacer mi declaración como conjunta?

  • Victoria Ruiz Cabrera

    Hola, tengo un hijo con 16 años que vive conmigo de lunes a viernes y con su padre los fines de semana y todos los periodos vacacionales (verano, semana santa, navidades…). Nosotros nunca nos casamos y llevamos 10 años sin convivir juntos aunque el niño vive a medias con su padre y conmigo, circunstancia que se da por acuerdo extrajudicial entre su padre y yo….
    En la declaración de la renta, cómo debemos hacer constar nuestra situación??? En su declaración el padre pone la clave 3 y mi NIF, y yo en la mía también la clave 3, y el NIF del padre???
    Es esto posible??? Porque en realidad el crío convive con los dos

  • AZUCENA

    Buenos días, si hago dos borradores individuales uno por mi marido y otro por mi, con hijo a cargo, las aportaciones a ONG hay que ponerlas al 50% o como lo hago??

  • carlos

    Mi mujer y yo hemos realizado la declaración individual están confirmadas y Hacienda nos ha ingresado ya el dinero correspondiente, más tarde nos hemos dado cuenta que no nos hemos deducido el Convenio Especial con la SS.
    En el programa PADRE comprobamos que al hacer la declaración conjunta con esa deducción nos sale a devolver una cantidad muy superior a la que nos han devuelto.
    Mi pregunta es la siguiente:
    ¿Qué debo hacer ante Hacienda para que me devuelva la diferencia? y si se puede cambiar de individual a conjunta.
    Un saludo.

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