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17 de octubre de 2012

He interrumpido la prestación porque he estado trabajando ¿Tengo derecho a una nueva o debo reanudar la que percibía antes de trabajar?

Uno de los motivos de la suspensión de una ayuda del Servicio de Empleo: La prestación de desempleo o un subsidio de desempleo, que el trabajador haya encontrado un empleo por cuenta ajena.

Si en esa situación el trabajador pierde ese empleo de forma no voluntaria, se dará varias situaciones: reanudación de la ayuda o solicitar una nueva prestación, que a continuación intentaremos responder.

Estaba cobrando el subsidio de desempleo:

  • Que tenga cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) inferiores a 90 días, en cuyo caso sólo podrá reanudar el subsidio suspendido.
  • Que tenga cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 90 días e inferiores a 360. En este caso, y si cumple los requisitos para acceder a un subsidio por cotizaciones inferiores a doce meses, a la finalización del empleo podrá optar entre solicitar este nuevo subsidio o la reanudación del subsidio suspendido.
  • Que tenga cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 360 días: en este caso deberá necesariamente solicitar una prestación contributiva nueva.

Estaba cobrando la prestación de desempleo o paro:

  • Que la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.
  • Que la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones.
  • La elección de una de las opciones supone la pérdida de la otra, es decir:

    • Si se pide reanudar la ayuda, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o asistencial.
    • Si se opta por la nueva prestación, la prestación suspendida ya no se podrá reanudar.

Todos estos parámetros se ha de tener en cuenta a la hora de aceptar un nuevo empleo cuando se está cobrando el subsidio para evitar situaciones en que se pierde más por trabajar unos días que seguir estando en el paro.

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