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29 de mayo de 2012

Opción de elección de la prestación de desempleo: elijas lo que elijas, pierdes

En la coyuntura actual, es muy normal que a los trabajadores que estén en el paro les salga un empleo por un periodo corto de tiempo para volver después nuevamente al paro, y cuando van a solicitar la la prestación de desempleo, le dicen que tienen la opción de elección, cosa que pocos conocen su significado y alcance. Nosotros intentaremos responder.

¿Qué es la opción de elección?

La opción de elección es el derecho que tienen los desempleados cuando realizan un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses y pierden involuntariamente el trabajo mientras percibían una prestación de desempleo.

Ante esta situación se abren 2 posibilidades al trabajador:

  • Optar a la prestación anterior por el período que le restaba y las bases, porcentaje y topes que le correspondían.
  • Percibir la nueva prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas.

Si el trabajador opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.

¿Qué pasa con los trabajadores fijos discontinuos?

Estos trabajadores también tiene la opción reanudar una prestación anterior o percibir uno nuevo si acredita periodo de ocupación cotizada de, al menos, 360 días y cumplen el resto de requisitos.

La diferencia en este caso es que si optan por reanudar el derecho anterior que tenían interrumpido, las cotizaciones tenidas en cuenta para la nueva prestación por la que no optan sí podrán computarse para un derecho posterior. Ejercicio del derecho de opción.

¿Los EREs parten las cotizaciones en 2?

Uno de los inconvenientes de los EREs de suspensión o de reducción de jornada durante el cual los trabajadores perciben la prestación de desempleo, es que parten las cotizaciones en 2, antes del ERE y después del ERE.

Si una vez finalizado el ERE no consume la totalidad de su prestación de desempleo, y después pierde su empleo, tendrá la opción de elección, reanudar la prestación pendiente, o la nueva prestación que haya generado desde el inicio del ERE, si es que tuviera derecho.

¿Cómo ejerzo mi opción de elección?

El derecho de opción se puede realizar en el momento de la solicitud o en los diez días siguientes a la notificación de la nueva prestación reconocida, siempre por escrito y pronunciándose expresamente por la prestación que prefiera.

Se entenderá que se opta por la nueva prestación reconocida si no se presenta dicho escrito.


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12 comments to Opción de elección de la prestación de desempleo: elijas lo que elijas, pierdes

  • natalia

    A mí jamás me dijeron en el INEM, al haber solcitado el PRODI, que éste jamás se interrumpe en cuanto al tiempo. Por lo que solo cobre un mes de subsidio del PRODI, y lo tuve que posponer porque trabajé durante 5 meses en una empresa con contrato reducido. Al finalizar mi contrato, fuí de nuevo al Inem, para que se me reanudara el PRODI, puesto que me quedaban aun 5 meses para completarlo, me dijeron que ya habia caducado, puesto que solo dura 6 meses y aunque lo interrumpí, JAMAS me dijeron que no se interrumple la durabilidad del mismo, AHORA ESTOY SIN PRESTACIÓN NI SUBSIDIO, Y NO LO VEO JUSTO.

  • Marcia

    Hola mi caso es un poco complicado ,trabajaba con mi ex marido ,pero era una trabajadora mas,me despedío y quando mi di cuenta ya era tarde para recurrir ,bueno ,tuve un trabajo de 7 días porque soy feriante ,y por error me han puesto media jornada,me denegaran el paro,después de 7 meses después de recurrir me han aprobado ,pero me han pagado con la cotización de mi ultimo contrato 342,00 euros por los meses atrasados he perdido todo lo que cotice todos estos anos. Y me di cuenta quando venció el plazo ya que no tengo experiencia en eso,que puedo acer?puedo devolver el dinero u empezar otra vez?no es justo me quedaran con unos 8000 euros que yo he trabajado. Estoy desesperada contestame alguien porfavor

  • jonashon

    me explico. 2008. primer ere. 50 dias consumidos.
    2009. trabajo todo el año.
    2010. segundo ere. otros 50 dias. pierdo la nueva prestacion generada en 2009.
    2011. tercer ere. 50 dias.
    2012. cuarto ere. 50 dias.
    2013. ???
    pregunta. tengo generado nueva prestacion desde 2010?.
    si trabajo todo el 2013 y tengo ere en 2014, tengo que elegir?
    si tengo un solo dia de ere en 2013 , continuo generando sin problema y con otro dia en 2014 continuaria generando igualmente desde el 2010?
    gracias.

  • jonashon

    mi objetivo evidentemente es utilizar el ere para recuperar los dos años de prestacion en el futuro sin tener que partir las prestaciones. me recomendais seguir haciendo ere todos los años hasta recuperarlos???

  • Yaivan

    He interrumpido mi prestacion por desempleo (8 mese, unicamente voy a cobrar 10 dias) porque he encontrado trabajo. Si en este trabajo estoy un año, a la hora de volver a solicitar la prestacion m daran a elegir entre los 7 meses y pico de la prestacion anterior o los 4 meses generados por este ulimo contrato, no? Bien, si yo elijo los 7 meses anteriores, que pasa con los 4 cotizados? Si una vez finalizada mi prestacion de 7 mese vuelvo a trabajar unos 6 mese, lo generado se sumaria a los 4 meses del ultimo contrato o esos 4 meses quedan totalmente perdidos? Es que no entindo que se pierdan completamente puesto que yo lo he trabajado y lo he cotizado… Me lo pueden explicar? Muchisimas gracias!

  • Julio

    Trabajé 11 años por cuenta ajena, cobré unos días el desempleo y trabajé como “autónomo”pagando la cuantía mínima, 16 años.Cómo puedo reanudar el desempleo que no cobré?

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