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21 de marzo de 2013

El Tribunal Supremo declara nulas las «cláusulas suelo» de las hipotecas.

El Tribunal Supremo ha declarado nulas las denominadas «Cláusulas suelo» de las hipotecas, por lo que los afectados podrán beneficiarse de ello para evitar que sus entidades bancarias se las siga aplicando, y poder reducir así significativamente sus cuotas de hipoteca a pagar cada mes, pero no a solicitar la devolución del dinero que los afectados hayan estado pagando hasta ahora.

¿Qué es la «cláusula suelo»?

La «cláusula suelo» de una hipoteca es un tipo mínimo de interés que el hipotecado deberá de pagar a pesar de que el Euribor más el referencial pactado (hipotecas a interés variable), caiga por debajo de dicho tipo de interés.

Las entidades bancarias se aseguran así de que los clientes sigan pagando al menos el interés tope que ellos les fijaron en el contrato hipotecario, de forma que a pesar de que el euribor baje de ese tope, el cliente tenga que pagar ese interés mínimo, sin abaratarles por tanto la cuota de la hipoteca tal como correspondería si no existiera dicha «cláusula suelo«.

Esta «cláusula suelo» los bancos la incluyeron en la mayoría de los contratos hipotecarios de los clientes sin informarles ni advertirles de las consecuencias que ello les podría conllevar, por lo que se estudia si se considera práctica abusiva y por tanto su legalidad.

Ya hay muchas sentencias al respecto que han declarado nulas las clausulas suelo de hipotecados, y ahora ha sido el propio tribunal supremo que ha dictaminado y sentado jurisprudencia respecto a este conflicto.

El Tribunal Supremo ha declarado nulas las Claúsulas suelo.

Ayer día 20 de Marzo de 2013, el Tribunal Supremo ha resuelto que se declararán nulas las «cláusulas suelo» de los contratos hipotecarios en los siguientes casos:

  •  Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia.

    Queda pendiente por conocer cómo se demostrará la falta de transparencia, y quién deberá de probar esa falta de transparencia:

    • Si tendrá que ser el afectado quién lo demuestre.
    • Si deberá deberá ser el propio banco denunciado, la parte fuerte y por el principio de la inversión de la carga de la prueba, el que tenga que probar que dio toda la información necesaria al afectado en el momento de la contratación de su hipoteca.
  • Se declara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas:

    Hay que tener cautela respecto a este punto, ya que parece contradictorio que se declare nula esa cláusula suelo y sin embargo no haya contrapartida económica que compense entonces toda la cantidad indebidamente cobrada hasta esa fecha.

¿Otras sentencias?

Existe ya sentencias anteriores al respecto, en la cual los afectados se podrán apoyar también para la reclamación de sus derechos. Allá va algunos ejemplos:

14/02/2013.- Cajamar condenada a devolver las cantidades indebidamente cobradas por la Cláusula Suelo.

El Juzgado de lo Mercantil de Cáceres declara la nulidad de la cláusula suelo impuesta por la entidad financiera en el préstamo hipotecario de un usuario, que recupera 6.000 euros. En la referida sentencia se destaca la enorme desproporción y el abuso manifiesto que supone la imposición de una cláusula suelo, en este caso, el 3,25%, con techo del 15%.

29/01/2013.- Caja Rural del Sur, condenada por incluir la cláusula suelo en sus préstamos hipotecarios.

El Juzgado declara nula, por abusiva, esta cláusula, y obliga a la caja a devolver a su cliente más de 3.000 euros. El Juzgado Mercantil número 1 de Cádiz ha declarado la nulidad, por abusiva, de dos cláusulas suelo de Caja Rural del Sur.

Se trata de un préstamo hipotecario que sufre una modificación posterior, de forma que el juzgado ha anulado tanto el primitivo suelo (3,5%), como el establecido en una novación posterior, que, además, es superior (3,75%).

03/02/2013.- Caja de Extremadura/Liberbank condenada de nuevo a devolver las cantidades indebidamente cobradas a dos clientes Extremeños por la Cláusula Suelo.

La Audiencia Provincial de Cáceres confirma de nuevo dos Sentencias dictadas por el Juzgado de lo Mercantil de Cáceres que condenaban a Caja de Extremadura/Liberbank a eliminar la cláusula suelo en los préstamos hipotecarios de dos asociados de Ausbanc, y a devolverles las cantidades cobradas ilícitamente.

¿Cuántos clientes están afectados por las «cláusulas suelo»?

Mediante la aplicación de las «cláusulas suelo«, según explica ADICAE (Asociación de Usuarios de Bancos cajas y Seguros), las entidades han estado defraudando miles de millones de euros a más de dos millones de familias hipotecadas en los últimos 5 años.

Se calcula que aproximadamente un 30 % de los hipotecados están afectados por la incorporación de la cláusula suelo a su contrato de hipoteca. Esto les supone no poder beneficiarse de la bajada del Euribor, que en los últimos meses está alcanzando mínimos históricos y por tanto no ver la rebajada su cuota de hipoteca a pagar cada mes.

¿Qué hacer en el caso de tener fijada una «cláusula suelo» en mi contrato hipotecario?

En el caso de que detecte que en su hipoteca figura esta cláusula suelo declarada abusiva en su contrato hipotecario, puede ponerse en contacto con AUSBANC (Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios) en el teléfono 902 33 34 35, quiénes le podrán asesorar sobre cómo efectuar la reclamación oportuna.

También puede ponerse en contacto con ADICAE – Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España – en el Teléfono 91 540 05 13 quiénes le ayudarán mediante las Reuniones y asambleas informativas que realizan por toda España y le podrán asesorar sobre cómo plantear la demanda para la eliminación de la cláusula suelo de su hipoteca.

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